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Este consultorio ya NO está activo porque el autor del blog se hartó de los gorrones pasivos que solo pretendían asesoramiento gratuito sobre las subastas de su interés.

Las subastas en España son una jungla en la que solo podemos penetrar los que estamos pertrechados de nuestros propios conocimientos. Quien todavía no los tenga, que los adquiera, que los compre o que contrate a profesionales del Derecho.

Los que se estén iniciando en este negocio que quieran hacer consultas, siempre de interés general, deben buscar algún post que trate sobre lo que ellos desean saber y ubicar allí su consulta. Siempre teniendo en cuenta que un blog NO es el sitio adecuado para hacer consultas particulares sino para opinar sobre los temas que propone el bloguero.

Las consultas de interés particular deben hacerse contactando por correo electrónico con los profesionales del sector que estén dispuestos a atenderlas. Además, yo recomiendo encarecidamente que cada cual consulte con su abogado. Que le pregunte y le pague la consulta, obviamente.

Lo repito, este consultorio ya NO está activo, y solo sigue colgado en la red para que los nostálgicos puedan repasar viejas consultas.

  1. en respuesta a DS16
    -
    #4680
    08/02/16 11:34

    Hola DS16.
    Eso es complicado de decir. Nadie sabe con seguridad qué precio se alcanzará con la subasta. Depende de tantos factores que es difícil pronosticar algo.

    Y sí, también puede vender tu familiar su 50% pero como no se lo compre alguno de los copropietarios estará difícil que alguien de "la calle" lo compre. A no ser que busca una empresa que se dedique a eso, a comprar indivisas. Hoy en día hay muchas y seguro van a salir ganando ellos en lo que al precio se refiere. Pero si tienes prisa, necesitas el dinero y quieres salir ya de ese condominio es una opción a considerar.
    Saludos.

  2. en respuesta a mfmelo
    -
    #4679
    08/02/16 09:03

    Hola, mfmelo, ¿los datos de esa subasta son los que has puesto (Juzgado 15 y fecha, en los otros ya se nota que eres un cachondo ;)?
    Lo digo porque no la veo ni como "Concluida", ignoro si será buena señal para tí, o si las del 15 de Sevilla se borran tras concluir (no así otras de Sevilla).

  3. en respuesta a Chema75
    -
    #4678
    08/02/16 05:36

    De nada por lo que a mí respecta; en efecto, como dice Jomes, al Juzgado se le puede indicar quién pujará por el ejecutante, para que te den un código "VIP" (para alivio de l@s procurador@s, añado).
    Saludos,

  4. en respuesta a Jomes
    -
    #4677
    07/02/16 23:30

    Muchas gracias, tendré muy en cuenta vuestros comentarios

  5. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4676
    07/02/16 23:19

    Ojo. En un artículo cuyo link colgué aquí a principios de enero se indicaba que el LAJ tiene un campo que puede rellenar con el nombre del autorizado a pujar en nombre del ejecutante.

    Si esto es así, será cuestión de comunicar el dato al Juzgado, sobre todo teniendo en cuenta -lo que quizás Chema75 no sepa aún- que las subastas pueden acabar a las doce de la noche de, por ejemplo, un sábado y prorrogarse incluso hasta las 12 de la noche del domingo.

    Si yo fuera ejecutante con la estrategia de Chema75, prefiriría pujar yo directamente antes que confiar en que mi procurador vaya a estar 24 horas delante del ordenador.

    http://www.elderecho.com/tribuna/mercantil/Problemas-practicos-subasta-Judicial-Electronica-Concurso-Acreedores_11_904180001.html

  6. en respuesta a Chema75
    -
    #4675
    07/02/16 23:15

    Piensa que del precio de adjudicación después tienes que pagar impuestos y registro, lo digo por si tu idea es hacer negocio... A parte, tienes que esperar a que te den la posesión y a ver como te dejan la casa y el piso. No es por joder, pero en ocasiones si no conoces el negocio más vale pájaro en mano...

  7. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4674
    07/02/16 23:09

    Muchas gracias a ambos, realmente sois muy buenos en esto.. Enhorabuena.
    Os iré contando.

  8. en respuesta a Chema75
    -
    Top 100
    #4673
    07/02/16 23:05

    El procurador también puja en las subastas electrónicas. Si lo hicieras tu tendrías que ingresar la fianza y, además, rematar todo el precio de adjudicación.

  9. en respuesta a Chema75
    -
    #4672
    07/02/16 23:05

    Tengo entendido que es el procurador el que hace las pujas, tanto en las presenciales (eso seguro) como en las electrónicas.

  10. en respuesta a tonigs
    -
    #4671
    07/02/16 23:02

    Gracias, pero al ser electrónica, el procurador que pinta?

