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Ingresos en el extranjero en la renta

27 respuestas
Ingresos en el extranjero en la renta
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Ingresos en el extranjero en la renta
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#16

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

No entendí que estaba presentada, entendí que estaba rellenada.  En tus rendimientos del trabajo se incluye lo cobrado en italia? La casilla 588 tiene alguna cantidad? 
Si las dos respuestas son negativas, tu gestor ha aplicado el 7p lo que en mi opinión es correcto. Yo no haría nada. 

#17

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

En tus rendimientos del trabajo se incluye lo cobrado en italia? SI
 La casilla 588 tiene alguna cantidad? La casilla no existe, no la rellenaron
#18

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

Yo creo que está mal hecho. Hacienda no te va a reclamar,  es a tu favor. Hacer una rectificativa es fácil. 
Entra en la web de hacienda, carga tu declaración para hacer la rectificativa, elimina lo ganado en Italia, mira la diferencia que te sale, si fuese interesante te planteas tranquilamente si presentarla más tarde.
 ¿Este año estás en el mismo caso? Si fuese así, pediría a hacienda que me la haga el año que viene y si te la hace como yo te digo, haría la recitificativa para recuperar lo pagado indebidamente. Considera  que tienes 4 años para hacerlo. 
#19

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

Eso es lo tienes que hacer tu mismo
#20

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

Rucko, muchisimas gracias, eres muy amable a explicarme todo! Lo que pasa es que primero no tengo la manera de acceder a la renta web porque no tengo el certificado. Segunda cosa: aunque sea muy interesante lo que me explicaste del 7p, aplicarlo a la declaración de la renta española significaría sin embargo tener que presentar otra declaración de la renta en Italia solo con los ingresos italianos, correcto? si el ingreso italiano era uno solo podía evitar de presentarla pero en mi caso son dos. La única cosa que yo quería era presentar una única declaración de la renta en España con todos los ingresos del año, descontar el IRPF ya pagado en Italia y ya está. 
Y presentar un certificado de residencia fiscal en España si la hacienda Italiana me pregunta má  adelante porque no he hecho la declaración de la renta en Italia.
#21

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

Sobre la primera cuestión, no necesitas certificado, con el dato de la casilla 505 y tu NIE puedes hacerlo.
El 7p solo exige que en el país de origen haya un impuesto similar al de IRPF en España. Si no tienes obligación de declarar en Italia por tu situación eso no es problema en España. Desconozco la fiscalidad y tus obligaciones en Italia. Suerte. 
#22

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

Muchas gracias, no sabía que se puede accede  a la renta web de esta manera.
Seguro que tengo obligaciones fiscales también en Italia, si no declaro todos los ingresos del año en España. 
De todas formas acudiré a hacienda, vamos a ver que me dicen.
Suerte que el próximo año no tengo el mismo problema y, de todas formas, nunca más acudiré a una gestoría para la declaración de la renta, si no directamente a hacienda donde además el servicio es gratis. 
Rucko, una vez más muchísimas gracias por tu ayuda y tu paciencia!


#23

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

lo que te ha comentado Rucko es correcto, esos ingresos del trabajo en Italia están exentos por el artículo 7.p de la ley del Impuesto de la Renta, ya que los has obtenido trabajando físicamente fuera de España y el beneficiario de tu trabajo es una empresa extranjera. Y es lo mejor, porque si lo declaras y restas por doble imposición el impuesto retenido en Italia, lo máximo que puedes lograr es no pagar nada en España si el impuesto en Italia es superior a lo que corresponde pagar por ese dinero en España, y en el peor  de los casos, puede que tengas que pagar más.
Que no pagues por ese dinero en España es indiferente para lo que ocurra en Italia. En Italia eres no residente y tienes que ver cómo se declara ese dinero allí como no residente. Por ejemplo, en España, un no residente paga un 19% por sus ingresos del trabajo en España si es residente en otro país de la Unión Europea, con independencia de lo que tenga que pagar en ese otro país por su impuesto de la Renta.
#24

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

Muchas gracias, Bacalao. La cosa peor en este momento es pensar que la asesoría indicó los ingresos italianos pero no el impuesto retenido en Italia. 
En Italia resulto todavía residente, nunca me inscribí al Aire, llamé a la hacienda italiana antes que empezara la campaña de la declaración de la renta y me dijeron de declarar también los ingresos italianos en España. 
Mi caso parece para nada fácil aunque tendría que serlo🤷‍♀️
#25

