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Renta: ¿Declarar bono social térmico?

131 respuestas
Renta: ¿Declarar bono social térmico?
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Renta: ¿Declarar bono social térmico?
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#1

Renta: ¿Declarar bono social térmico?

En la web de la renta me pregunta si quiero incorporar el bono social térmico, que es un ingreso realizado por la comunidad autónoma. Alguien sabe si hay que incluirlo en la declaración o está exento? En caso de tener que incluirlo, se selecciona la opción como ganancia patrimonial derivada de subvención pública?
#2

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

pues es complicado; a diferencia del bono eléctrico, que es un descuento, el térmico es un dinero que te dan.
Por otro lado, es un plan del gobierno central pero que reparte el dinero a las comunidades autónomas, que son quienes lo gestionan.
Podría considerarse exento por el artículo que habla de las ayudas que conceden las Comunidades y Ayuntamientos a personas vulnerables:

Rentas exentas del artículo 7 de la Ley


" Las rentas mínimas de inserción establecidas por las Comunidades Autónomas, así como las demás ayudas establecidas por estas o por entidades locales para atender a colectivos en riesgo de exclusión social, situaciones de emergencia social, necesidades habitacionales de personas sin recursos o necesidades de alimentación, escolarización y demás necesidades básicas de menores o personas con discapacidad cuando ellos o personas a su cargo, carezcan de medios económicos suficientes, estas ayudas estarán exentas hasta un importe máximo anual conjunta de 1,5 veces el IPREM (7.519,59 euros para el ejercicio  2017). "

Yo no lo declararía, pero como son tan canallas, lo mismo lo reclaman.

#3

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

Voy explicar lo que yo sé al respecto, e igual me resuelves algunas dudas;
Con caracter general, las ayudas publicas se clasifican en 3 grupos;
1º Como rendimientos del trabajo.
2º Como rendimientos de actividades economicas.
3º Como ganacia de patrimonio.

Podemos descartar los rendimientos de actividades economicas pues el Bono social termico no está afecto a una acitividad economica, y nos quedan: rendimientos del trabajo y ganancia de patrimonio.

Anda por la red un documento de la agencia tributaria de la Delegacion Especial de Galicia  del año 2017 que es un informe sobre subvenciones publicas; y en el mismo indica que:


Se califican como rendimientos del trabajo las subvenciones públicas que
persiguen una función social, teniendo como finalidad paliar o aliviar la situación
económica del perceptor. Incluyéndose, entre otras las siguientes: 
          -Ayudas de Integración y Emergencia Social, destinadas a sufragar
            gastos de alimentos, luz y agua. (pueden estar exentas por el artículo 7.y)

Estas subvenciones públicas se incluirán en la declaración del IRPF dentro de los
rendimientos de trabajo personal, salvo que estén exentas.

El RDL 15/2018 que regula el Bono social termico en su art. 5 dice:
 
1. Se crea el programa de concesión directa de ayudas destinadas a paliar la pobreza energética en consumidores vulnerables, en lo que respecta a energía destinada a calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, denominado Bono Social Térmico.

2. La ayuda a conceder tiene como finalidad compensar gastos necesarios para garantizar el suministro de energía para usos térmicos o el apoyo a actuaciones de ahorro o mejoras de la eficiencia energética a los consumidores vulnerables.

art. 1 RDL 15/2018
 1. La Estrategia Nacional contra la Pobreza Energética se configura como un instrumento que permite abordar el fenómeno de la pobreza energética desde una perspectiva integral y con visión de largo plazo. Mediante esta Estrategia se realizará un diagnóstico y caracterización del problema, se diseñarán indicadores oficiales de medición, se establecerán objetivos de reducción de la pobreza energética en un horizonte a medio y largo plazo y se propondrán medidas concretas para la consecución de dichos objetivos, así como sus vías de financiación. En dicha Estrategia se tendrán especialmente en cuenta los umbrales de renta y la situación de vulnerabilidad de los colectivos afectados.

art. 9 RDL 15/20218
 Artículo 9 Criterios de distribución de la ayuda del Bono Social Térmico entre los beneficiarios
 2. La cuantía a percibir por cada beneficiario se determinará atendiendo a su grado de vulnerabilidad según se defina en la normativa reguladora del bono social eléctrico, así como a la zona climática en la que se localice la vivienda en la que se encuentre empadronado, todo ello en aplicación de la metodología contemplada en el anexo I del presente real decreto-ley. 


A mi modo de ver, que igual estoy equivocado, parece que podría englobarse en esas medidas de integracion y emergencia social.

Y por ultimo la otra opcion sería:
 La subvenciones públicas como ganancia de patrimonio y en concretro:
-Cuando su obtención está ligada a un elemento patrimonial no afecto a actividad
económica. Ejemplos:
        - Subvenciones por adquisición o rehabilitación de vivienda habitual
        - Subvenciones por la reparación de defectos estructurales en la vivienda
           habitual
        -  Ayudas públicas para el pago del IBI
          - Ayudas públicas derivadas del Plan Renove de los bienes de los que se
            trate (electrodomésticos, calderas, ventanas, aire acondicionado etc).
         - Ayudas públicas para la instalación de rampas, ascensores, aunque se
            instalen para mejorar la movilidad
          - Ayudas públicas al denominado “Programa de Incentivos al Vehículo
            Eficiente (PIVE)” Si los beneficiarios son contribuyentes del IRPF que
            no realizan ninguna actividad económica son una ganancia patrimonial.
          - Ayudas públicas para el alquiler de vivienda. (V1369-11)

Estas subvenciones públicas, si bien están ligadas a un elemento patrimonial, no derivan
de transmisión y por tanto deben ser incluidas en la declaración de IRPF
en el apartado
G1 de la declaración del IRPF “Otras ganancias y pérdidas patrimoniales que no derivan
de la transmisión de elementos patrimoniales”.

