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Hipoteca: Tope mínimo más diferencial

45 respuestas
Hipoteca: Tope mínimo más diferencial
Hipoteca: Tope mínimo más diferencial
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#17

Re: Hipoteca: Tope mínimo más diferencial

Límites a la variación del tipo de interés.- El tipo aplicable al devengo de los intereses ordinarios no podrá ser, en ningún caso, superior al 12% ni inferior al 2’25% nominal anual (...)”.

Si pone esto y no pone “adicionando el diferencial pactado” o algo así, carta al defensor del cliente y no le quedará otra que resolver a tu favor.

Fíjate en una cosa “el tipo aplicable al devengo”, no pone “si el tipo de interés del euribor es inferior a…..”, el tipo aplicable al devengo es el que pagas después de incluir el diferencial, al menos yo lo entiendo así, y además aparte de un tiempo a redactar la cartita y un sello de correos certificado (unos 3 euros) ¿Qué más pierdes con reclamar?.

#18

Re: Hipoteca: Tope mínimo más diferencial

Muchísimas gracias, eso esperaba. Es que todo el mundo que le consulto me da la misma interpretación que tú pero la directora ni me escucha... ¿cómo puedo saber cuál es el defensor del cliente de mi entidad? Agradezco cualquier ayuda, es BBVA de Sevilla, voy a entregar la carta en la oficina pero no me fío, me suena mejor lo de carta certificada y otra cosa, ¿cuándo al banco de españa? ¿espero a que me respondan o lo voy haciendo ya??
Un saludo y muchísimas gracias W. Peterson

#20

Re: Hipoteca: Tope mínimo más diferencial

Esto funciona así:

Carta al Defensor yo la mandaba certificada y con acuse de recibo, nada unos 3,5 euros de coste, mas tu tiempo (esto si que es una pasta porque el tiempo se suele quitar del ocio de uno) .

Espera 2 meses.

Si la resolución del Defensor llega antes de 2 meses y tienes razón se te arregla automáticamente el tema y te devolverán lo cobrado indebidamente.

Si la resolución es contraria puedes ir al Banco de España

Si pasan dos meses y no hay respuesta, tienes ya el derecho de ir al Banco de España porque ha transcurrido el plazo, pero yo esperaría un poco mas de dos meses, porque si como parece el tema es claro, el Defensor no puede hacer otra cosa que darte la razón, no veo por donde no te la puede dar, mira un tipo tan bajo de suelo …. Me da que es un error de redacción de la escritura, normalmente lo suelos son del orden del 3, 3,5 o hasta 4%, y es muy posible (esto es una hipótesis mía) que el ordenador tiene programada una cosa y el contrato tuyo dice otra, con lo cual te recomendaría que te leas toda la escritura enterita, no sea que haya otra cláusula que hable de esto, o defina que el tipo aplicable se entiende sumando el diferencial, bien sigo ….. te digo esperar porque la resolución del Defensor es vinculante para el banco vamos que el banco tiene que cumplir si o si, y no es vinculante para ti, por el contrario el informe del banco de España es solo una recomendación que el banco puede cumplir o pasar de hacerlo, con lo cual te podrías encontrar en la necesidad de tener que acudir a lo tribunales, por tanto yo en tu caso esperaría a la resolución del defensor, y si pasan 4 meses me armaría de paciencia, y solo acudiría al BdE si la respuesta del Defensor es contraria a mis intereses.

