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¿Cómo tributan los dividendos en la Declaración de la Renta [2023]?

¿Cómo tributan los dividendos en la Declaración de la Renta [2023]?

Los dividendos son el reparto de parte del beneficio empresarial repartido a los accionistas. Por consiguiente, se trata de un rendimiento sujeto a tributación que debes incluir en tu Declaración de la Renta.. Pero ¿Cómo tributan los dividendos en el IRPF

En este post encontrarás las claves sobre esta parte del funcionamiento de la fiscalidad en la inversión con acciones.

¿Cuál es la fiscalidad de los dividendos?

Como sabrás, al tener acciones de una emrpesa te coviertes en propietario de una parte de la misma. Por ello, tienes una serie de derechos políticos (votar en las juntas de accionistas para decidir el destino de la sociedad) y económicos (percibir la parte correspondiente a los beneficios anuales que pueda tener la empresa).

No obstante, los beneficios empresariales pueden no ser repartidos en su totalidad. Es más, suele ser común que la empresa destine una parte de ellos a aumentar sus reservas, con fines de acometer proyectos de expansión o financiar cualquier propósito (en lugar de pedir prestado).

La parte de los beneficios que es repartida se le conoce como dividendos y representa un ingreso para los accionistas. Y de hecho, la invertir en dividendos, supone una de las filosofía más sensatas dentro del mundo financiero

En consecuencia, y a nivel fiscal, los dividendos son considerados como "rendimientos del capital mobiliario". En otras palabras, son ganancias que produce tu capital que se encuentra invertido en bienes muebles (no inmuebles).

Los dividendos, anteriormente, estaban exentos de tributar por un valor inferior a los 1.500 euros. Pero desde el 1 de enero de 2015, esta exención desaparece, y las rentas obtenidas por dividendos pasan a tributar por el 100% de su valor en el IRPF.

¿Cómo tributan los rendimientos del capital mobiliario?

Para cuantificar el IRPF existen dos bases imponibles:

  • Base imponible general: está compuesta por las rentas que has percibido como consecuencia de tu trabajo o actividad económica corriente. Se incluyen las ganancias y pérdidas que no deriven de la transmisión de elementos patrimoniales.
  • Base imponible del ahorro: esta base se compone por el saldo positivo que puedas tener como consecuencia de la transmisión de elementos patrimonioales (ganancia patrimonial o pérdida patrimonial) y los propios rendimientos del capital mobiliario. 

Vamos a verlo con un ejemplo. Estos son los tramos de la base imponible general del IRPF para la declaración de 2022:

  • Hasta 12.450 euros: 19% 
  • De 12.450 euros hasta 20.200 euros: 24% 
  • De 20.200 euros hasta 35.200 euros: 30% 
  • De 35.200 euros hasta 60.000 euros: 37% 
  • De 60.000 euros hasta 300.000 euros: 45% 
  • De rentas superiores a 300.000 euros: 47% 

Supongamos que tus rentas anuales son de 12.400 €. Deberías pagar un 19% de IRPF. Pero, si sumases 500 € de dividendos, superarías 12.450 €, el tipo marginal se incrementaría y tendrías que pagar un 24% por el exceso (12.450 € tributan al 19% y el resto hasta lo 12.900 € tendría un tipo impositivo del 24%).

Sin embargo, los rendimientos del capital mobiliario no se suman a la base imponible general, sino en otra base distinta denominada “base imponible del ahorro”.

¿Y cuáles son los tramos de la base imponible del ahorro?

La base imponible del ahorro tiene sus propios tramos y tipos impositivos. Los dividendos:

  • Si el rendimiento es inferior a 6.000 €: 19%.
  • Si el rendimiento es de entre 6.000 € a 50.000 €: 21%
  • Si el rendimiento es de entre 50.000 € y 200.000 €: 23%.
  • Si el rendimiento es superior a 200.000 €: 26%.

Así pues, deberás imputar el importe recibido por dividendos en la casilla 029 del apartado “Rendimientos de Capital Mobiliario” en tu Declaración de la Renta. Si tienes un bróker español tan sólo es cuestión de verificar que los datos son correctos.