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

si en la declaración española has incluido los ingresos de Italia, pero no el impuesto pagado allí, tienes 2 opciones para corregir el perjuicio, ambas pasan por presentar un rectificación de la declaración, como te ha indicado Rucko. Y esto lo tienes que hacer tú, en la delegación de Hacienda no te van a ayudar, ir allí sin la solicitud es perder el tiempo:
-Elaboras un escrito en el que indicas que incluiste ingresos del trabajo en Italia por valor de "xxxx" euros habiendo trabajado físicamente en Italia para las empresas no residentes en España - añades el nombre de las empresas, identificación fiscal en Italia , adjuntas contratos de trabajo u otras pruebas-. Indicas que esos ingresos están exentos por el artículo 7.p. Y solicitas que Hacienda te rectifique la declaración quitando esos ingresos exentos.
-O modificas la declaración online, como te dijo Rucko, y al final te sale una opción para añadir la explicación citada y los documentos de contratos de trabajo,etc que puedas aportar.

Puedes hacer lo mismo, solicitar una rectificación para que incluyan los impuestos pagados en Italia como deducción por doble imposición, pero como ya te hemos dicho, es mejor la opción de la exención del artículo 7.p.

Lo que no debes hacer es ir a Hacienda a preguntar porque no te van a aclarar nada, hasta lo mismo te dan una respuesta equivocada, y la rectificación no la van a hacer, solo ayudan durante el periodo voluntario de presentación de la declaración.
#26

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

Abundando en lo que dice Bacalao, calcula  el impacto para ti de lo que ganaste en Italia,  calculo que habrás pagado de impuestos en España no menos de un 20% de lo que cobraste  en Italia y que ahora lo podrías recuperar. Es tu dinero. Mira si te merece la pena y exígele al gestor que pagaste que te lo haga bien. Es otra opción. 
#27

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

Bacalao, Rucko os agradezco un montón. No quiero parecer cabezona😅, yo he entendido que la mejor opción es la de la exención del artículo 7.p.
 Lo que pasa es que luego empezaría otro lío relacionado a como declarar en Italia los ingresos italianos, ya teniendo otra declaración de la renta hecha en España, sobre todo pensando que no estoy físicamente en Italia. 
 Yo, al final, no pienso solo a ahorrar en impuestos, estoy buscando sobre todo la solución más sencilla para mi, no quiero volverme loca.🙈
 Además, si este año acudí a una gestoría para mi primera declaración de la renta en España es porque no me sentía de presentarla por mi cuenta: os recuerdo que soy italiana, me defiendo bastante bien en español pero no es fácil gestionar todo eso, muchas veces tampoco los de idioma nativo español quieren saber nada de la declaración de la renta🙈.
 Rucko, tienes razón diciendome "exígele al gestor que pagaste que te lo haga bien", piensa que yo le señalé mis dudas (para no decir sus errores) antes que se acabara el término para presentar la declaración, preguntando donde se indican en la declaración los impuestos ya pagados en Italia y me contestó "En la casilla 0596, solo pueden ir las retenciones correspondientes a España" y yo le señalé que quizás podía indicarles en la casilla 588 y no me contestó más. Volví a insistir y me contestó como un tonto sólo "Aunque la respuesta no le guste, lo que ella quiere no es posible"
 
#28

Re: Ingresos en el extranjero en la renta

Buenas,

Para la aplicación del 7p no es necesario que en el país donde realices los trabajos, en tu caso Italia, te rentengan parte de tu salario. Basta con que Italia y Españan tengan firmado un Convenio de Doble Imposición, como es el caso.

Copiopego de la web de Agencia Tributaria:

b) Que en el territorio en que se realicen los trabajos se aplique un impuesto de naturaleza idéntica o análoga a la del IRPF y no se trate de un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

Se considera cumplido este requisito cuando el país o territorio en el que se realicen los trabajos tenga suscrito con España un convenio para evitar la doble imposición internacional que contenga cláusula de intercambio de información. Para el resto de países (con los que no exista Convenio), habrá que estar a la existencia de un impuesto idéntico o análogo.