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Bacalo 28/04/26 09:52
Ha respondido al tema Análisis de Bayer: ¿Buen momento para entrar en Bayer AG (BAY)?
malas sensaciones para Bayer en la audiencia de los jueces del Tribunal Supremo:" La Corte Suprema interrogó a Bayer sobre su responsabilidad por no advertir a los consumidores que su herbicida estrella, Roundup, podría causar cáncer, en un caso que podría poner fin a una larga batalla legal.Los magistrados, de todo el espectro ideológico, se mostraron receptivos el lunes a los argumentos de que la farmacéutica y la empresa agrícola pueden ser demandadas por daños y perjuicios en virtud de una ley de Misuri que exige a las empresas advertir a los consumidores sobre los riesgos de sus productos, aunque el producto no estuviera mal etiquetado según la ley federal porque los reguladores habían determinado que su uso era seguro.Un fallo en contra de Bayer sería un duro golpe para los esfuerzos de la compañía por contener el litigio de Roundup, que le ha costado miles de millones de dólares.El presidente del Tribunal Supremo, John Roberts, se mostró receptivo al argumento de Bayer de que la ley federal busca crear uniformidad en el etiquetado de los herbicidas. Sin embargo, cuestionó por qué los estados no podrían intervenir si se determina que un producto es peligroso después de que el gobierno haya aprobado su uso." 
Bacalo 28/04/26 09:41
Ha respondido al tema Vivienda heredada y alquiler
estrictamente los rendimientos del alquiler debes declararlos sólo tú al provenir de un bien privativo (ley del IRPF); pero una vez recibido el dinero pasa a formar parte de los bienes gananciales, como estipula el Código Civil para los matrimonios en gananciales; con lo cual, cualquier rendimiento futuro (si abres un depósito, compras unas acciones,etc, con el dinero proveniente de ese alquiler) sí será a medias.
Bacalo 28/04/26 09:37
Ha respondido al tema Ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad
cada mes tienes que poner la suma de las cotizaciones que se abonaron a tu nombre, sea solo autónomo, solo por cuenta ajena o que en un mes hayas cotizado en los 2 regímenes.En el caso de trabajo por cuenta ajena, no son únicamente las cotizaciones a cuenta del trabajador que te han restado de la nómina, también las que paga el empresario, que son bastante más elevadas. Suelen venir en las nóminas.En cualquier caso, ten en cuenta que te corresponden 9 meses x 100 euros/mes = 900 euros, si la suma de lo que tienes más a mano supera esa cantidad, no te van devolver más, así que pon ese dato, tampoco hace falta ser preciso. Pones 100 euros de cotizaciones cada uno de los 9 meses y ya está.
Bacalo 27/04/26 21:40
Ha respondido al tema Duda cómo declarar plataformas crowlending y crowdfunding - Declaración de la Renta
* cashback o bonus de regalo por invertir una cantidad determinada: diría que claramente son intereses pues van asociados a la inversión en sí.* planes amigo, referidos, comentarios en redes sociales: creo que el criterio de Hacienda en alguna consulta vinculante es considerarlo ganancia patrimonial en la base general, con criterio similar a lo que ha hecho con los del programa Amazon Vine, aunque ciertamente las entidades financieras en España (por ejemplo, ING), suelen considerar los planes amigo un rendimiento del capital mobiliario y te retienen el 19%. Esto es más favorable que ponerlo en la base general.*comprar préstamos más baratos y luego recibir el nominal al final: creo que cuadra mejor en la casilla Casilla 31 : Rendimientos procedentes de la transmisión, amortización o reembolso de otros activos financieros.
