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El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

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El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
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El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo
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#15937

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

Gracias ante todo.
Acabo d leerlo todo y yo no tengo todo ese papeleo... Claro que ojala tenga algo mal...
Tengo esto:
-contracte d dipositaria i administracio d valors
-annex II. Tarifas estandars d dipositaria i administracio d valors.
-addenda sobre unstruments financers
-participacions preferents(donde explica que son mas o menos)
-valors emesos o recol.locats per la caixa

No se si ir a ver si me dan como minimo el test famoso. Ya que una opción es que lo firmara y no me dieran copia no?

#15938

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

Faltan los test MiFID si compraste a partir de noviembre de 2007. Un punto importante Comprueba si tienes un documento en el que figure "evaluación de conveniencia" y si en la adenda sobre instrumentos financieros aparece la clasificación como cliente minorista, en función una información precontractual previa que le has de suministrar al banco.

Respecto a los test y a la información precontractual, te pego unos datos del bloguero "consumerista" que te pueden resultar de interés:

"-El test de idoneidad debe realizarse ANTES de ofrecer el producto al cliente: si el resultado del test es que el cliente no tiene experiencia o conocimientos suficientes para entender el producto, o bien el producto no es adecuado para los fines que persigue el cliente, la entidad debe abstenerse de ofrecerlo.

-El test de conveniencia debe realizarse tan pronto como la entidad conozca qué producto quiere contratar el cliente. Si su resultado es negativo, debe comunicarlo expresamente al cliente e informarle de lo que significa ese resultado; si aún así el cliente quiere continuar con la contratación, deberá quedar claro que lo hace asumiendo unos riesgos considerables y que posiblemente no haya entendido plenamente.

-Superados los anteriores pasos, debe facilitarse información precontractual suficiente para que el cliente pueda estudiar la oferta. No es suficiente la mera explicación del producto por el empleado bancario, sino que deben entregarse los folletos de la emisión con antelación suficiente para que el cliente tenga tiempo de revisarlos, además de que el personal de la entidad le explique claramente las características del producto haciendo especial hincapié en los riesgos (es decir, no es correcto hacer especial hincapié en la alta rentabilidad u otras ventajas del producto y mencionar de pasada que existe algún riesgo, sino que la información más relevante es la referente a los riesgos). Obviamente, no es admisible que se firme el contrato o la orden de compra directamente tras una breve explicación del instrumento sin que haya mediado tiempo para que el cliente haya estudiado el contrato y/o el folleto de la emisión.

#15939

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

A veure ........ anem a passos, ets català i per tant amb régim matrimonial de separació de bens ... sigo en castellano para el resto del foro .... esto puede tener importancia o no, depende ...

1 - Los títulos son tuyos o los compartes con tu esposa, caso de que estés casado, habéis firmado los dos el contrato de depositaria y administración ??????

2 - Las tarifas están firmadas, o es un papel que te graparon ahí y no hay firmas, te avanzo que esto no tiene mucha importancia.

3 - La addenda ésta que es, es el, no será el test MiFID.

4 - No tienes nada mas ..... no hay MiFID ???? no tienes copia de las órdenes de compra firmadas ??????????

Si es una opción que lo firmaras y no te dieran .........

¿que haría yo? Pues pedir al SAC toda la jodida lista, toda, olvídate de lo que tienes por el momento, y nada de oficina, al SAC, es mas efectivo.

Esperar a recibirlo, y solo plantear la queja / reclamación cuando lo tengas todo al completo, reclamar ahora sin saber a ciencia cierta que hay y que no, es un error en mi opinión, porque la reclamación empezaría mal, lo ideal es hacer preguntas cuando se conocen las respuestas, preguntar sin conocerlas supone riesgo de no hacer las adecuadas, por ello lo ideal es tener todo lo que hay y lo que no, y hacer la reclamación sabiendo lo que hay, tener la certeza de hacerlo bien, y provocar que las respuestas a la queja se queden en excusas, no darles armas para responder lo que a ti no te interesa que digan ....

#15940

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

Nos enseñara a no vender la piel antes de cazar al animal

#15941

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

La compra es de marzo de 2011.
Como yo iba a un plazo fijo y lo que me ofrecian era d un 3% pues no dude demasiado.
Todo lo que he comentado me lo dieron despues d firmar. O sea que nada de esto d leerlo primero y
demas...
En ningun documento aperece evaluacion d conveniencia. Y en otro me cataloga d minorista. Y no facilite nada d info ya que no me la pidieron. Ahi la estafa mi palabra contra la suya.
Mi pareja habia comprado hacia un mes y tiene exactamente lo mismo.

#15942

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

Si falta el test o evaluación de conveniencia es un punto a tu favor importante (es preceptivo por aplicación de la Directiva comunitaria, su no realización supone una infracción normativa clara), pero yo no iría por vía penal (salvo casos de falsificación de firmas o similares). En todo caso a través de una demanda civil y tras consultar el caso con un buen abogado especialista en civil y financiero y saber de qué armas dispongo y si mi munición es pesada.

