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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
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Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes
Página
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#1457

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Los pantallazos para eso no sirven, precisaréis un certificado del responsable del mercado que acredite el valor de dichos efectos durante esos días.

Ese caso, supongo que lo ganaréis, pero insisto, habría que examinarlo detenidamente.

#1458

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Puedes pedir Asistencia Jurídica Gratuita (Abogado de Oficio), si cumples determinados requisitos.

#1459

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Perdona por tanta pregunta,pero ese certificado quien lo emite.CNMV ó AIAF Se lo dan a cualquiera,o hay que solicitarlo por via judicial?

#1460

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Gracias por la aclaración. Firmé el contrato de preferentes inicial, más tarde y pensando en todo momento que tenía algo similar a un plazo fijo pues eso me dijeron, empecé a fomalizar órdenes de compra durante cinco años, en total 12 órdenes firmadas y para rematar el tema hace unos días me enviaron documentación que me faltaba y apareció mi MiFID firmada, así que descarto la vía judicial ya que no puedo aportar nada a mi favor.

Me temo que no reuno los requisitos para Abogado de Oficio pues mis rentas sobrepasan el límite exigido.

Muchas gracias de nuevo.

#1461

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Se tiene que solicitar al órgano rector del mercado secundario de que se trate. Se lo dan a cualquiera que lo pida(dependiendo, previo pago de una tasa)

#1462

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Gracias por tu aclaracion Abogadodeprovincia,mañana mismo lo pido.Muy amable por tus respuestas.Saludos

#1463

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Estimadas/os amigas/os del foro,
Necesito que entréis en la página de Facebook y participéis, sobre todo, respondiendo las cuestiones que plantean quienes entran. Es un trabajo que, verdaderamente, ya no puedo realizar prácticamente sólo, salvo la ayuda de Ángeles o Pringadopp. Es necesario que, al igual que participáis y respondéis, ayudando a quienes entran en Rankia, lo hagáis en facebook, ya que en caso contario mejor sería quitar la página.
Esto es una petición de formal de colaboración...Un elemento sólo, imposible.
Salud

http://www.facebook.com/pages/Los-problemas-de-los-titulares-de-Participaciones-Preferentes/213384812071708#!/pages/Los-problemas-de-los-titulares-de-Participaciones-Preferentes/213384812071708?sk=wall

#1464

Re: Guía "de andar por casa" para la venta de participaciones preferentes

Me parece que los pantallazos reflejan una realidad constratable, y si en una vista alguien negase la realidad, siempre se podría pedir la certificación notarial de las publicaciones, o se puede hacer antes perfectamente, no olvidemos que es una dato publicado y accesible, es lo mismo que una comunicación por mail de una empresa, si procede de un mail corporativo, cuyo "dominio" está registrado, me parece (corrígeme si me equivoco) tiene cierta validez. Pongamos que el abogado de la contraparte niega la realidad de los pantallazos, entonces el abogado de la actora (demandante) pide a BME (Bolsas y Mercados Españoles, S.A.) propietaria y administradora de la web, que certifique la realidad de las publicaciones presentadas, lo que iba a ocurrir (creo) es que el abogado de la contra parte iba a quedar bastante mal, no sé, pero negar la existencia de documentos que se pueden verificar por otros medios, los abogados no lo hacéis nunca, o en contadas ocasiones, no os conviene quedar como "mentirosos", otra cosa son documentos cuya procedencia no está tan clara. De hecho en alguna sentencia de los swaps el juez dio validez a mail emitidos por empleados de las entidad, lo que no sé es si la contra parte intentó negar sus existencia. Por sentido común (repito no soy abogado) negar algo contrastable, solo consigue que se pierda credibilidad a la representación de uno, y en temas de matiz o en declaraciones si a uno ya le han pillado con estrategias de este tipo, no creo que le pueda ayudar mucho.

Corrígeme si me equivoco, ante temas así no sería la primera vez que presentáis fotocopias (por poner un ejemplo), aún sabiendo que mejor originales, pero con la suposición de que dificilmente os negarán la válidez, porque si lo hacen, ya sabéis lo simple que es desmontar dicha oposición.

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