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Pregunta rápida - declaración de la renta

27 respuestas
Pregunta rápida - declaración de la renta
Pregunta rápida - declaración de la renta
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#1

Pregunta rápida - declaración de la renta

Hola a todos,

Pongamos que un familiar me ingresa en mi cuenta todos los meses 1.000 euros, como ayuda.

Al año serían 12.000 euros, tengo que declararlos al año siguiente ?.

Un saludo y gracias.

#2

Re: Pregunta rápida - declaración de la renta

¿Quieres la respuesla legal o la real?

Lo legal: seguramente se trata de algún tipo de entrega amparada en la obligación de prestación de alimentos entre familiares, o cosa similar. Aunque sea un regalo o donación, seguramente carece del llamado "animus donandi", así que no estaría sujeto al ISD.
Por tanto, las donaciones no sujetas al ISD están sujetas al IRPF. Según la causa de la entrega, se declararía o como ingresos del trabajo, o alternativamente como premios o como ganancias no procedentes de transmisión.

Lo real: habitualmente, nadie declara estas cosas.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Pregunta rápida - declaración de la renta

Mil gracias Cachilipox, estaba confuso porque tenía la idea de que si me los gasto, como NO aumenta mi patrimonio, no debería declararlos, y si los ahorro como SI aumenta pues sí. De todos modos hago hincapié en que no es una donación, es un ingreso injustificado (una ayuda).

Por tu respuesta entiendo que legalmente en ambos casos se ha de declarar. Entiendo que la mayoría de la gente no lo hace, pero...imagino que hay un limite que no hay que sobrepasar...12.000 euros anuales no es mucho pero si hablamos de 30.000 euros imagino que la cosa cambia ?

#4

Re: Pregunta rápida - declaración de la renta

¿Declaras en el IRPF por tu sueldo? ¿O solo si en lugar de pagar facturas y compras, lo detinas a ahorrar?

El IRPF se declara y paga por el ingreso, con independencia de si lo gastas todo o ahorras una parte.

Sobre el límite a no sobrepasar, estaría no sujeto el ingreso de cantidades de escasa cuantía, y que correspondieran a usos y costumbres socialmente aceptadas.

No se en tu pueblo, pero en el mío, que un familiar te suelte 1.000 lereles al mes "para ayudar" no es muy usual ni acostumbrado. Más querría...

Si lo que quieres es anonimato fiscal, procura evitar que se acumulen más de 3.000 €/año de ingresos por cuenta bancaria.
Por ahora, la AEAT solo solicita en el modelo 171 relación de operaciones bancarias, las operaciones que puntualmente superen los 3.000 €. Pero perfectamente pueden cambiar de criterio, y solicitar el acumulado (junto con el detalle) si la suma anual de operaciones supera los 3.000 en declarados y sentido de la operación coincidente.
Necesitas 4 cuentas bancarias, a poder ser, de cuatro entidades diferentes. O combinando titularidades.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#5

Re: Pregunta rápida - declaración de la renta

Gracias de nuevo Cachilipox me queda totalmente claro.

Lo de que un familiar te ingrese 1000 euros al mes no es tan raro...imaginemos que tu hijo se va 1 año de Erasmus a Paris y le tienes que enviar 1000 euros al mes a su cuenta ya que las becas que dan son de risa. El supuesto hijo tendría que preocuparse por declarar al final de año 12.000... 20% de 12.000 = 2.400 euros...

#6

Re: Pregunta rápida - declaración de la renta

Fiscalmente se considera que un hijo mantiene dependencia económica con sus progenitores hasta los 25 años, o antes si se independiza.
El cambio temporal de domicilio por razón de estudios no implica cambio de vivienda habitual donde reside, como bien saben los que alquilan (caseros e inquilinos) habitaciones para estudiantes.

Si el hijo no está independizado, los 12.000 € no es que los reciba el hijo a título de renta propia, sino que es renta de los progenitores, entregada en depósito para una más adecuada administración.

Si el hijo estuviese independizado, debería declarar y tributar en el IRPF por ese dinero, en rentas del trabajo. Se sumarían al resto de rentas del trabajo, y se aplicaría la reducción por rentas del trabajo (unos 2.400 €). A su vez, tributaría por los primeros 5.151 € a tipo 0. Y lo que fuera de aplicación de los famosos 400 €.

Si no tuviese otros ingresos, vendría a resultar una cuota de casi 600 €, que es menos del 5 %.
En el impuesto de donaciones el tipo mínimo es el 7 %.

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#7

Re: Pregunta rápida - declaración de la renta

la posibilidad de la donacion no es tan mala, depende de la normativa de cada comunidad. Em madrid para los grupos I y II tiene bonificacion del 99%
Bonificación en adquisiciones ínter vivos:1. En las adquisiciones ínter vivos, los sujetos pasivos incluidos en los grupos I y II de parentesco de losprevistos en el artículo 20.2.a) de la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones yDonaciones, aplicarán una bonificación del 99 por 100 en la cuota tributaria derivada de las mismas. Serárequisito necesario para la aplicación de esta bonificación que la donación se formalice en documentopúblico.2. Cuando la donación sea en metálico o en cualquiera de los bienes o derechos contemplados en el artículo12 de la Ley 19/1991, de 6 de junio, del Impuesto sobre el Patrimonio, la bonificación solo resultará aplicablecuando el origen de los fondos donados esté debidamente justificado, siempre que, además, se hayamanifestado en el propio documento público en que se formalice la transmisión el origen de dichos fondos.
UN saludo

#8

Re: Pregunta rápida - declaración de la renta

Gracias a los 2. He estado leyendo en distintos foros éste tema y por lo que he visto lo mejor sería declararlo como donación ya que solo ha que declarar el 1% de la cuota tributaria derivada de la cantidad inicial (ya que es una donación entre la familia madre-hijo y yo tengo más de 21, grupo II).

De 12.000€, y con ésta bonificación del 99%, me sale a declarar 0 euros (y calculado para 50.000 euros me sale sólo 32 euros). De dónde te sale el 7% Cachilipox ?

(He usado el siguiente link para calcularlo : http://www.aherencias.es/temasResidente.php#chu)