Te pego información que a mi me fue útil por si te puede ayudar en algo.

* Sobre la obligación de informar al cliente:

El único supuesto en el que la entidad no está obligada a elaborar el test de conveniencia y procederá a ejecutar sin más la orden de compra del cliente es aquel en que éste toma la iniciativa para contratar un producto no complejo. Si el producto fuera complejo, aun partiendo la iniciativa del cliente deberá la entidad elaborar el test de conveniencia.
En caso de ser cliente con anterioridad, puede ocurrir que la entidad ya cuente con esta información y no precise volver a pedirla.
La entidad informará al cliente sobre aquellos aspectos necesarios para que pueda adoptar una decisión sobre inversión. Toda la información que reciba debe ser “imparcial, clara y no engañosa”, tanto en su contenido como en la forma de presentación.
La información deberá proporcionarse al cliente con la antelación necesaria para que éste pueda adoptar una decisión meditada sobre la inversión.
La entidad queda obligada además a remitir al menos una vez al año información sobre el estado de las inversiones del cliente que custodia.

*Sobre las órdenes de venta en el mercado en el que coticen los valores:

Se establece una política de mejor ejecución que atenderá al interés del cliente, que puede también dar instrucciones específicas a la entidad sobre la forma de ejecución de la orden, en cuyo caso tendrán prioridad sobre la política de mejor ejecución.

*Sobre el asesoramiento al cliente en materia de inversiones:

El art. 63. 1 b) de la LMV considera como servicio de inversión “el asesoramiento en materia de inversión, entendiéndose por tal la prestación de recomendaciones personalizadas a un cliente, sea a petición de éste o por iniciativa de la empresa de servicios de inversión, con respecto a una o más operaciones relativas a instrumentos financieros.

El asesor responde por la realización de un juicio de valor y oportunidad sobre la inversión atendiendo a las circunstancias subjetivas del cliente, empleando en ello toda la diligencia que le es exigible, pero no responderá en ningún caso del resultado negativo que la inversión pudiera tener para el inversor.
Le es exigible un nivel de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones que no es el ordinario del hombre medio, el del buen padre de familia, según el Código Civil, sino que es el estándar de diligencia exigible a un experto en el sector financiero.
Siempre asumirá responsabilidad cuando no informe adecuadamente al cliente de las características objetivas del producto o instrumento financiero propuesto, cuando dichas circunstancias si hubieran sido conocidas por el cliente probablemente le hubieran llevado a una decisión distinta sobre la inversión.
Las entidades que prestan servicios en el mercado financiero están sometidas a un nivel de diligencia elevado, el propio del experto en el sector concreto al cual se dediquen y ello comporta la exigencia de actuar conforme a la buena fe, requiriéndoseles un especial y cualificado deber general de informar adecuadamente a sus clientes. Este deber general de informar debe comprende: 1) Una obligación de informar al cliente sobre el carácter de las operaciones a realizar, de modo que pueda valorar los riesgos que conlleva; 2) El asesoramiento de la entidad, manifestado en forma de noticias sobre hechos concretos o una recomendación sobre las operaciones proyectadas; 3) La obligación de informarse sobre el cliente, de modo que ello le permita delimitar sus propias obligaciones de información; 4) Una obligación de advertencia o aviso al cliente sobre toda situación de peligro para sus intereses, si le consta que el cliente la desconoce o simplemente es razonable pensar que así sea.

#15943

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

Si si catalana y timada.
Los titulos son solo mios. Por desgracia el tiene tb.
En una hoja q debe ser la compra me pone la cantidad y el tipo d preferentes. Y en la addenda solo me clasifica d minorista. Y que en el caso d que yo quisiera otra categoria que es entonces cuando deberia cumplir todos los requisitos de Mifid.
Letra pequeña donde no se pillan los dedos.
Tienes toda la razon en no ponerse a reclamar antes d hora sin saber ni lo que tengo.
Muchas gracias

#15944

Re: El engaño en la venta de Part.Preferentes de La Caixa. ADICAE destapa el escandalo

Otra categoría no va a ser, ni te conviene, la protección máxima es para los minoristas, no para los otros perfiles, eso no te conviene ... fijo .... Olvídate, ya te va bien así para tus intereses.

Esto de la separación de bienes, era por si un casual fueran registrados informáticamente a nombre de un matrimonio, y solo hubiera firmado uno de los dos, esto en régimen de gananciales, como es habitual en otras Comunidades Autónomas carece de importancia, pero en separación de bienes sería un dato muy importante, olvídate también no es tu caso.

Para reclamar, yo entiendo que precisas de la obtención de todos los papeles, los pones (cuando te lleguen) en la mesa del comedor, que supongo tiene cabida para 6 u 8 comensales, y entonces con todos a la vista empiezas el segundo paso, que es la reclamación, si ha a lugar, pero conociendo lo que hay, y planteando adecuadamente el asunto, sin papeles la misma puede ser "un tir a la lluna, que com saps no es fàcil encertar".

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