Bacalo 27/04/26 09:31
Ha respondido al tema Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)
los rendimientos exentos en general NO se incluyen en ningún lado en el IRPF. Por ejemplo, una pensión por incapacidad absoluta, o por orfandad, o la ganancia por la venta de la vivienda habitual de un mayor de 65 años, o la indemnización por daños personales de un seguro determinada por un juez.Cuando hay alguna casilla para incluirlos, es porque la exención puede estar condicionada a algún requisito que se incumpla en el futuro y que entonces obligue a tributar por lo declarado exento. Por ejemplo: reinvertir la ganancia de la venta de la vivienda habitual en una nueva vivienda; hay que ponerlo explícitamente, pues puede que no se acabe comprando la nueva vivienda o no se resida en ésta el tiempo necesario para que consolide como habitual, y Hacienda lo rastreará en el futuro.  Lo mismo al reinvertir por un mayor de 65 años la ganancia de la venta de una vivienda no habitual o de acciones o fondos en una renta vitalicia: si se rescata el seguro de rentas vitalicias en el futuro, hay que pagar por toda la ganancia exenta. Entonces hay que poner en la declaración que te acoges a esta exención por un lado, y por otro la aseguradora comunica cuál es la poliza contratada. Así Hacienda controla que se cumple en el futuro los requisitos.En este caso, los intereses del SIALP no se declaran en ningún lado, salvo que, como ha indicado @mivisa , se incumplan los requisitos como no aportar más de 5.000 €/año.
Bacalo 26/04/26 23:12
Ha respondido al tema La pensión no contributiva por discapacidad mayor de 65% está exenta de tributación?
Hacienda no se moja en este tema, en consultas vinculantes responde que hay que ir caso por caso y ver si con las pruebas que existan (informes médicos por ejemplo de la concesión de la pensión no contributiva) se puede equiparar a una incapacidad absoluta (no poder desarrollar ninguna profesión) o una gran invalidez. Por tanto, entiendo que quedas expuesta a que te pudieran revisar la exención, pero por probar no creo que pase nada si el ahorro en impuestos es considerable:https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V3182-23
Bacalo 24/04/26 17:29
Ha respondido al tema ¿Compatibilidad de Prestación Contributiva con Trading recurrente de capital propio? Dudas sobre "habitualidad"
como te han dicho, invertir tu propio dinero no es una actividad económica. Gestionar el de los demás, asesorar a otros o dar cursos de trading , sí.
Bacalo 23/04/26 22:49
Ha respondido al tema Residente en Panama
eso parece, que las ganancias de vender acciones de SOCIMIs tributan en España; aunque puede que haya alguna excepción; se me ocurre Inmobiliaria Colonial, cuyos activos en Francia puede que sean más de la mitad del valor total y entonces no entrarían en esa regla de que más del 50% del valor de los inmuebles de la SOCIMI tengan que estar en España. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-11425Artículo 13. Ganancias de capital........5. Las ganancias que un residente de un Estado contratante obtenga de la enajenación de acciones o de otros derechos de participación cuyo valor se derive directa o indirectamente en más de un 50% de bienes inmuebles situados en el otro Estado contratante, pueden someterse a imposición en ese otro Estado.   --->SOCIMIs.....7. Las ganancias derivadas de la enajenación de cualquier otro bien distinto de los mencionados en los apartados 1, 2, 3, 4, 5 y 6 sólo pueden someterse a imposición en el Estado contratante en que resida el transmitente.
Bacalo 23/04/26 21:08
Ha respondido al tema IRPF transmisión de un derecho de plaza de garaje que se adquirió por concesión administrativa - Declaración de la Renta
F2 Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales - Otros elementos patrimoniales (bienes o derechos) no afectos a actividades económicas Como valor de adquisición, se toma el valor que pagaste + gastos y se quita la parte consumida de la concesión administrativa.Por ejemplo: pagaste 10.000 euros por un derecho de uso de 50 años y han pasado 30, luego se ha consumido un 60% de la concesión , queda por consumir el 40%----> el valor remanente es 40%x10.000 = 4.000 como precio de adquisición.