  11. en respuesta a Chema75
    -
    #4670
    07/02/16 22:59

    Al ser parte ejecutada no deberías tener que ingresar nada, pero en principio eso lo tendría que hacer tu procurador basándose en tus instrucciones. Yo por ejemplo, le diría que hiciese lo siguiente: primera puja 70 % de tasación y luego ir subiendo de 3.000 en 3.000 hasta un máximo del 120% de tasación, o en caso de llegar a la prórroga de las 24 horas, en el último momento haz una puja de X.

  12. en respuesta a Jotaerre
    -
    #4669
    07/02/16 22:53

    Gracias Jotaerre, entonces únicamente tendría que darme de alta en la web de la subasta y pujar hasta cubrir el importe de la deuda o mercado.
    Pero, disculpa mi ignorancia, ¿para poder pujar he de hacer alguna provisión?

  13. en respuesta a Jotaerre
    -
    #4668
    07/02/16 22:12

    Te me has adelantado pistolero por segundos

  14. en respuesta a Chema75
    -
    #4667
    07/02/16 22:11

    Para garantizarte la adjudicación la única manera es pujar más que los demás

  15. en respuesta a Chema75
    -
    #4666
    07/02/16 22:11

    Buenas noches, Chema75, antes de que se traspapele tu pregunta, me permito darte mi opinión: tienes la sartén por el mango, ya que, por ejemplo, incluso podrías pujar hasta la deuda (por tanto, sin tener que hacer desembolso), que supera la tasación e iguala el valor de mercado, lo que elimina postores.
    Saludos,

  16. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4665
    07/02/16 19:51

    El teléfono no vale para nada, una máquina y de las malas.
    os dejo el enlace o correo electrónico del BOE.ES al que hay que enviar las quejas por si a alguien interesa:
    [email protected]
    Se que es un poco difícil y complicado, pero es el que han puesto, os costará memorizarlo.
    Saludos.

  17. en respuesta a Tristán el subastero
    -
    #4664
    07/02/16 19:48

    Lo primero es el ´fax. Lo segundo el correo electrónico. Lo tercero correos. Lo cuarto mañana cuando "abran" teléfono. y lo quinto y último fastidiarme.
    Saludos.

  18. en respuesta a Jomes
    -
    #4663
    07/02/16 19:45

    El teléfono es una centralita con una robot, que siempre te manda al mismo sitio: "si quieres volver a escuchar el mensaje, pulsa uno" " si pulsas el 2 te envío al uno" " si pulsas el 3 es que quieres volver a oir el mensaje" " si pulsas el 4 es que quieres volver al uno"". Sera Hija de la G...... Robots.
    Sólo trabajan de lunes a jueves, los viernes un rato para arreglar la oficina y horarios raros, y no se ocupan de cosas tan banales como solucionar un problema técnico, en verdad no se ocupan de nada. Ya he llamado varias veces y todo son largas.
    Les he mandado un correo electrónico y a ese si contestan, pero lo mismo, sin dar soluciones.
    Saludos.

  19. en respuesta a daniki
    -
    #4662
    07/02/16 19:40

    JEJE, Daniki, yo se que tú sabes más de lo que dices y confiesas. Pero haber quien conoce al hacker, que una horita de ese "nota" vale oro, oro.
    saludos.

  20. #4661
    07/02/16 18:53

    Buenas tardes,

    Queria hacer una consulta sobre el posible precio en subasta de un inmueble:

    Un familiar tiene en copropiedad un proindiviso con el 50% de participación sobre el mismo, el proindiviso pertenece a 3 copropietarios (50%, 25%, 25%), en dicha finca reside uno de los copropietarios que ostenta un 25% pero que no quiere irse del inmueble, ni quiere vender, ni comprar las otras partes, además no paga los impuestos y cargas anuales del inmueble. La situación está en proceso judicial por demanda del otro copropietario que ostenta el 25% restante para que salga a pública subasta y se reparta el valor del inmueble entre los tres propietarios del mismo (la parte del 50% de mi familiar también apoya la demanda).

    El inmueble tiene un valor de tasación en el año 2010 de 355.000 euros, con una retasación más actual supongo que bajaría hasta los 260.000 euros. Su valor catastral es de 155.000 euros. Las cargas actuales sobre este inmueble son bajas ya que la parte demandante ha liquidado las deudas pendientes de los últimos 7 años. La pregunta es, si este inmueble sale a subasta cual seria el importe aproximado obtenido en dicha subasta? y, en caso de no querer esperar a los juicios y subasta pública, si se pone a la venta el 50% de mi familiar sobre el proindiviso cual seria el precio óptimo de venta?

    Muchas gracias por vuestra ayuda y saludos.


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