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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#7145

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola pilarbcn,
Entiendo que ahora estamos en situacion de que :
en un par de semanas nos hagan la primera Quita y el canje.
Que en un par de meses nos llamen para el arbitraje.
Y que en 5 o 6 meses, si el laudo es favorable, a algunos de nosotros nos devuelvan en
Efectivo el 100% de nuestro dinero ???

#7146

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Yo de estar afectado me leería estas cosas ....

http://www.teinteresa.es/dinero/dilema-preferentes-arbitraje-via-judicial_0_901709982.html

y en esta otra que es un texto de laudo arbitral ... y se puede descargar el texto completo, con mas atención incluso, en especial las alegaciones del abogado en defensa de CX .. si, ellos van con abogado ... https://www.rankia.com/foros/preferentes/temas/965567-participaciones-preferentes-catalunya-caixa?page=73#respuesta_1765719

#7147

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Pues según este comunicado la estafa aún puede ser mayor de lo que esperabamos. Resulta que no la materializan en dos pasos, según pensabamos, sino que en realidad son tres. Me explico, en el caso de la deuda subordinada con vencimiento en 2018 de Bankia (similar a la de CX 8ª), le aplican una quita del 10% con lo que devuelven un capital que es el 90% del invertido, ese capital se convierte en acciones de nueva emisión correspondiente a una ampliación de capital PEROOo, como el engendro resultante se le supone que vale más, se emiten con PRIMA de emisión de 0,35266266 € lo que quiere decir que por cada acción de nominal 1 € cobrarán 1,35266266 €, esto quiere decir que el capital que devuelven en forma de acciones es un 66,5% del nominal. Y por último vendrá el remate final que consistirá en dejar cotizar la acción en el mercado y si se quiere recuperar en liquido es de esperar unas perdidas adicionales de ¿un 30%?. Total que la anunciada quita del 10% se transforma en 55% en tres comodos pasos.

#7148

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Por lo que han comentado en 8 al día, en el arbitraje tienen prioridad absoluta los depósitos de menos de 10.000 eur. Parece que están empujando a la inmensa mayoría, que tiene más cantidad, a emprender vía judicial cuando es bien sabido que muchos no se la podrán permitir bien por desconocimiento o miedo a las enormes tasas, honorarios d eprocuradores, etc, bien porque son precisamente quienes tienen pillados todos sus ahorros de una vida en esta estafa.

Nos roban y encima se rien, porque... ¿ alguien que precisamente ha sido engañado por carecer de conocimientos sobre el tema se ve capaz de entender esta jerga de fullero de Wall-Street con acciones, primas y entrada en bolsa de por medio ?

#7149

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Gracias w.petersen.
El primer enlace ya lo habia leido.
El segundo lo he disfrutado.
Pero esta este que me provoca las dudas... http://www.teinteresa.es/dinero/Bankia-comienza-proceso-arbitraje-preferentes_0_902911954.html....
Donde comenta el periodista :
En el caso en que el laudo arbitral otorgue la razón al cliente, éste percibirá una cantidad equivalente al importe nominal de su inversión, del que se descontarán los intereses percibidos, y al que se añadirán los intereses que hubiese cobrado por un depósito.
Cuando habla de "al importe nominal de su inversion" se refiere a la inicial que hicimos en euros cuando nos engañaron la primera vez o a la" inversion" que tendremos despues de la primera quita y el canje ??
Es que tengo ganas de ver la botella medio vacia , de momento.
A ver si mañana la veo medio llena !!
Es que me da que los laudos arbitrales no van a ser igual a partir de ahora.

#7150

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Tengo la 8° edición de deuda subordinada con vencimiento en 2018 de Catalunya Caixa. Son justo los 10000 euros que indica el comunicado pero dicen cantidades inferiores a estos 10000 euros lo que pueden optar al arbitraje. No me queda claro si puedo optar o no pero mucho me temo que no puedo. Alguien puede decirme donde informarme sobre si el limite de los 10000 me excluye de la posibilidad de arbitraje. Gracias

#7151

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola a todos. He leido la nota del FROB referente a los criterios para poder acceder a arbitraje y me queda una duda. ¿Es la entidad la de debe proponerlo o es el cliente quien se debe personar en la oficina y plantearlo?

Gracias

#7152

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Hola, segun el documento dice "seran objeto de arbitraje preferente para las entidades los ahorradores que sean titulares en los productos objeto de controversia inferior a 10.000 euros". El limite de los 10000 es solo para tener la consideracion de "preferente". Si tienes mas inversion y estan en alguno de los otros supuestos entiendo que tambien tienes derecho al arbitraje.

Saludos

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