Tipos de dividendos y su tributación

Una empresa puede repartir los dividendos de diferentes formas:

  • Dividendos a cuenta de resultados: dividendos que se reparten por las ganancias previstas por la empresa.
  • Dividendos complementarios: complementan los dividendos a cuenta en caso de que sea necesario una vez se conocen los resultados definitivos de la empresa.
  • Dividendos extraordinarios: dividendos que se reparten más allá de los resultados de ganancias anuales de la empresa y que son un medio para agradecer al accionista su apoyo a la compañía.
  • Scrip Dividend: es la forma de dividendos más utilizada actualmente que consiste en ofrecer la posibilidad de cobrar el dividendo en acciones. Pueden considerarse ampliaciones de capital liberadas. En función del tipo de dividendos que cobremos, la fiscalidad en el IRPF será diferente:

Retribución de dividendos en dinero

Cuando la empresa reparte una cantidad fija de euros, esta cantidad se sumará al resto de rentas del ahorro para tributar (pasan a formar parte de la base imponible del ahorro en tu Declaración de la Renta).

En el momento de cobrar los dividendos se te aplicará una retención del 19% (el bróker te ingresará directamente la cantidad neta resultante). Posteriormente se ajustarán las cuentas en tu Declaración de IRPF (teniendo en cuenta que ya has pagado este adelanto a “Hacienda”).

Retribución de dividendos en acciones

La Agencia Tributaria ha eliminado la ventaja fiscal a este tipo de dividendos, por lo que si la empresa te abona esta retribución en la modalidad de pago en acciones se equipará al cobro en efectivo del dividendo. 

En realidad, el Scrip Dividend es una ampliación de capital liberada. Por este motivo pueden darse dos escenarios posibles:

  1. Tomas las acciones que te corresponden como pago del dividendo: la única diferencia es que el pago a Hacienda se difiere hasta que las acciones sean vendidas. La venta de acciones se considera una ganancia o pérdida patrimonial y, como hemos visto, tributa en la base imponible del ahorro.
  2. Vendes los derechos de suscripción preferente en lugar de tomar las acciones: el dinero que consigas por la venta de estos derechos también tiene la consideración de ganancia patrimonial (si los vendes en el mercado secundario) o rendimientos del capital mobiliario (si los vendes a la propia empresa tiene el mismo tratamiento fiscal que si cobrases los dividendos en metálico).

¿Y si los dividendos están en otra divisa?

Es común que el dividendo que reciba el contribuyente sea en dólares, libras o cualquier otra divisa y que tenga que tributar por ellos en la Declaración de la Renta.

En estos casos tienes que tener presente que se produce una doble imposición (tributar dos veces por un mismo hecho imponible). Dicho de otro modo: pagas impuestos en el país dónde se encuentra la empresa y en España (te retienen una cantidad al cobrar los dividendos en el país de origen y, las cantidades que llegan a España, también están sujetas al 19% de retención).

Suelen existir convenios para solventar la doble imposición, pero si has pagado de más en el origen debido a una retención, tendrás que marcar la casilla 588 en tu Declaración de IRPF para recuperar los importes.

España tiene un convenio con la mayor parte de los países (más de 90) en el que se establece una limitación del 15% en la retención de los dividendos cobrados en origen y Hacienda te devolverá ese porcentaje en tu declaración sin ningún tipo de problema.

Pero cuidado, si la retención practicada en origen excede del 15%, tienes que solicitar la devolución del excedente a la Hacienda del país de origen.

Por lo demás, el dinero llega a España, se produce una conversión de divisas y el contribuyente tendrá que declarar por los dividendos cobrados (los que llegan a España después de aplicarse la retención en origen) al tipo de cambio en Euros del día de cobro de los mismos

Respecto a este punto, te dejo enlace a otro artículo muchísimo más explicativo: ¿Cómo tributan los dividendos extranjeros?

Conclusiones: ¿Cómo tributan los dividendos en la Declaración de la Renta?

En síntesis, los dividendos tributan en la Declaración de la Renta como rendimientos del capital mobiliario. Se suman a la base imponible del ahorro y no afectan a tu base imponible general (provocando que te suba el tipo marginal).

Al cobrar los dividendos, Hacienda te retiene automáticamente el 19% de las cantidades percibidas. Este importe ya está cobrado y en la Declaración de IRPF se ajustan las cuentas a pagar o a devolver.

Si cobras el dividendo en forma de acciones no estás exento, tan sólo se pospone y el momento de pagar impuestos llegará el día que vendas las acciones.

