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Hipoteca: Tope mínimo más diferencial

45 respuestas
Hipoteca: Tope mínimo más diferencial
Hipoteca: Tope mínimo más diferencial
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#25

Re: Hipoteca: Error en escritura por tipo mínimo/maximo mal redactado.

Hola, comentar que he estado siguiendo este hilo con atencion un poco especial, tengo una compañera que curiosamente tiene el suelo y con el bbva y le han aplicado suelo mas diferencial, ¿que coincidencia?, siendo bienpensados diremos que ha sido un error, le he imprimido el hilo completo para que lo lea, me ha dicho que no encuentra el contrato de compraventa para comprobarlo y que lo va a pedir al banco para hacer la comprobacion, saludos

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......

#26

Re: Hipoteca: Error en escritura por tipo mínimo/maximo mal redactado.

Gracias por tu respuesta, os cuento :
En principio no creo que haya ningún gasto dado que se trata de lo que llamamos los burocratas "un error material". Otro "error material" que se produjo con _mi dirección_ ya se arregló sin gastos.
Es indudable que sueno contra sentido común que apliquen la oferta vinculante, pero me he encontrado este parrafo en la escritura que suena horrible :
"Las condiciones financieras del préstamos que constan en las claúsulas financieras de la presente escritura se corresponden con las contenidas en la Oferta Vinculante que, conforme a lo establecido en la Orden de 5 de Mayo de 1994 (BOE del 11), de Transparencia de las condiciones financieras de los préstamos hipotecarios, está firmada por representante del Banco y aceptada por la parte prestataria, cuya copia yo el Notario reintegro, sello y rubrico y dejo unida a esta matriz para ser reproducido en sus traslados, se incorpora como Anexo a esta escritura".
Y sí la fotocopia de la oferta vinculante lleva el sello de la notaria, y viene unidad a la escritura del préstamo.

#27

Re: Hipoteca: Error en escritura por tipo mínimo/maximo mal redactado.

No hay gasto, vale …. Si es un error es de suponer que el notario no cobrará la subsanación, ¿y el registro tampoco? Ellos no han errado en nada ¿Y la gestoría del Banco? Gratis, habrá que ver si no intentan el cobro, otra cosa es que te niegues, con lo cual si quieres subsanar, yo de momento no lo haría, me agenciaría antes (no después de firmar) un papelote firmado por la notaria, el registro, y la gestoría que yo no pagaré un euro, si lo paga otro a mi me daría lo mismo.

Vale la fotocopia de la oferta vinculante lleva el sello de la notaria, y …… ¿que significa a efectos legales esto?, yo no me atrevería a asegurar que tenga mucho, puede que lo tenga, pero a mí me parece que tan fácil no lo tienen.

Mira no soy abogado …. Pero una cláusula mal redactada como esta para mi (a menos que algún forero me diga no tengo ni idea y el porqué no la tengo) es nula, punto pelota.

Un contrato firmado por dos partes solo se puede modificar si las dos partes aceptan, una parte, en este caso el banco de manera unilateral no puede cambiar una clausula, tú tienes que aceptarlo, luego si quieren pueden meterte un pleito demostrando que es un error y tu lo sabías, joder menudo trabajo para su abogado, en fin esto es hablar por hablar, proque esto a ti tampoco te conviene.

¿W. Petersen qué harías tu en mi piel?, pues les diría al banco que de firmar “nanay” de momento, que si quieren aplicar la clausula correcta me parece bien de momento, que no esperen que les de mi conformidad, pero que pagaré la cuota resultante, insisto de momento, y no pondré pega alguna para el cargo en cuenta, pero que tampoco recibirán mi conformidad del mismo, de momento me abstengo de opinar. Luego pondría el tema en manos del defensor del cliente y si ha lugar posteriormente en manos del Banco de España, y en función de sus resoluciones aceptaría o no firmar la subsanación.

Soy de los que pienso que es mejor pagar y luego reclamar, no al revés, entre otras cosas porque si el BBVA ha celebrado 150 años, es de suponer que seguirá siendo solvente 150 años más, con lo cual si tengo razón me tendrán que devolver lo indebido.

Alguien dirá … oye Petersen tu eres un cabroncete, te agarras a este clavo porque te conviene, vale si, tenéis razón, pero (siempre hay un pero) , ¿no se agarran ellos en contratos de adhesión que hemos tenido que firmar nos guste o no? y cuando te quejas normalmente te dicen que …. mira como lo firmaste no se puede hacer nada, ya sabes ….. pues joder, un poco de la misma medicina para ellos (para variar).

Saludos.-

#28

Re: Hipoteca: Error en escritura por tipo mínimo/maximo mal redactado.

