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Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.

8 respuestas
Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.
Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.
#1

Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.

Buenos días, os expongo mis dudas sobre el tema ya que es de actualidad y hay miles de personas afectadas por el mismo...

El caso es que soy uno de los miles de afectados por la "estafa piramidal" de AFINSA. 
En su tiempo, tenía invertida cierta cantidad de la que sólo hemos recuperado algo menos del 20% después de un largo proceso de concurso de acreedores...

Recientemente, ha surgido esta noticia en prensa, relativa a que podemos incluir en la declaración de este año, las cuantías no recuperadas del dinero invertido, haciéndolo bajo el concepto de pérdida patrimonial", casilla 305 de la declaración.


Para poder justificar esa pérdida patrimonial, hay una página informativa ( https://liquidacionafinsa.com/ ) en la que, una vez identificado, puedes descargarte un certificado en el cual se hace la certificación  como acreedor y se indica la cantidad reconocida (como crédito ordinario), lo que se nos ha ido pagando durante estos años de juicios (un 18,348% en todos los casos) y también se hace referencia a un crédito subordinado al final del documento ¿?...






El caso es que los artículos de prensa hacen referencia a que hay que incluir las cantidades en dicha casilla 305, y , cito textualmente 
"Hay que aclarar que al tratarse de una pérdida patrimonial no derivada de la transmisión de elementos patrimoniales no se puede aplicar para rebajar las ganancias obtenidas por la venta de acciones o activos inmobiliarios, sino solo las generadas por subvenciones o indemnizaciones; si no hubiera ganancias de este tipo se puede imputar en la base general con un límite del 25% de los rendimientos declarados en el ejercicio», explica Rubén Gimeno, secretario técnico del Registro de Asesores Fiscales. El contribuyente dispone de cuatro ejercicios para aplicarse el grueso de la pérdida patrimonial experimentada."


Mi consulta es la que sigue:


A la vista de las cuantías del certificado, ¿Qué cantidad es la que debo consignar exactamente en la casilla 305? en un principio consideraba que  debería tratarse de la cantidad reconocida MENOS el 18, 348% que ya se ha abonado...
¿Debo hacerlo durante 4 años (límite 25%) o puedo declarar el total de la pérdida en la declaración de este año?

Gracias por vuestra atención, lo subo aquí ya que esta consulta puede afectar a bastantes usuarios de este foro...
#2

Re: Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.

Debes reflejar todas las perdidas en la casilla incluyendo el crédito subordinado, según consulta vinculante D.G.T  V1550-23 o sea crédito ordinario (menos cantidades devueltas) y subordinado.
Lo de los 4 años para compensar se refleja automáticamente en la declaración.
#3

Re: Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.

Muchas gracias por tu respuesta.
Entiendo que de realizarlo así, se declara todo (crédito ordinario menos cantidades devueltas más el crédito subordinado) en un único ejercicio...
¿Es necesario aportar el certificado a la declaración?
Gracias de nuevo
#4

Re: Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.

Aunque la AEAT ya tiene tus datos, al formar parte de la administración concursal, yo se lo enviaría  para adelantar la resolución
#5

Re: Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.

Disculpa la consulta. Una vez indicado el importe en la casilla 305, si este sigue resultando negativo y puede por tanto compensarse en los próximos 4 años, lo indicarán los sucesivos borradores? Que cantidad habrá que consignar en las siguientes 3 Declaraciones? 
#6

Re: Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.

Como te dije en la primera respuesta se refleja automáticamente,al final de la declaración hay un apartado en el cual aparece la cantidad compensada en esa declaración y lo que resta por compensar en los siguientes ejercicios
#7

Re: Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.

 Pregunta:

Mi cónyuge trabaja a media jornada y su empresa no le retiene nada, ya que por su situación familiar (hijos) no llega al importe anual establecido en el art. 81 del R.D.  439/2007. 

Al no tener retenciones ¿no le afecta esta deducción por pérdidas?

En su borrador introducimos dichas pérdidas y no hay variación en el resultante (a devolver).

Gracias. 
#8

Re: Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.

Te ruego disculpes mi ignorancia. En que casilla exactamente figura el importe que deberé indicar en la declaración del año que viene?

Gracias por anticipado y de nuevo mis disculpas.
#9

Re: Sobre declaración pérdida patrimonial AFINSA.

¿Me podrías indicar dónde exactamente?

Gracias.