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Participaciones del usuario Monillo - Fiscalidad

Monillo 24/04/24 11:53
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Al que cotize 42 años y se jubile en 2010, le correponde calcular el ajuste con 35 años.El Supremo sólo hace referencia a este jubilado particular pero ya indica que debe ser el tiempo necesario para el 100% de la pensión.Al que cotize 42 años y se jubile en 2014, le correponde calcular el ajuste con 35 años y medio que es su tiempo necesario para el 100% de la pensión.
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Monillo 24/04/24 11:44
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Las sentencias siempre son para casos particulares. Ese jubilado que llegó al Supremo se jubiló antes de 2013, en su demanda para deducir sus cotizaciones dobles le aplicaron toda su vida laboral y quería que le aplicaran 35 años.El tribunal fallo en su favor y le reconoció que no es toda la vida laboral sino 35 en su caso particular (el tiempo necesario para alcanzar el 100% de la pensión).En el caso de jubilados tras 2013, no son 35 años sino que va subiendo poco a poco. Por ejemplo a los jubilados de 2013 a 2019, les aplican 35 años y medio. Igual que a todo el mundo que se jubila desde 2013 a 2019. No van a ser tratados de forma diferente que el resto de jubilados.
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Monillo 24/04/24 11:34
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Esa sentencia era para un particular jubilado antes de 2013 y la misión era diferenciar claramente los 35 años de los digamos por ejemplo 42 años cotizados que le aplicaron mal. No se mete en jubilados tras 2013.Diferenciar toda la vidad laboral del tiempo necesario para el 100% de la pensión (que no son 35 años tras jubilarse desde 2013).
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Monillo 23/04/24 18:33
Ha respondido al tema Derecho de reclamación de la Agencia Tributaria por cotización a las Mutualidad de agua, gas y electricidad - IRPF
Creo que todos los rankianos coincidían en que se aplicaba el periodo necesario para el 100% de jubilación (35 años habitualmente y más en los jubilados recientes desde 2013). Sólo un rankiano se mantenía en los 35 años fijos aunque la jubilación fuese reciente y que por cierto no se le vio más el pelo por aquí.
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