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Ayuda con Impuesto Sucesiones

32 respuestas
Ayuda con Impuesto Sucesiones
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#1

Ayuda con Impuesto Sucesiones

Hola Foreros, mi padre falleció en enero y estoy tratando de hacer el impuesto de sucesiones y tengo un pequeño problema, os cuento:
Mis padres poseen tres viviendas en propiedad todas compradas en regimen de gananciales:
1a vivienda : la escritura esta unica y exclusivamente a nombre de mi madre pero se compro en regimen de gananciales. Su valor catastral es de 80000€ y el coeficiente de corrección es de 3,3, por tanto su valor a efectos fiscales es de 264000€
2a vivienda: en escritura esta exclusivamente a nombre de mi padre pero se compro en regimen de gananciales. Valor catastral 75000€, coeficiente de correción 1.
3a. vivienda tambien en regimen de gananciales pero a nombre de mi madre exclusivamente. Esta vivienda se construyo sobre unos terrenos heredados de mi madre pero en gananciales. Valor catastral 35000€, coeficiente 2,17.
Mi pregunta es: en el modelo 650 del impuesto de sucesiones en la casilla de titularidad que tengo que poner 50% por ser de gananciales o 100% cuando la titularidad es de mi padre y nada cuando es de mi madre? Y en la casilla valor que tengo que poner el 100% del valor fiscal o el 50% al ser en gananciales que es lo que le correspondería a mi padre?
Gracias por vuestra ayuda,
Miguel

#2

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones

En mi opinión, antes de proceder al reparto hereditario hay que realizar la liquidación de la sociedad de gananciales, adjudicando bienes al cónyuge supérstite y bienes al caudal relicto. No necesariamente tiene que ser el 50% de cada uno de los bienes gananciales para cada uno de los "montones", sino que se hace el inventario y se asignan bienes hasta alcanzar en cada uno el 50%.

En función de como se haga ese reparto luego habrá que rellenar el formulario.

Saludos.

#3

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones

Efectivamente tal y como dice al.rodrigo hay que ver como quedan las cosas, bien según lo dispuesto en el testamento, bien según se acuerde en la aceptación y adjudicación de la herencia.

Por otra parte veo que la tercera vivienda se ha construído sobre un terreno privativo de tu madre al ser una herencia recibida por esta, esto no entra a la herencia de tu padre en ningún momento (aunque haya puesto el dinero tu padre para hacer el resto).

#4

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones

Lo normal es que la sociedad de ganaciales se liquide adjudicando un 50% de cada bien a cada uno, es lo mas fácil, salvo que el sobreviviente tenga algún interés particular en alguno de los bienes u otra razón.
Dicho esto, si todos son gananciales, debes poner el % de titularidad real, 50% si es ganancial, valor del bien, la totalidad, valor de la porción transmitida, la mitad.
En el caso de la 3ª vivienda hay que estudiarlo detenidamente puesto que depende del que construyó la vivienda y con qué dinero. Normalmente, en la escritura de obra nueva se puso quien la hizo y si fue con cargo a bienes privativos o de la sociedad de gananciales. En cualquier caso el terreno es privativo de tu madre, por lo que el porcentaje de titularidad del bien total no puede ser 50-50 de cada uno, el de tu madre debe ser mayor.
También se puede considerar privativo todo de tu madre y considerar que existe una deuda de ella con la sociedad de ganaciales por la parte de dinero utilizada para la construcción, eso influiría a la hora de la liquidación de la sociedad. Como ves hay varias posibilidades

Un saludo

#5

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones

Personalmente yo me inclino más por la tercera opción en el caso de la 3º vivienda, puesto que según el Código Civil Común (Al que está sujeto por ser su padre de Madrid según he supuesto) eso se consideraría una accesión y será propiedad de la madre salvo que se demuestre lo contario (Artículo 358 del CC y siguientes, que regulan el derecho de accesión respecto a los bienes inmuebles), sin perjuicio de lo dicho del crédito contra la sociedad conyugal.

#6

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones

Bien, somos dos herederos y mi madre usufructuaria. Mi padre estaba empadronado en Alicante al igual que mi hermana y mi madre. Yo estoy empadronado en Madrid. Hoy me han dicho que yo no puedo acogerme a la exención fiscal de la Comunidad Valenciana ni a la de Madrid ¿Es cierto? ¿alguna forma de acogerme a las exenciones?
Saludos

#7

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones

En primer lugar si no cumples los requisitos de tales deducciones (no sé cuales son, a ver si algún rankiano nos las cuenta) no puedes aplicártelas, y no lo intentes, porque como te pillen cometerías dos infracciones a falta de una.

En segundo lugar estamos hablando de una cautela Socini, es decir, en los dos primeros bienes tu madre tendría el: (89 - Edad de tu madre al fallecimiento de tu padre, MAX. 70, MIN. 10)% de ambos, el resto es la nuda propiedad que se distribuiría entre tu hermano y tu como diga el testamento. El tercero no entra en juego tal y como expliqué anteriormente.

Por otra parte cuando fallezca tu madre no habrá herencia por estos bienes, sino consolidación de dominio por ellos; y ten cuidado con el 3% del ajuar doméstico.

#8

Re: Ayuda con Impuesto Sucesiones

LAs deducciones de la Comunidad de Madrid no pintan nada puesto que manda siempre la residencia habitual del fallecido; respecto a la de Valencia, creo que efectivamente, sólo se aplican a los residentes en esa Comunidad, por lo que no podrías aplicartelas. Y a posteriori no hay posibilidad de arreglarlo, a priori podrías haberte trasladado allí, con un año creo que hubiera bastado, aunque en ese tema también pude haber problemas

Un saludo