Bacalo 22/04/26 22:38
Ha respondido al tema Herencia con hipoteca en regimen ganancial y dinero sin aparecer
Según la normativa del impuesto de Sucesiones, forman parte de la herencia los bienes que tuviera el fallecido hasta un año antes del fallecimiento, para evitar que, en caso de enfermedades con un previsible desenlace fatal, "desaparezca" el dinero u otros bienes por el camino. Por ello, el banco debe facilitar los movimientos del último año.De acuerdo al banco de España:https://clientebancario.bde.es/pcb/es/menu-horizontal/productosservici/herencias/guia-textual/Derechodeinformacionsobrelasposicionesdelcausante/Que_informacion_769a14e11eca761.htmlLos herederos pueden solicitar a las entidades bancarias cualquiera de las siguientes informaciones:El certificado de posiciones del cliente fallecidoLos movimientos habidos en las cuentas con posterioridad a la fecha del fallecimientoLos movimientos habidos en las cuentas referido a un período temporal de aproximadamente un año antes del fallecimiento de tal forma que se permita a los herederos el cumplimiento de las obligaciones fiscales.Una copia de los contratos de los que fuera titular el cliente fallecido.Resulta imprescindible que tanto la información relativa a las posiciones que mantenía el cliente a la fecha del fallecimiento, como la de los contratos de financiación o de garantía (contratos de préstamo, de aval, etc…) que estuvieran en vigor a dicha fecha se faciliten a los herederos con carácter previo a la aceptación de la herencia para que estos puedan conocer el caudal hereditario.
Bacalo 21/04/26 08:06
Ha recomendado Re: IRPF 2025 mínimo por descendientes de Enasua
Bacalo 20/04/26 11:19
Ha respondido al tema Irpf Mintos
Tienes que rellenar la casilla de deducción por doble imposición internacional . En la casilla de rendimientos del ahorro pones el bruto en origen sólo y en la que te he citado, rendimientos y retenciones 
Bacalo 20/04/26 11:16
Ha respondido al tema IRPF 2025 mínimo por descendientes
Entiendo que al ser los ingresos de la madre inferiores a 8.000€ netos, el derecho al mínimo por descendientes pueden usarlo el abuelo y la abuela ( ojo, ambos, no sé si los abuelos presentan declaración conjunta y usarían  el 50% que corresponde a la madre, o si es individual, 25% cada uno)A simple vista, no parece que haya ventaja presentando declaración conjunta en cuanto al resultado, pues con menos de 8.000€ probablemente le devuelvan lo poco que le hayan retenido presentando individual  y aunque sea más cómodo que presentar las individuales de los niños por la obligación del imv, a lo mejor se lía la agencia Tributaria con que aparezcan en una conjunta con la madre pero el mínimo lo apliquen los abuelos...
Bacalo 19/04/26 12:10
Ha respondido al tema Ayuda con amortizacion Ascensor
Puede ser un terreno gris, pero diría que para considerar como mejora una obra de sustitución tendría que alargar la vida del edificio en tanto en cuanto  la alternativa a no afrontarlas sería el derribo de la  construcción. En el caso que indicas, ¿No sé ha aprovechado nada: el hueco o estructura externa, la caja?Donde vivo nos hemos gastado 25.000€ para arreglarlos y adecuarlos a la normativa y el hueco, la caja, los cables no se han cambiado.Según Hacienda,tendrán la consideración de gastos de reparación y conservación:Los efectuados regularmente con la finalidad de mantener el uso normal de los bienes materiales, como el pintado, revoco o arreglo de instalaciones.Los de sustitución de elementos, como instalaciones de calefacción, ascensor, puertas de seguridad u otros.
