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Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

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Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
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Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca
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#16

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

¿Puede negarse un notario a entregar una factura sino se paga?.

La verdad es que me ha parecido extrañísimo, ya me esta indicando con esta acción que claro no esta siendo, no entiendo porque no entregar una factura antes de un pago y sí después.
Y en segundo lugar, no le veo el mayor problema, no entiendo la negativa por parte de la notaria a entregarme la factura para revisarla y proceder al pago la semana que viene.

#17

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

En primer lugar, ¿te llegó mi última respuesta? Lo digo porque parece que en tu caso no se aplica el 2.2.f como decías al principio.

En cuanto a tu pregunta, la operatoria de los notarios (según lo que yo conozco) es que de entrada te piden una provisión de fondos estimada y te dan un recibo (no una factura). Cuando el servicio está realizado te entregan la factura desglosada (es obligatorio) y te devuelven los fondos sobrantes si los hay. Caso de que la factura esté mal, aunque la hayas pagado puedes reclamar en el Colegio de Notarios.
Supongo que no te quiere dar la factura sin haber cobrado por miedo a que luego no le pagues.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#18

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Hola , sí te conteste, ¿no te llego la mia?

Te comentaba que por que no, para cancelaciones hipotecarias se aplica el 2.2.f.

En eso no hay problema yo voy a pagar mi factura, simplemente lo que quería es comprobarla pero bueno me da igual comprobarla antes que después.

¿por que me comentas que en mi caso no se aplica el 2.2.f? se trata de una cancelación hipotecaria, El texto pone

"Para determinar los honorarios notariales de las escrituras de novación, subrogación o cancelación de préstamos y créditos hipotecarios se aplicará, por todos los conceptos, el número 2.2.f. del arancel de los notarios."

#19

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

OK, bueno ya veo que no te llegó mi respuesta a tu última pregunta en que me me decías si la bonificación tiene que ser el 25% o el 50%.
Lo cierto es que al aplicarse el 2.2.f la bonificación es el 50%, según el número 2.2 del RD:
2. Los derechos establecidos en el apartado 1, se reducirán en un 25 por 100 en los préstamos y créditos personales o con garantía hipotecaria.
La reducción alcanzará un 50 por 100 en los casos siguientes:

http://noticias.juridicas.com/base_datos/Privado/rd1426-1989.html

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#20

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Gracias, creo que haber entendido todo bastante bien, y creo que tengo criterio para la revisión de la Factura.
Ya os contaré que me dicen o como se justifican en el momento que vaya a ver la dichosa factura.

muchas gracias.

#21

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Hola

Tras pasar por la notaria, y ver la factura que me enseña, aparte de las cantidades de copias simples ponen en concepto DERECHO DE MATRIZ 212 euros, le digo que por que no me ha desglosado la factura tal y como le comente y me dice que está perfectamente desglosada, ante mi asombro le digo, Derechos de Matriz 212 euros, ¿esta desglosada?, y me señala la cantidad reducida al 70% que son algo mas de 52.000 euros, total yo le digo que sí, pero que quiero saber de donde sale este calculo, y me dice que eso lo hace un programa informatico, le vuelvo a indicar que yo estoy interesado en saber de donde sale esa cantidad y no quien genera o deja de generar la factura. Tras yo indicarle que conozco el tema de las tablas arancelarias a las que me asiente con la cabeza, al llegar momento que le inidico la reducción del 50% se queda perplejo (cierto es que yo todavía tampoco alcanzo a saber por que se reduce este 50% , la coletillas "en los casos siguientes"· tras leer sus respectivos caso no aparece la cancelación)...
Bueno total me dice que el los cálculos no los sabe, y que si acaso habría que hablar con el Notario asi, que le digo que estamos perdiendo el tiempo, el y yo, y que si no lo sabe, pues entonces que me remita al Notario, asi que hemos quedado para la semana que viene a ver si me recibe el Notario.

Juan, si eres tan amable, esta reducción que me indicas yo leo que hay una reducción del 25% y la del 50% en los casos que detalla, ¿por que la cancelación hipotecaria lleva el 50% y no el 25% si no es nombrada en los casos que dicta como siguientes?