Por tanto pudiera ser que en el caso de que el Bono social no estuviera englobado en rendimientos del trabajo, se considerase una ganancia patrimonial, no derivada de transmision y por tanto el debe ser incluirla en la Declaracion de IRPF.

Ahora bien, si la ayuda fuese calificada como rendimientos del trabajo, Con carácter general, se declaran en el modelo 190 las subvenciones y ayudas que
se califiquen como rendimientos del trabajo, y como ejemplo: 

- la renta social, rentas de inserción y otras ayudas similares
concedidas por los ayuntamientos y las CCAA deberán ser declaradas en el
modelo 190, cualquiera que sea su importe, indicando su carácter exento si
cumplen los requisitos del artículo 7.y).

Las rentas del trabajo exentas se declaran con la clave L. Algunas de estas ayudas
tienen una subclave específica. En caso de no tenerla, se declaran en la subclave 25.

Entonces pregunto; ¿como se sabe si la entidad concedente lo ha declarado en el modelo 190?
Puesto que las Subvenciones y ayudas calificadas como Ganancia Patrimonial.
Con carácter general se declaran en el modelo 347. 
¿Pero quien declara en el modelo 347, la entidad concedente?
A ver que opinas.


#4

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

Lo mas gracioso es que lo lógico y normal es que a la gente que se le ha concedido, o no tiene obligación de presentarla, o no le sale a pagar aunque se meta esa ayuda, por lo tanto, por un por si acaso, yo suelo recomendar que se incluya ya que no se pierde nada por ello y te salvaguardas de una posible regularización.

Un saludo

#5

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

yo diría que si nos ponemos estrictos, esa ayuda la concede el Estado aunque la gestionen otras administraciones públicas, por tanto no entraría en esa exención, aunque comenté que en una interpretación laxa sí podría acogerse.
Si se asimila a las ayudas económicas de rentas básicas,etc, sí iría por rendimientos del trabajo, como dices.
Pero al final es lo que comenta leopol72 : que para que te la concedan, probablemente debas tener unos ingresos que hagan que no pagues nada de IRPF, con lo cual es casi un debate más "académico" que de impacto real en el bolsillo de las personas que reciben estas ayudas.
#6

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

Es que desde mi punto de vista y desde el punto de vista del motivo por el que se hace el pago de la ayuda, tiene más fundamento que se pueda tratar de unos rendimientos del trabajo, equiparables a las ayudas de emergencia social.

Ahora bien, la AEAT en su pagina web indica que cada una de estas subvenciones o ayudas puede tener un tratamiento diferente en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por lo que para comprobar si deben o no declararse, conviene, en primer lugar, consultar el acuerdo de concesión de la ayuda, que, si está exenta, recogerá esta circunstancia. 

 Si se desconoce o no se tiene acceso al acuerdo de concesión, se puede consultar el régimen tributario de la ayuda recibida en el Servicio de Información RENTA 

Ahora bien, llamé para consultar y lo que me responden es que claro consulta vinculante no hay, que si fuera rendimiento del trabajo el pagador estaría sujeto a declarar en el modelo 190 .

Pero¿ donde se consultan esos acuerdos de concesión? o como sé si el pagador lo ha declarado en el modelo 190.  
 Toda esta ayuda deriva y es en funcion de los presupuestos generales del estado, y transfieren competencias a la CCAA y esta a su vez a sus determindas entidades. 

Yo estoy por lanzar una consulta vinculante, pero cuando ya empezamos a hablar de los modelos 190 y 347 empiezo a perderme bastante, pues me falta información sobre esos acuerdos de concesión.

#7

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

Me respondo a mi mismo. 
Los acuerdos de concesion de ayudas publicas deberían estar en :
 

Sistema Nacional de Publicidad de
Subvenciones y Ayudas Públicas

 
Desconocía que existía esto, pero sigo sin encontrar los acuerdos de concesion para el Bono Social termico. 

#8

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

Exactamente, esta ayuda la paga el gobierno central no es una ley autonómica es central sólo la gestionan las comunidades autónomas es diferente a las ayudas de las CCAA yo el año anterior en el 2019 que se recibió ese dinero cuando hice la declaración no se incluyó. 
#9

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

Yo creo que entra como rendimiento del trabajo igual que cualquier ayuda del ayuntamiento o ayuda autonómica por ejemplo,las ayudas que quedan excenta son ayudas como la dependencia o grado de minusvalía es decir conceptos que están ya especificado para el resto de ayudas deben incluirse. Pero claro en algunos casos a los contribuyentes podría salir a pagar al superar algunos ingresos. 
Si veis que con una ayuda o subvención acabáis superando el tope para no pagar mejor renunciar y si incluyendo el bono térmico o cualquier ayuda a mejoras de vivienda etc si la suma no te hace pagar es mejor ponerla ante la duda 
#12

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

Tal y como era de esperar, el generado a 31-12-2019 que se supone debimos haber cobrado en el primer trimestre del 2021 pero que por ejemplo en la Comunidad de Madrid no cobramos realmente hasta inicios  del 2021, aparece ya en lso datos fiscales del ejercicio 2021:

#13

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

hola sabés donde corresponda la casilla del bono social electrico 
#14

Re: Renta: ¿Declarar bono social térmico?

perdón eléctrico no, es térmico