#21

Re: Hipoteca: Tope mínimo más diferencial

Bueno pues cuento como ha acabado la película. Mi marido con la carta a hablar con la directora, ya lo dije y ella muy soberbia que entregaramos lo que quisiéramos y que nos lleváramos lo que quisiéramos que ella con que tuviéramos el dinero para pagar la hipoteca cada mes le bastaba. Ásí que siguiendo tus consejos preparé la carta para mandar certificada y busqué lo del defensor (muchas gracias de nuevo) y preparé el dinerito... y ayer llama la directora a mi marido pidiéndole mil perdones, que ha sido un error, que ha mirado las escrituras y es como nosotros le decíamos, que ha sido un error al grabar en el ordenador, que no nos llevemos las nóminas y le dejemos tiempo para arreglarlo, que no entreguemos la carta. ASí que finalmente voy a pagar el suelo eso sí, sin sumarle el diferencial. Es que era un verdadero atraco y ahora si me animo... me lanzo a pedir que me quiten el suelo pero voy a esperar a que me llegue correcto el primer mes.
Muchas gracias a todos el foro me ha ayudado un montón y creo que sin el no habría afrontado la situación y me la habrían colado.
Estas son las cosas por las que me gusta Internet.
Saludos.

#22

Re: Hipoteca: Tope mínimo más diferencial

Gracias por contarlo.

#23

Re: Hipoteca: Tope mínimo más diferencial

A mi me ha contestado mi oficina que como hay un error material en la escritura: dice "el tipo aplicable al devengo de los intereses ... superior al 2.25 ni inferior al 15%..."o sea al reves, que entonces hay que regirse por la oferta vinculante, donde habla de los tipos "incrementados con el diferencial"mientras que en la escritura no hace referencia a ese incremento. Yo solicitaba que elimiaran el diferencial y me dejaran al 2.25, lo que haré sera primero ir al notario para que modifique la escritura porque es un error de ellos(y supongo que el notario no puede añadir la coletilla). al mismo tiempo escribiré a atención al cliente del BBVA, y luego al defensor y a seguir. Lo que esta claro que cada sucursal hace lo que quiere, en cuanto a reducir suelos y demas zarandajas.
Estaba a punto de abandonar la pelea pero el leer el mensaje de esta señora me ha animado a seguir.

#24

Re: Hipoteca: Error en escritura por tipo mínimo/maximo mal redactado.

Me parece que esto no va así, no estoy seguro, si la cláusula está mal, simplemente es nula, punto pelota ¿Qué hay que ir a la vinculante como documento de referencia? ¿Y esto en que ley o normativa lo pone?, en la normativa del acreedor porque así le va de perlas, vamos es que ya ……, o sea si me equivoco busco un documento que es de rango inferior a la escritura y veo si por allí cuela, que no cuela, busco un papelote redactado a mano donde indicamos los pactos, que no va pues me invento cualquier cosa. Mira seguro no estoy pero esto tiene pinta de chapuza, vamos la han cagado, y ahora quieren salir del desaguisado, pues señores si la cláusula esta mal, es nula ¿en que me baso? Pues que jurídicamente y sin ser abogado normalmente ante cláusulas contradictorias se interpreta la mas favorable al cliente, con lo cual yo me gastaba unos eurillos en un abogado mercantilista, no sé pero una consulta no creo que te cueste más de 200 ó 300 euros, a ver que opina un jurista, y si esta conmigo ya sabes el vía crucis de siempre, defensor, dos meses, Banco de España una porrada de meses, porque al final lo peor que te puede pasar es que se tenga que interpretar la cláusula al revés y te quedes como estás ahora, con lo cual solo tienes una posibilidad que es la de mejorar la situación. Además esto puede ser una cagada del notario, y si es una cagada de él, será su responsabilidad, y para ello los notarios cuentan con un importante seguro de responsabilidad civil, vamos que en este caso tampoco creo que el notario pierda un céntimo de su bolsillo.

Y no corras tanto y no te metas en la boca del lobo sin saber exactamente si esto es lo que te conviene ¿en que te beneficia ir al notario para que modifique la escritura? ¿Quién paga los gastos? ¿habrá que ir al registro a modificar también la inscripción? ¿tu que vas a ganar con esto? tal como está redactada esta cláusula no es posible aplicarla, porque no existe en el mundo un tipo de interés superior al 2,25 que sea inferior al 15%, no existe este interés, en mi opinión antes de hacer nada a un profesional de los contratos o sea un abogado y si puede ser mercantilista.