#22

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Bueno te lo explico de memoria y luego si quieres lo compruebas tú a la vista de los textos legales que hemos aportado los dos.
En el RD que yo enlacé, pone que la reducción será del 50% en los siguientes casos y va enumerando a, b, c, d, e, f. En la f cita una serie de operaciones entre las que no está tu caso (la cancelación de hipoteca). Pero, ahora viene lo bueno, en el RDL aportado por tí dice textualmente que las cancelaciones de hipotecas se liquidarán según 2.2.f , por lo que yo entiendo que se amplían los conceptos iniciales con descuento del 50%.
A ver cómo lo ves tú.

Por otro lado, si no estás conforme con la factura, puedes impugnarla ante el propio notario dentro del plazo de 15 días hábiles desde que te la entreguen. Obviamente, la impugnación hay que hacerla por escrito.

La factura debe cumplir unos requisitos legales, y si no los cumple la puedes impugnar:
Los derechos que los Notarios devenguen con arreglo a estos aranceles se consignarán en la oportuna minuta en la que se expresarán los suplidos, conceptos, bases y números del arancel aplicados que deberá firmar el Notario.
La minuta deberá contener expresa mención del recurso que contra ella cabe y el plazo para su impugnación.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#23

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Pues es la cosa, que no lo veo, por un lado te dicen que se acoge a ese arancel y por tanto entraría dentro de la reducción del 50% y por otro lado lees el apartado f y no nombrar a la cancelación de hipotca como caso para esa reducción.
Es algo contradictorio o en algo fallamos.

respecto a la impugnación pues si veo que no me lo aclaran me dirigiré al Colegio de Notarios y si estos tampoco me escuchar al RD de Recursos y Notariados o a los organismos competentes que me amparen.

#24

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Es que el Real Decrero Ley que dice que se aplica el 2.2.f es posterior al RD inicial, por lo que yo entiendo que amplía los casos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#25

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

pues entonces debemos de entender que se aplica ese 50%, pues creo que con esto cerramos el circulo, con las tarifas de las tablas que regulan los aranceles notariales, ya puedo construir el importe exacto de ese arancel, y aplicar el 50% me sale aproximadamente 130 euros, y no 225 como me están pidiendo.

Por cierto, entiendo que el tema de la aplicación de IVA a los aranceles notariales para las cancelaciones de hipotecas entre otros, sigue vigente no?, porque si esto lo han retrocedido también debo de sumarle el IVA.

#26

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

En lo referente al IVA no estoy a la última hora. No obstante, si me das alguna norma de referencia puedo investigarlo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#27

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Te busco este fin de semana al RD al respecto, en principio mi opinión esta basada en artículos, este por ejemplo cita tres resoluciones dice que no se expresa expresamente pero que la cancelación esta exenta de IVA para minutas notariales.

http://www.iahorro.com/iahorradores/hipotecas/factura-notaria-escritura-cancelacion-hipoteca:respuesta-97617074.html

En cambio mientras buscaba estos días de atrás información sobre lo que he preguntado aquí, lei en un foro a un jurista que decía que la ultima reforma aplica IVA a las cancelaciones de hipotecas .
En este momento no se que foro era, pero como te digo es te fin de semana te lo busco despacio y te pngo la mayor información que encuentre.

Muchas gracias por tu ayda, Juan.

#28

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

OK, ya está. Esa exención está suprimida por la Ley 28/2014 que entró en vigor el pasado 1 de enero.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#29

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Guau!!
ienes toda la razón, pone lo siguiente referente al caso que nos ocupa:

Supresión de la exención a los servicios prestados por los fedatarios públicos (art.20.Uno.18º.ñ) LIVA)

De esta forma, pasan a estar sujetos al IVA los servicios prestados por notarios, registradores de la propiedad y registradores mercantiles en relación con dichas operaciones (constitución, subrogación o cancelación de préstamos hipotecarios entre otros)

¿no hay lesyes posteriores no?, por lo que se ven han cambiado 20 veces la forma de proceder .

muchas graicas, a mi cantidad hay que sumarle el IVA , aun asi no supera los 160 euros, de todas formas ire la semana que viene con mucho mas criterio.

#30

Re: Arancel Notarial 2.2 F para Cancelacion Hipoteca

Hombre, yo creo que posteriores a una Ley que entró en vigor hace poco más de un mes no habrá. No demos ideas que nos podrían volver locos.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.