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¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?

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¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?
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¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?
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#505

Re: ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?

Buenos días,

en mi opinión el tratamiento de las divisas es el mismo que el de los CFDs.

Operando con divisas se pueden obtener 2 tipos de ganancia o pérdida patrimonial:

  • La resultante de deshacer la posición a corto o largo que hubiéramos abierto.
  • Los intereses devengados en la cuenta del bróker a través del que operamos. Hay que tener en cuenta que solo tributan los abonos de intereses en nuestra cuenta y no los cargos.

Un saludo.

#506

Re: ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?

Hola Miguel. Verás tengo una gran duda con el tema de las perdidas desde 2009 a 2012.

En 2013 he obtenido unas ganancias tanto inferiores a un año como superiores, con acciones del Santander.

Tuve unas perdidas en el 2012 de acciones del BBVA. Dichas pérdidas donde debo indicarlas ¿En la casilla 362 o en la casilla 369? ¿O en ambas?

Muchas gracias

#507

Re: ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?

Buenas tardes,

Supongo que todas las pérdidas y ganancias patrimoniales se generaron por venta de acciones, entonces:

  • Las pérdidas de 2009-2012 se consideran renta del ahorro.
  • Las ganancias 2013 en menos de un año se consideran renta general.
  • Las ganancias 2013 en más de un año se consideran renta del ahorro.

Por tanto, las pérdidas de 2009-2012 se pueden compensar con las ganancias de 2013 a más de un año. La cantidad a compensar se incluye en la casilla 369, con el límite de la cuantía de la casilla 368. El exceso lo podrás compensar en los años siguientes, si procede.

Un saludo.

#508

Re: ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?

Gracias Miguel.

Pensaba que si las perdidas en 2012 eran inferiores también a 1 año, podía compensarlas con las ganancias inferiores a 1 año del 2013, pero ya veo que no....

Entendido..., casilla 369.

#509

Re: ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?

No, la diferenciación entre más y menos de 1 año se realiza desde el 1 de enero de 2013, antes de esa fecha las Ganancias y Pérdidas Patrimoniales derivadas de la venta de acciones se incluían en la renta del ahorro con indiferencia del tiempo que hubiera transcurrido entre la compra y la venta.

Un saludo.

#510

Re: ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?

Miguel, y entonces de cara al año 2014, sí existirá esa diferente compensación, es decir se podrán compensar perdidas del ejercico 2013 inferiores a un año con ganancias del 2014 inferiores a 1 año, y las perdidas superiores con las ganancias superiores a 1 año ¿qué piensas?

Gracias

#511

Re: ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?

Todo hace indicar que así será, sería ridículo que cambiaran la normativa 2 años seguidos para la misma materia. 

#512

Re: ¿Cómo incluir las Ganancias o Pérdidas Patrimoniales en el Programa PADRE 2013?

Hola Miguel,
Yo tengo una consulta relativa a la compensación de partidas negativas de ejercicios anteriores para Ganancias y Pérdidas Patrimoniales. Creo que ya está más o menos contestada por partes en este mismo foro, pero como me cuesta terminar de creérmelo prefiero preguntarte de manera explícita.
Te explico mi caso:
- En 2012 comencé a operar en Futuros de gas natural americano (con liquidación diaria) a través de un bróker
- Al principio me fue bastante mal, y en el ejercicio 2012 tuve pérdidas sustanciales, que declaré como pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de otros elementos patrimoniales y por tanto quedaron acumuladas en la Base Imponible del Ahorro, para ser compensadas con ganancias del mismo tipo en los cuatro ejercicios siguientes (casilla 369)
- En 2013 y 2014 me ha ido mejor, y he conseguido recuperar buena parte de lo perdido. Pero cuál es mi sorpresa al preparar la declaración de 2013 y ver que las ganancias patrimoniales obtenidas, por tratarse de operaciones con permanencia menor o igual a un año, ahora van a la base imponible general (casilla 361), y no puedo compensar las pérdidas de 2012 con las ganancias del año siguiente obtenidas en exactamente la misma actividad
Y ahora las preguntas:
- ¿Esto es así? ¿Es cierto que la ley del IRPF de 2013 permite que en determinados casos no puedas compensar las pérdidas de 2012 de una actividad especulativa con las ganancias de 2013 realizando exactamente la misma actividad? ¿No hay ningún precepto en la Ley del IRFP que reconozca el derecho a compensar las pérdidas de una actividad con las ganancias generadas en la misma actividad en los 4 años siguientes?
- ¿La actividad de compra venta de futuros de gas (con fines especulativos) debe declararse como transmisión de otros elementos patrimoniales en todo caso?. Yo trabajo desde una cuenta corriente con un broker. ¿Podría declarar la variación de saldo de la cuenta después de ingresos y extracciones como Rendimiento del Capital Mobiliario u otro epígrafe?
- Creo que aquí mismo he leído que, al tratarse de futuros con liquidación diaria, en cualquier caso se consideran operaciones con permanencia igual o inferior a un año. Yo he mantenido la actividad de manera continuada desde 2012, con posición abierta en casi todo momento, pero con distinto número de contratos y distintos vencimientos (los contratos son mensuales, yo he trabajado con Eneros 2014, Julios 2014, Octubres 2014 etc.) de manera que no he mantenido ningún contrato de un vencimiento determinado durante más de un año. ¿Podría declarar mi actividad como operaciones con permanencia superior a un año?
- Si todo lo anterior no funciona y efectivamente no voy a poder compensar las pérdidas de 2012 con las ganancias de 2013 obtenidas en la misma actividad, ¿cómo se denuncia esto?. ¿A quién se puede reclamar?. Por lo que he visto intuyo que hay más gente que yo afectada por este asunto de la compensación de pérdidas, y me parece profundamente injusto e incluso contradictorio con la normativa del IRPF de años anteriores. Por mi parte quiero hacer todo posible para denunciar esta injusticia y pedir que esta normativa se corrija, animo a todos los que estén en mi situación a que hagan lo mismo.