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Participaciones del usuario Monillo - Fiscalidad

Monillo 17/04/24 11:45
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
- El formulario del DT2 presentado sólo es para solicitar que la AEAT recalcule las declaraciones de 2019-2022 metiéndoles la DT2 y se supone que va para largo.- Debes esperar hasta este sábado 20abr24 como mínimo para presentar la declaración 2023 con la DT2 ya puesta.- Para saber lo que te devolverán de 2019-2022 es laborioso: https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/6254734-derecho-reclamacion-agencia-tributaria-por-cotizacion-mutualidad-agua-gas-electricidad-irpf?page=31#respuesta_6333823- Y para verificar si la DT2 que te aplican es correcta ya complejo aunque se puede.
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Monillo 17/04/24 10:30
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
A esperar toca.Yo tengo a mi padre con la DT2 desde el principio y el primer día temprano le presenté la renta. Por la tarde me entero que los jubilados deben esperar al día 20abr. Ya ha cobrado la renta 2023 de devolución de 3k. Si le cambian la DT2 de aquí a este sábado o más, pues tocará hacer complementaria, porque en la web dicen "a lo largo del mes de abril". Eso del día 20 creo que lo dijo la ministra de palabra.
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Monillo 16/04/24 21:45
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Creo que nadie ha colgado un Excel sino imágenes del Excel personalizadas.El tema es que están muy personalizados. Por ejemplo mi padre tiene muchos días con cotización en 2 empresas a la vez y esos días se cuentan como uno sólo si son del mismo régimen. En la vida laboral vienen separados por empresa y hay que andar sumando o restando como chinos. Hay que usar los días amarillos de la imagen. Lee el texto.
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Monillo 16/04/24 21:25
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Hasta el día 20abr no hay bada definitivo. He visto datos fiscales sin ajuste, aparece el ajuste y luego se cambia de nuevo. Alguien incluso tiene 3 ajustes diferentes.Decir que si restas en Excel 31dic-1ene son 364 días ya que en las restas no se incluye el último día. Por otro lado en esas mismas restas Excel se cuentan los bisiestos y así aparecen contados en el informe de vida laboral. Si usas 35 años no se meten bisiestos en el divisor.
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Monillo 16/04/24 16:03
Ha respondido al tema Comisiones cobradas por el Banco de España en Letras del Tesoro y...¿no deducibles en Declaración de la Renta?
1.- Cuando compraste las letras a 12 meses el 5dic22, el 7dic22 te devolverían el sobrante de suscripción que no son los intereses y no llevan nunca comisión.2.- En dic23 has amortizado y reinvertido las letras. Habrás recibido un sólo ingreso en ING en el que no va desglosado nada.El recibo de liquidación creo que lo mandan por carta similar a esto: Esquematizado: En los datos fiscales 2023: Cuando abras el borrador ya te vendrán puestos los rendimientos en la casilla 30. Hasta aquí todo bien y sencillo.1.- Ahora te debes restar la comisión de transferencia del sobrante de reinversión que te han cobrado en dic23 al importe que te pone en la casilla 30. Los sobrantes de suscripción llevan una comisión del 0,15% y al ser de poca cantidad suelen llevan una comisión de 0,90€.  Mientras el sobrante de reinversión sea menor o igual a 600€, la comisión por transferencia es siempre de 0,90€.2.- Guarda como oro el justificante de cobro de la comisión por transferencia. En los datos fiscales no viene ni en los extractos bancarios. O la pillas por carta recibida o por el área del cliente de Tesoro.es, extractos.Dando a las flecha puede salirte. No estoy seguro.Por ejemplo, si en la casilla 30 del borrador te aparecen 100€ pues la modificas y pones 99,10€.
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