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Como adjudica Hacienda la titularidad de patrimonio de una herencia no repartida?

2 respuestas
Como adjudica Hacienda la titularidad de patrimonio de una herencia no repartida?
Como adjudica Hacienda la titularidad de patrimonio de una herencia no repartida?
#1

Como adjudica Hacienda la titularidad de patrimonio de una herencia no repartida?

Existen dos pisos en los que la mitad es nuda propiedad de tres hijos, el otro 50% de la madre.

Si despues de presentar el Impuesto de Sucesiones se tardan varios años en aceptar y repartir esas nudas propiedades, Hacienda como adjudica la titularidad de las mismas?

Interpreta Hacienda que no existe hasta el reparto? O sebasa en el Impuesto de Sucesiones?
#2

Re: Como adjudica Hacienda la titularidad de patrimonio de una herencia no repartida?

Hola,

Teniendo en cuenta únicamente el ámbito fiscal, la Administración Tributaria competente en el Impuesto sobre Sucesiones (la Hacienda autonómica), sólo le resulta de interés el hecho de que se declaren todos los elementos patrimoniales que incluyan la masa hereditaria fiscal, que se valoren adecuadamente y que el Impuesto de cada sucesor se calcule según el valor de lo adjudicado a tenor del porcentaje que se desprenda de las reglas testamentarias o legales -si la sucesión ocurre sin que el mismo se haya otorgado-.

La Hacienda estatal, competente para el IRPF -supongo que a esto te refieres con tu pregunta- respecto a los inmuebles, se nutre de la información catastral. Como el reparto no se ha producido, el inmueble no aparecerá en dicho Organismo a nombre de los sucesores, pero ello no impide que estos deban declarar los efectos que la futura propiedad de dicho inmueble les acarré. (Consulta Vinculante nº V0076-20). En ese caso -falta de aceptación y/o reparto-, la usufructuaria (la nuda propiedad no tiene incidencia alguna en el ámbito del IRPF) debe declarar el rendimiento que dicho inmueble le genere, ya sea real (arrendamiento) o presunto (régimen de imputación).

A falta de comunicar a la Administración -como es la propia declaración de IRFP- la titularidad correspondiente a las normas testamentarias, puede presumir que el inmueble pertenece por iguales partes a los sucesores del causante.

Por tanto, la Administración "no entra" en "repartir" el inmueble, sólo le interesa que las consecuencias fiscales de su tenencia y/o transmisión se declaren y tributen conforme a la normativa. Y si no las conoce, las presume.

Espero que así te haya quedado más claro,
Un saludo.
#3

Re: Como adjudica Hacienda la titularidad de patrimonio de una herencia no repartida?

Se basa en el Impuesto de Sucesiones. Más bien en lo que establezca el testamento y la ley.
La otra alternativa daría lugar al no reparto de muchas fortunas.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.