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Deuda subordinada en Caixa Catalunya

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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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Deuda subordinada en Caixa Catalunya
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#5618

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

A falta de otra respuesta mejor y gracias a las enseñanzas de este foro, te dare mi opinión al respecto de tu pregunta, de todos modos, solo que vayas unos posts atras, observaras lo que se opina del arbitraje.
En primer lugar si el historial es clarisimamente doloso y con vicio de consentimiento, parece que es muy posible un resultado positivo en este procedimiento, no obstante lo ideal es que te lo ofrezca la entidad, ya que en este caso, esta clarisimo que lo hacen asi por temor a una posible demanda y las consecuencias claras de perder esta ante el demandante, sin embargo,aunque esto suceda de este modo y te llamen para ofrecertelo, jamas deberias acudir sin un abogado o persona muy puesta en estos temas.
Has de saber no obstante, que si bién en casos muy obvios como parece ser el de tu suegra,esta casi cantado que el arbitraje es factible, si en algún caso se perdiera este, te cierras automaticamente las puertas para una demanda judicial.
Dicho esto, yo te aconsejaria que al margén de si te lo ofrecen o no, consultes a un buen abogado llevandole el historial del usuario, la consulta en muchos casos es gratuita y aun no siendo asi,puede oscilar entre unos sesenta u ochenta euros,considero que si ello te ayuda a tener las cosas mas claras y te indica un camino a seguir, no es demasiado costoso y cuentas con la ventaja de saber a lo que te enfrentas si vas a un arbitraje o decidieras demandar.

Saludos

#5619

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

una vez mas, tienes razón en lo que dices, aunque en mi caso particular,como ya he dicho en repetidas ocasiones,se pueden quedar los intereses para tomarse una birra a mi salúd, ya que para poco mas van a tener, esos son irrisorios contando en que fuí "camelada" hace un año, y era un interes de deposito fijo que es lo que yo creia tener, o sea, me pueden anular tranquilamente el contrato, no es lo que yo solicitaba ni lo que se me decia que era, siendo asi,ellos cancelan y me devuelven mi dinero.
saludos

#5620

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

para los que tengan DS de la 7ª
miércoles, 12 de diciembre de 2012
CatalunyaCaixa , 7ª emisión de deuda subordinada
Hace pocos días recibí un correo de una lectora que me facilitaba un enlace sobre una noticia que hacía referencia a la comercialización de deuda subordinada de CatalunyaCaixa , concretamente la 7ª emisión de deuda subordinada emitida por Caixa Catalunya.

La deuda subordinada no tiene definición oficial en la CNMV , el diccionario financiero de La Caixa no es demasiado explicito al respecto : “Deuda emitida generalmente a un tipo de interés superior al del mercado puesto que no se reembolsaría hasta haberlo hecho con la deuda preferente”. La web de CatalunyaCaixa simplemente ignora el producto , teclear las palabras malditas supone la recomendación de dirigirse a una oficina de la entidad.

La ley si que hace referencia a este producto como fondos propios de la entidad y como tales susceptibles de recibir pérdidas . Sin embargo hasta el mes de agosto de este año , estos títulos iban reduciendo su porcentaje de consideración de fondos propios a medida que se acercaban a su vencimiento , de hecho a 5 años vista de esa fecha se reducían a razón de un 20% anual , para finalmente perder la consideración de recursos propios a 1 año del vencimiento de la emisión.

El Gobierno , aceptando el MoU modificó la legislación para poder saltarse a la torera esta consideración , además de la ley concursal que rige la liquidación de sociedades . El atropello cometido por el ejecutivo significa poder efectuar pérdidas en la deuda subordinada sin necesidad de dejar a cero a los accionistas ni a los tenedores de participaciones preferentes , pero esto se supone que se realiza al liquidar una entidad.