Por último, los dividendos que percibas en el extranjero tienen una doble imposición (intervienen dos normativas fiscales diferentes). Aunque España tiene acuerdos con un gran número de países para evitar problemas, ten presente las cantidades que te retienen en origen y que la Agencia Tributaria puede devolverte el 15%.

  • Fiscalidad
  • Impuestos
  • Bolsa
  1. #89
    04/02/24 09:35
    Buenos días,
    Aquí se habla de la generalidad en España. Pero en la particularidad, al menos hasta la declaración del año fiscal 2022, en el País Vasco están exentos de tributar los primeros 1.500 euros de dividendos. 
    Entonces aquí es donde me viene la duda respecto de la doble imposición (acciones alemanas):  La hacienda española me devuelve una parte de esta retención: un 15% del dividendo bruto. El resto hasta el 26,3% que aplica la hacienda alemana lo tengo que pelear directamente con ellos (la Finanzamt). Pero respecto a este 15% mi duda es si aplica en cualquier circunstancia o solo si tienes cuota integra que venga del ahorro y/o mas en concreto solo si tienes cuota integra que venga de dividendos. 
    Porque imaginad que solo tienes ahorros de dividendos de acciones y que son menos de los primeros 1.500 euros exentos. Entonces no hay parte de cuota integra del ahorro. ¿De donde reduces ese 15% de los dividendos brutos? ¿Aparece como un numero negativo en la cuota del ahorro? 

    Otra duda que tengo, es que si durante años no se ha aplicado en tu declaración esta reducción. Si puedes recuperar en una declaración el 15% del dividendo bruto de acciones alemanas de ejercicios pasados. Y hasta cuantos ejercicios anteriores.
     
     Muchas gracias. Espero se entienda. Y este nivel de detalle pueda ser de ayuda a muchos.
  2. #88
    07/06/23 09:55
    Buenos días. 
    Si recibo dinero (marco en casilla 029) o si vendo derechos se que se ha de tributar como si fuera venta de acciones. Una duda, la compra de derechos para la retribución en acciones como se declara? Ejemplo. Tengo 100 acc de Iberdrola, retribución de 27x1. Compro 8 derechos por importe de 4€ mas 1€ de gasto para poder percibir las 4 acciones. Esos 5€ se declaran en este año o solo se declaran como gastos de compra a la hora de venta de acciones?
    Gracias.
  3. en respuesta a Jose V. Gascó
    -
    #87
    02/06/23 11:26
    Una duda, si la empresa te paga el dividendo especificando que es retorno de capital, se debe tributar como un dividendo normal o se hace de forma distinta?

    Muchas gracias
  4. en respuesta a Jose V. Gascó
    -
    Nuevo
    #86
    31/05/23 18:50
    Gracias por la respuesta.

    Entiendo que creando en la casilla 328 un DECLARANTE como DIVIDENDOS SHORTS y añadiendo una cantidad por ejemplo de adquisición 7´55 y transmisión 0.01 para que me salga esa cantidad de pérdida, ¿no?
  5. en respuesta a Robertobc
    -
    Jose V. Gascó
    #85
    30/05/23 09:03
    Es una pérdida patrimonial, simplemente como pérdida. 

    Así, reduces tu margen de ganancias anuales (si las has tenido), y tributas menos. 
  6. Nuevo
    #84
    30/05/23 08:41
    Buenas.

    En mi caso mis dividendos salen en negativo pues tenía posiciones en SHORTs y me tocó a mí abonarlos. 

    En ese caso, ¿cómo los declararía?

    Muchas gracias.
  7. en respuesta a Gastonnico
    -
    Jose V. Gascó
    #83
    18/04/23 15:25
     Hola, 

     Ahí tiene las casillas y el tipo de rendimiento: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/Ayuda/18Presentacion/100/7_3_3.shtml 
  8. Nuevo
    #81
    18/04/23 11:41
    Buen día, quisiera saber cómo puedo cargar en borrador IRPF 2022 los Rend de Cap Mobiliario provenientes de préstamo a empresa con una retribución mensual (esta empresa ya me realiza las retenciones), pero no lo veo reflejado en el borrador como lo veía el año pasado en los puntos 26 en adelante.

    Muchas gracias de antemano

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