Bacalo 18/04/26 10:17
Ha respondido al tema Venta de piso en la DECLARACIÓN
tal final tú sabes exactamente cuanto has recibido y ganado por tu parte. Si la casa se ha vendido por 300.000 con 50.000 de ganancia, entonces tu 50% son 150.000 que reinvertirás para dejar tu ganancia de 25.000 exentas. Eso es lo que tienes que aparecer finalmente.Y un detalle importante: el dinero destinado a la reforma NO se admite como reinversión generalmente, en lo típico de cambiar fontanería, electricidad, suelos,etc, lo que se admite son obras estructurales porque la vivienda está que se cae y hay que tocar columnas, fachada, cubierta del tejado, etc. Hacienda va a chequear por ejemplo que tú vendiste tu parte por 150.000 y resulta que has dedicado 125.000 a la nueva vivienda, te va a preguntar qué pasa con los otros 25.000 euros cuya ganancia pretendes dejar exenta, y si presentas facturas de pintura, albañilería,etc, creo que no cuela,  lo dice Hacienda claramente:no quedan  incluidas en dicho concepto de rehabilitación las obras de readaptación, redistribución, reacondicionamiento y mejora o reforma de la vivienda, tales como redistribución del espacio interior, cambio o modernización de instalaciones de fontanería, calefacción, electricidad, gas, solado, alicatado, carpintería, bajada de techos, etc. https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V3105-23 La consultante ha transmitido su vivienda habitual y se plantea reinvertir el importe obtenido en la adquisición y reforma de un local para convertirlo en su vivienda habitual. A tal efecto, una vez realizadas tales obras solicitará al ayuntamiento el cambio de uso de local a vivienda. Cuestión planteada  | Si puede aplicar la exención por reinversión por el importe que reinvierta tanto en la adquisición como en las obras de reforma del inmueble. Respuesta:las obras de reforma del local, se podrán considerar como importe reinvertido si tal reforma tiene la consideración de rehabilitación que la mayor parte del importe de la obra se destine a la consolidación o tratamiento de elementos estructurales de la edificación (estructuras, fachadas, cubiertas o elementos estructurales análogos), sin que queden incluidas en dicho concepto las obras de readaptación, redistribución, reacondicionamiento y mejora o reforma de la vivienda, tales como redistribución del espacio interior, cambio o modernización de instalaciones de fontanería, calefacción, electricidad, gas, solado, alicatado, carpintería, bajada de techos, etc. 
Bacalo 18/04/26 10:06
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
parece que las que tienen alguna rectificación por otro motivo distinto de las mutualidades van a la cola, me da que no quieren ni tratarlas. A mi padre le ha pasado lo mismo que este caso de fallecido que citas (él está vivo): han devuelto el año "fácil", el que no ha habido rectificación y ya elaboró la declaración el "funcionario habilitado" antes del engendro de anularlas y tener que ir por formulario, con lo cual, sorprendentemente, más de 1 año después le devuelven lo que se sabía desde el principio.En las otras, como ha habido rectificación, ya no vale la declaración original del "funcionario habilitado" están en tramitación y me da que va para larguíiiiiisimo.
Bacalo 17/04/26 12:55
Ha respondido al tema Tributacion ayuda dana ayuntamiento donacion Fundacion Amancio Ortega - Declaración de la Renta
Están exentas al ser ayudas gestionadas por los ayuntamientos, siempre que no superen el valor del daño causado https://www.pedralba.es/sites/www.pedralba.es/files/documentos/Aclaraci%C3%B3n%20AEAT%20sobre%20ayudas%20DANA%20concedidas%20por%20ayuntamientos.pdf
Bacalo 17/04/26 12:01
Ha respondido al tema Complemento a mínimos y venta de piso.
El problema no es con Hacienda, es con Seguridad Social. Como te he dicho, no conozco gente que le hayan sancionado y aunque podrían hacerlo,  desconozco la cuantia y no parece probable que se vayan a cebar con pensionistas de bajos ingresos 
Bacalo 17/04/26 09:41
Ha respondido al tema Mutualistas: devolución del IRPF
No hay pasta, no hay funcionarios suficientes para procesar los cientos de miles de reclamaciones pendientes, no hay elecciones generales próximamente, y a la máxima responsable de todo esto la han mandado a un retiro dorado a Andalucía. Salvo que algunos afectados estén dispuestos a inmolarse a la puerta del Congreso o de la sede del partido en Ferraz, va para largo
Bacalo 17/04/26 09:34
Ha respondido al tema Complemento a mínimos y venta de piso.
En la medida que yo sé, se limitan a sustraer de la pensión una cantidad todos los meses hasta que se devuelve el complemento, sin cargar intereses ni sanciones, pero no obstante puede que cambien de criterio en cualquier momento dado el gasto creciente en pensiones y las put....s que están haciendo a los pensionistas 
Bacalo 16/04/26 19:08
Ha respondido al tema Ayuda con amortizacion Ascensor
adicionalmente, si estás pagándolo con un préstamo en el que se cargan intereses, la parte de intereses sí puedes restarla tal cual, ya que los propietarios de viviendas alquiladas pueden deducir los intereses de la hipoteca y otros gastos de financiación (comisiones, seguros vinculados) destinados a la compra o mejora del inmueble en el IRPF. Aunque imagino que si lo que tenéis es una financiación del vendedor del ascensor, no habrá intereses, pero verifícalo.