Todo el proceso del rescate bancario está plagado de irregularidades , el reparto de la carga es una vergüenza , más aun si tenemos en cuenta el precio de transferencia de los activos tóxicos a la SAREB ( existen 500 millones de € presupuestados para demoler lo construido, por cierto BBVA sorprendentemente ha decidido no participar en el banco malo , supuestamente como represalia al reparto del pastel bancario ). Se quiere minorar el importe que reciban los bancos quebrados nacionalizados a costa de clientes y empleados de estas entidades , los bonos sénior quedan excluidos porque sus tenedores son grandes inversores , principalmente internacionales.

Y al final , con este dinero , las entidades con unos gestores incompetentes se dedican a devolver su inversión a los inversores mayoristas ( hoy mismo se publica en la CNMV que CX amortizará anticipadamente emisiones de Cédulas Hipotecarias por valor de 2.900 millones de € , sin pérdida alguna obviamente).

Volviendo al principio, la emisión de deuda subordinada que comercializó CatalunyaCaixa ( cuando te fusionas asumes lo bueno y lo malo , Sr. Todó ) , define claramente este producto como “conservador “ y dirigido a inversores que quieran asumir poco riesgo o con un plazo de inversión muy corto ( 15 años de vencimiento ) . La rentabilidad esperada es cercana a la del mercado monetario.

Esta definición impresa en el documento oficial de suscripción , documento legal , demuestra claramente el fraude en su comercialización . Sea por ignorancia o mala fe , la clasificación y la información relativa al producto es falsa y por tanto debería ser fácilmente ( con la justicia de este país nada lo es ) anulable , dejando sin efecto el contrato y por tanto las consecuencias que se derivan desde la fecha en que se firmó.

Cabe suponer que en aquella época , el año 2005 , los empleados desconocían que la información que se reflejaba era inexacta y seguramente , fiándose de la información que les transmitían sus superiores , ni tan siquiera se plantearon que era algo con riesgo y que computaba como fondos propios . Esto no excusa , en ningún caso , que se comercializase de la misma manera en 2011 con la situación que atravesaba el país y el sistema financiero español.

En cualquier caso los comerciales de CX si que eran conscientes que esto no era un depósito y en este sentido la mala praxis fue extensa , mentir al cliente para cumplir con las exigencias comerciales , presión de sus superiores , es inaceptable e inadmisible . Aunque ignorasen el alcance final de su engaño , que en la actualidad podemos cuantificar en quitas superiores al 10 % y en la imposibilidad de disponer del capital invertido , no les exime de responsabilidad.

Eso no es todo , el canje de esto títulos y las preferentes se efectuará con toda probabilidad por acciones , primero no cotizadas de CX y posteriormente de su comprador.

fuentes: www.elconfidencial.com

#5621

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

http://exbilderberg.blogspot.com.es/

que datos tan curiosos....
si es que.....

La nota de prensa que se publica en la web del Banco de España indica que las ayudas realizadas al Banco de Valencia ascienden a unos 7.000 millones de € ( aproximadamente lo mismo que costaba liquidarla ). Como no me cuadran mucho las cuentas voy a sumar , a ver si me acuerdo , 4.500 millones € por la compra de La Caixa , línea de liquidez de 2.000 millones de € en 2011 , 1.000 millones de € en aportación del FROB haciéndose con el accionariado de la entidad , 3.000 millones de € al SAREB ( supongamos que finalmente recuperamos la mitad del dinero 1.500 millones ) , EPA del 72,5 % sobre 1.391 millones ( 10,7 % sobre 13.000 millones ) unos 1.000 millones más . El total …. Ummmm … efectivamente , 7.000 millones de € clavados . Ay ! es que soy un desconfiado sin solución.

Fuentes: www.bde.es,www.cincodias.com,www.gurusblog.com

#5622

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

gracias por la respuesta una pregunta mas el historial del usuario se pide en la caixa,

#5623

Re: Deuda subordinada en Caixa Catalunya

Si, pidelo por escrito y que te sellen la petición,a la véz puedes hacer una reclamación via email al SAC(servicio de atención al cliente de CX)exponiendo tu problematica, si te contestan, lo haran en el intervalo de dos meses,siempre va bien para una posible futura demanda,en cuyo caso ellos no podran alegar que tu no has reclamado.

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