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El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

62 respuestas
El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?
El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?
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#31

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Alfredo, no acabo de estar de acuerdo contigo, a ver si te puedo copiar los textos de un par de contratos hipotecarios de bancos distintos ..... en la 29 lo explico .... 

#32

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Ahi va uno de los textos ..... : 

 

Si por razones de mercado o por cualquier otra circunstancia el valor del/de los bien/es hipotecado/s resultase inferior en más de un veinte por ciento, Banco XXXXXXXXXXX. Acreditándolo mediante tasación efectuada por técnico que al efecto se designe, podrá exigir del/de los prestatario/s la ampliación de la hipoteca a otros bienes suficientes para cubrir la relación exigible entre valor del bien a efectos de subasta y el préstamo que se garantiza.

El/los prestatario/s, después de requerido/s para efectuar la ampliación, podrán optar por la devolución de la totalidad del préstamo o de la parte de éste que corresponda a la disminución del valor, Si dentro del plazo de XXX meses desde que fuera/n requerido/s para la ampliación, el/los prestatario/s no la realizara/n ni devolviera/n la  parte del préstamo a que se refiere el párrafo anterior, se entenderá que ha/n optado por la devolución de la totalidad del préstamo, la que será inmediatamente exigible por la parte acreedora. 

#33

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Otro texto similar, el de antes es de un banco, éste de una caja (hoy banco, como casi todos) ..... 

 

En cumplimiento de los estipulado por el artículo 29 del decreto 685/1982, de 17 de marzo, sobre regulación del mercado hipotecario, “Si por razones de mercado o por cualquier otra circunstancia el valor del/de los bien/es hipotecado/s resultase inferior en más de un veinte por ciento,  la Caja XXXXXXXXXXX, acreditándolo mediante tasación efectuada a su instancia,  podrá exigir del/de los deudor/es hipotecante/s la ampliación de la hipoteca a otros bienes suficientes para cubrir la relación exigible entre valor del bien a efectos de subasta y el préstamo que se garantiza.

El/los deudor/es, después de requerido/s para efectuar la ampliación, podrán optar por la devolución de la totalidad del préstamo o de la parte de éste que exceda del importe resultante de aplicar a la tasación actual el porcentaje utilizado para determinar inicialmente la cuantía   de mismo.

Si dentro del plazo de XXX meses desde que fuera/n requerido/s para la ampliación, no la realiza/n, se entenderá que ha/n optado por la devolución de la totalidad del préstamo, la que será inmediatamente exigible por la Caja ………………….. 

¿En todos los bancos y cajas hay esta cláusula? La verdad es que no, en alguna escritura no recuerdo haberla visto, y por la web profesional de la que soy socio, casi cada día analizo alguna escritura para temas de reclamaciones. Evidentemente no tengo en la memoria todas las qua analizo, pero si que es una cláusula bastante habitual. 

#34

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Qué animaos que estáis. Yo creía que con uno de los primeros comentarios de Acrasol se había dictado sentencia, jurisprudencia y precedentes, pero bueno estais efervescentes, debe ser el "caloret" de Agosto.

Por meter cizaña al tema, la cobertura de derrumbe, colapso, etc. se puede conseguir y contratar pero evidentemente, tiene su prima.
Petersen, para tu casita yo te lo puedo ofrecer, a cambio de una prima de unos digamos 15.000 euros anuales. Ahora me dirás que si la probabilidad, la posibilidad, el PML, los ángeles y la bóveda celestial, y que no, que es muy caro, que prefieres pagar 500, 1.000 ó 2.000 euros de tu seguro normal si cobertura de colapso o derrumbe, o .... Esa es la razón de que no lo ofrezcamos y no se contrate.

#35

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Por 15.000 mejor el autoseguro, que es un término contable del anterior PGC .... !!!!! y tengo una casa, no es adosada pero casi, no tiene más de 130 m2 más garage .... no es el bukingham palace  !!!!! bueno si lo fuera en lugar de 15, pedirías 60 como poco..... 

#36

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Es mi punto de vista , no he mirado si está apoyado por el código civil, que es por donde creo que se podría defender lo que expongo. Entiendo que esta clausula es la que permite que los bancos puedan embargar en caso de impagos a parte de otras situaciones, pero al leer el resto del texto, la considero en parte abusiva. También es una clausula que en ocasiones no se ha llevado a cabo del todo ya que en estos años de desahucios se ha podido negociar.
Ahora se me ocurre que en los casos de autos en un siniestro total, la financiera no ha reclamado el pago total, antes de eso el tomador ha podido reponer el vehículo. No se si es un buen ejemplo pero veo que se cambian muchas cosas dependiendo del interés de los banco anteponiéndolo al de los clientes.

La verdad es que estoy muy intrigado por saber como acaba todo esto.

un saludo

#37

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Resulta particularmente significativo que el motivo del derrumbe sea el mal estado de unos pilares que no pudieron ser inspeccionados en la ITE por estar cerrado el local.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#38

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Entonces me la vendes tal cual está por menos de 15k, verdad? Porque ya no te interesa la cobertura de derrumbe o colapso, y no vale tanto la casa.

Qué te parecen 1.000 euros? Yo creo que más que suficientes.

Un abrazo

#39

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Es sorprendente que una aseguradora pague "por motivos humanitarios", seguro que hay algo mas a cambio que les interesa y se nos escapa.

¿O sera que la causa del derrumbre si es indenmizable?

A mi me hace sospechar el local del bajo, cerrado a cal y canto hasta tal punto que el tecnico no pudo inspeccionar las columnas, con obras en curso aparentemente abandonadas.

Quizas el Ayuntamiento ha negociado con Santa Lucía para que pague dondole algo a cambio.

 

S2

 

 

#40

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Nuevo derrumbe en Madrid. No hay datos que la aseguradora se haga cargo del siniestro

#41

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Es que Carmena esta que lo tira.

Y yo me pregunto Si la gran mayoría de los afectados son inquilinos
¿Por que tiene el Ayuntamiento que hacerse cargo del alquiler de seis meses?
Lo entendería si fueran propietarios, que han sufrido una pérdida, pero los inquilinos que pierden? Y me refiero a la edificación no al contenido.

#42

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Por una cuestión social? Tampoco van a endeudar más Madrid de lo que está

#43

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Pues no veo la cuestión social del alquiler.

Entendería que como "cuestión social" se le de un dinero para comprar ropa y lo necesario para comenzar, pero el alquiler?

Ellos tendrían que seeguir pagando alquiler si el piso no se hubiera caido, con lo que obtienen un beneficio.

Pero en fin, que hagan lo que quieran

#44

Re: Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Acaban de decir en cuatro que el seguro se hara cargo de los daños en el mobiliario de los inquilinos. Viva el becario!

#45

Re: El derrumbe, no está cubierto ¿cierto? ¿se puede contratar en una póliza habitual?

Como inquilinos, el mes que viene están en otra vivienda. El mobiliario estará asegurado si la póliza incluye algo al respecto (cosa que me extraña), os gastos de demolición y desescombro van por continente, desde luego.