Bacalo 16/04/26 19:00
Ha respondido al tema Ayuda con amortizacion Ascensor
para Hacienda, se trata de una mejora de la que puedes ir amortizando el 3% de su valor.Por ejemplo, si el ascensor en total ha costado  200.000 euros y sois 50 vecinos con cuotas iguales, a ti te toca pagar en total 4.000 euros. El precio de adquisición de tu vivienda se incrementa en esta cantidad y puedes amortizar el 3% (120 euros) en 2026 si lo tienes alquilado todo el año. Si no, los meses proporcionales. Y en 2025 nada porque no estaba alquilado.Por tanto, no es la mensualidad que estés pagando lo que puedes restar. Podrás restar la cuota regular de la comunidad claro, pero no esta parte del préstamo del ascensor.Consulta vinculante donde Hacienda describe este criterio:https://petete.tributos.hacienda.gob.es/consultas/?num_consulta=V2293-21la instalación de un ascensor, como elemento nuevo, en un edificio no se puede considerar, en ningún caso, como un gasto de reparación y conservación del edificio, circunstancia que implicaría, en determinados casos, la deducibilidad del mismo en el IRPF.En definitiva, se trata de una mejora del edificio en su conjunto, la cual repercute en los propietarios del mismo, los cuales por la normativa reguladora de la propiedad horizontal están obligados a costear.Por lo tanto, como tal mejora aumentará el valor de adquisición del local del consultante. Dicho aumento será en el importe sufragado exclusivamente por el mismo. Al incorporarse al valor del bien, los pagos serán deducibles a través de su amortización en los términos del artículo 14 del RIRPF y se aplicará el 3 por ciento anual al coste de las obras, a partir del periodo impositivo en que hubieran finalizado.
Bacalo 15/04/26 18:30
Ha respondido al tema Deducción por ascendiente con discapacidad. Convenio especial de cuidadores no profesionales
La cuestión parece que es:-Por un lado, la Dirección General de Tributos rechaza en varias consultas vinculantes que el cuidador no profesional pueda aplicar la deducción en los meses en los que solo ha cotizado por este régimen.-Por otro, diversos TEAR regionales, como el caso que expones de Extremadura, han dictaminado que sí hay derecho.-Salvo que haya salido ya, lo que desconozco: haría falta entonces una unificación de doctrina por parte del TEAC (el Tribunal Económico Administrativo Central) (ojo, lo de Extremadura es Regional, no el Central como pone erróneamente en algunas páginas).Por ello, diría que probablemente la Agencia Tributaria te lo rechace, pero si reclamas al TEAR, que es gratis, con los argumentos de las resoluciones favorables, probablemente te den la razón, a la espera de que por el camino salga esa potencial resolución unificadora del TEAC y la Agencia Tributaria tenga entonces que cambiar su criterio.Yo creo que el beneficio que puedes obtener sobrepasa el que te puedan intentar cargar intereses, pero ya lo tienes que juzgar tú...
Bacalo 15/04/26 15:29
Ha respondido al tema Pareja conviviente sin matrimonio RENTA 25 (No conyuges, no pareja de hecho)
Si a quien van a multar es a tu hija, los demás vamos a disfrutar de esa recaudación extra, como puedes entender, nos beneficia está ignorancia y tozudez
Bacalo 15/04/26 15:04
Ha respondido al tema Ayuda por favor RENTA 2025
No tienes derecho a la reducción por declaración conjunta al convivir ambos progenitores en el mismo hogar, por tanto te da igual individual que conjunta con los hijos. Ahora, si tú pareja no la presenta, pues Hacienda no puede cruzar los datos de este año para chequear donde vive, aunque si ha presentado alguna vez declaración tendrán guardado un domicilio, y podrías intentar colarlo con el riesgo de que te pillen

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