Y una reflexión o pregunta que me haría yo mismo, soy desconfiado que quieres que te diga….

Si con la vinculante sellada por la notaria, no hay problema en aplicar el suelo ¿Por qué quieren que vayas a notario a subsanar y además es gratis? …. Yo pensaría, si no es necesario para cobrar lo que creen tener pactado, ¿que problema tienen? Con lo cual en mi desconfianza pensaría ¿No será que no pueden sin la subsanación?

Pues lo mismo, aplicarles su propia medicina, a ver como les sienta en su cuerpo.

#29

Re: Hipoteca: Error en escritura por tipo mínimo/maximo mal redactado.

No, el banco no quiere cambiar nada, al menos no me han dicho ni escrito nada, soy yo la que quiere que la clausula esté bien redactada. Bueno seguiré con el servicio de atención y el defensor del cliente y lo de arreglar la escritura lo dejaré como está (al fin y al cabo me quedan años de hipoteca suficientes para seguir pensando).

#30

Re: Hipoteca: Error en escritura por tipo mínimo/maximo mal redactado.

Dile a tu compañera que insista. Hoy he ido al BBVA a entregar la reclamación porque aunque la directora me haya dicho que es un error, que me lo están solucionando, etc.... yo voy a entregar el escrito a Atención al Cliente para cubrirme las espaldas pero ya te digo hoy me ha pedido perdón y se ha disculpado. Le he dicho que si yo no lo hubiera detectado y es más, insistido, me hubiera asesorado y lo hubiera dejado pasar que qué hubiera pasado.. pues nada un año entero hasta la próxima revisión cobrándome 0.65 de más. Así que dile que no lo dude que se lea el contrato de compraventa y si no está segura porque los párrafos son endiablados de entender que los copie aquí y pregunte. A mi me han ayudado un montón. Yo ya soy fan de este foro.... si necesita que le mande el escrito en Word que me lo diga...
Un saludo y suerte (lo primero que tiene que hacer es buscar el contrato a ver qué pone).

#31

Re: Hipoteca: Error en escritura por tipo mínimo/maximo mal redactado.

Hola, muchas gracias ya ha estado en el banco, y ha pedido copia de la escritura, aunque en el ordenador le pone suelo mas diferencial, ha hablado con la directora y a buenas todo, le ha dicho que hasta incluso van a ver de quitarle el suelo, y si le quitan el suelo ya no hara falta reclamar por el diferencial, saludos y gracias

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......

#32

Re: Hipoteca: Error en escritura por tipo mínimo/maximo mal redactado.

Y otra cosa Deborah, si la vinculante que además está insertada como documento protocolizada a la escritura, resulta que estamos ante una contradicción de dos pactos con redacción distinta, con lo cual y no estoy seguro que fuera aplicable, en un contrato de adhesión (y una escritura no se puede considerar técnicamente como adhesión, aún cuando es idéntico para muchas operaciones de cualquier entidad) si hay cláusulas contradictorias se presume que la valida será la más beneficiosa para el “pagano”, sin embargo aquí,

Primero: Dudo que una escritura se pueda considerar contrato de adhesión, por más textos idénticos que existan. Creo que fue “Cajero Malencarado” que en una ocasión por estos foros, me indicó que un contrato hipotecario se puede considerar como queramos pero no como un contrato de adhesión, y creo posible que tenga razón.

Segundo: Sigo pensado que el mal redacto de esto supone que la cláusula es invalida.

Tercero: El que están incorporada copia de la “vinculante” a la escritura, no te favorece precisamente, sin embargo sigue existiendo una contradicción clara, con lo cual de la misma manera que el banco defiende la postura que mas le conviene, que es la “vinculante” tu puedes defender la que mas que te conviene que no es otra que considerar que es nula por su mala redacción.

Yo en tu caso pediría “criterio” al Defensor del Cliente, y si ha lugar, posteriormente al Banco de España, la verdad es que no pierdes nada, bueno algo de tiempo y un par de sellos de correo certificado.

En ningún caso en tu carta al dic o al Ved, si es que crees conveniente someter esto a ellos, PIDAS LA NULIDAD, ellos no tienen competencias para anular contratos, cosa que han demostrado los del foro de los swaps, yo pediría que ante la contradicción de la cláusula con la oferta vinculante, entiendes que debe considerarse técnicamente inaplicable esta parte del contrato, considerando correctas el resto de condiciones de revisión de tipo de interés. Piensa que una vinculante supone un compromiso por parte de la entidad de las condiciones, pero me parece que el que sean mejores que la vinculante es totalmente legal.

En fin “in dubio pro reo”, que tampoco sé si es aplicable a esto.

http://es.wikipedia.org/wiki/In_dubio_pro_reo