Re: ¿Salir de ASNEF sin pagar?
Re: ¿Salir de ASNEF sin pagar?
Re: ¿Salir de ASNEF sin pagar?
Ojo, que no todos somos buenos por Naturaleza y hay suelto cada pufero de no te menees.
Aún no he visto a nadie metido en registros sin que tenga algo impagado a sus espaldas y he consultado la situación de mucha mucha gente. Admitiendo, of course, que existan errores como en todos los ámbitos de esta vida.
Es que parece que todo es atropello y lesión de derechos pero habría que ver qué se pensaba si fuese a nosotros a quienes nos han dejado dinero a deber.
Saludos
Re: ¿Salir de ASNEF sin pagar?
te entiendo perfectamente y se de lo que estas hablando, a lo que me refiero yo es que en ea lista puede entrar cualquiera y habria que saber la situacion de cada uno en este pais hoy por hoy por la falta de empleo y la situacion personal de cada familia, y esa gente no dan posibilidades ninguna, pero siempre hay por donde salir en un momento dad, yo conzco un caso que tenia un problema de financiera con un coche y salio del asnef sin pagar la deuda, y se a quedado sin trabajo por eso le ayude a jercer sus derechos, si la fincaciera se equivoca con la ley que tiene que respetar y se la saltan a la torera, podremos hacer algo no? digo yo, ellos no perdonan y nosotros tampoco un saludo
Re: ¿Salir de ASNEF sin pagar?
Re: ¿Salir de ASNEF sin pagar?
Re: ¿Salir de ASNEF sin pagar?
Basta con que mandes una carta al Registro de Morosos diciendo que te den de baja puesto que la empresa que te inscribe no ha cumpldo uno de los requisitos para inscribirte, como es comunicartelo previamente.
Pero, ojo, porque te han podido enviar la comunicación por cualqueir medio, como email, telegrama, llamada telefónica que te graban, etc. o que tu implicitamente te hayas dado por enterado. Para no darte por enterado, con lo cual ya se cumpliría la condición, no debes decirle nada a quien te ha puesto en el Registro.
El Registro debe contestar a tu petición en el plazo de 10 días. Si la respuesta es negativa y tu estás seguro de que no te han comunicado previamente a la inscripción, envía una reclamación a la AEPD en la que debes pedir una sanción para quien te inscribe y otra para el Registro que no puede negarse hacer una comprobación tan sencilla como es pedir a la entidad la comunicación que te envió y que verificar que tu la recibieras.
La denuncia en la AEPD la vuelves a mandar al Registro diciendo, además, que independientemente de la sanción que le imponga la AEPD vas a pedirle una indemnización por los perjuicios que te ha ocasionado. Esto suele ser mano de santo, pues el Registro te borrará para evitarse problemas. Este es el procedimiento más rápido, pues si esperas a la Resolución de la AEPD puede tardar más de un año.