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¿Está obligada mi mujer a presentar declaracion?

34 respuestas
¿Está obligada mi mujer a presentar declaracion?
¿Está obligada mi mujer a presentar declaracion?
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#25

Re: ¿Está obligada mi mujer a presentar declaracion?

Cuando el pagador de los rendimientos de trabajo NO está obligado a retener, el límite para no tener que presentar declaración son 11.200 € del capítulo "trabajo".

En tu caso, como cobras más de 71.300 € (suma de los 60.100 exentos + 11.200 €), SÍ estás obligado a presentar declaración.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#26

Re: ¿Está obligada mi mujer a presentar declaracion?

¿Se habrían entonces de sumar los exentos en este caso a pesar de tener la condición de exentos para ver la necesidad de presentar la declaración?

#27

Re: ¿Está obligada mi mujer a presentar declaracion?

No des ideas a la DGT, que seguro se autolegislan algo mediante una consulta vinculante...

Ni la ley ni el reglamento establecen diferencias entre rentas computables o rentas integras, gocen o no de exención.

Sería tocar la pera a muchos pensionistas de incapacidad absoluta y gran invalidez. Y a jóvenes becados exentos con trabajos menosquemileuristas. E incluso a las familias que se aplican mínimo por descendiente si rentas < 8.000 e y no se presenta declaración.

Por ahora, creo que es razonable lo que tú decías, solo sobre rentas no exentas.

Respecto a pepe.net, como hablaba de lo que cobra bruto anual, yo también le daba los datos bruto anual.

Y en la interpretación más normal, en su caso serían 11.200 € de rendimientos computables del trabajo, al no soportar retención.

Eso lo supera.

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#28

Re: ¿Está obligada mi mujer a presentar declaracion?

Gracias a los dos por contestar.
Si, ya me sirve la respuesta, y me parece lógica la obligación de declarar tal como indicáis.

Pero después de leer los comentarios de vuestras respuestas en este mismo tema, números 7, 14 y 17 , sigo teniendo dudas sobre la obligación de presentar la declaración el año en que el exceso fue de 1.100 €uros. Lamento ser pesadito, pero, visto el siguiente párrafo de la Agencia Tributaria, ¿puedo estar seguro de que no es aplicable al caso que planteo del exceso de 1.100 Euros?
El folleto de la Agencia Tributaria 2013, indica: “No tendrán que declarar quienes obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital (mobiliario e inmobiliario), de actividades económicas y ganancias patrimoniales, sujetas o no a retención, cuando su suma no exceda de 1.000 € y pérdidas patrimoniales inferiores a 500 €.”

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/DIT/Contenidos_Publicos/CAT/AYUWEB/Biblioteca_Virtual/Folletos/2013/Folleto_IRPF_Declaracion_Renta2013_es_es.pdf

#29

Re: ¿Está obligada mi mujer a presentar declaracion?

Hola pepe.net llevo 3 dias dandole vueltas al mismo tema de los 1000€, y 3 viajes a la delegación de hacienda de mi ciudad para informarme sobre el tema , te diré que ni en la delegación de mi ciudad saben interpretar bien la norma,por lo menos con las personas que a mi me tocaron,pero después de pasarme muchas horas interpretando esa norma llego a la conclusión ,si continuas leyendo más abajo el manual de renta 2013 lo observaras,que deberias partir de la base de si esos 1000€ proceden de actividades económicas,0 de ganancias patrimoniales NO SUJETAS A RETENCION,o bién de biene inmuebles distintos del uso habitual y de suelo no edificado.Siproceden de alguna de estas partidas aunque no superes esa cantidad de 1000€, si deberías sumar las rentas del trabajo para determinar la obligatoriedad de declarar.Ejemplo : si has tenido una ganancia patrimonial no sujeta a retención de 300€ más rentas del trabajo ,actividades económicas o alquiler de inmueble por un importe por ejemplo de 800€ estarías obligado a declarar.Espero haberte ayudado,cualquier cosa, lo comentamos.

#30

Re: ¿Está obligada mi mujer a presentar declaracion?

Lo de que en un ejercicio anterior superaste en 1.100 € el límite exento, creo que no está bien expresado, y no se entiende.

¿Que quieres decir?

¿Que cobraste en total un bruto de 61.200 (60.100 + 1.100)?

¿Que cobraste en total 73.200 (60.100 + 22.000 + 1.100)?

???

Lo que yo leo y entiendo del precepto de la no obligación de declarar si el total de rentas no supera los 1.000 € es que dicen "rendimientos íntegros del trabajo...", y esa expresión es lo mismo que decir brutos.

Por tanto, perfectamente se puede interpretar que primero hay que sumar el bruto total, para ver si estás o no obligado a declarar, y luego ya se aplicará la exención sobre las cantidades que correspondan.

También cabe la otra interpretación, sacar del cálculo las cantidades exentas, y ver que sale.

Por cierto, esa exención de hasta 60.100 €/año es condicional a que en el pais del pago exista un impuesto análogo o similar al IRPF. Además, no solo se pide que el pago sea realizado por empresa extranjera en pais extranjero, sino que la exención hay que aplicarla sobre los días en que efectivamente se ha estado en situación de estancia en el extranjero.

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#32

Re: ¿Está obligada mi mujer a presentar declaracion?

Gracias mariov por tu aporte.

Cachilipox, evidentemente me
refiero a que percibí 61.200 (60.100+1.100), con lo que el importe no exento es de 1.100.

Lo que comentas en el último párrafo lo cumplo y el TOTAL de las retribuciones del año 2013 son de empresa extranjera, país extranjero y con IRPF análogo. Ahí no tengo dudas. Solamente dudo en si ese exceso de 1.100 €uros, me obliga o no a presentar la declaración.

También acabo de ver este PDF, cuadro resumen de los Contribuyentes no obligados a declarar en 2013.
En la página 22 del documento que es la 4 del Manual.

http://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/DIT/Contenidos_Publicos/CAT/AYUWEB/Biblioteca_Virtual/Manuales_practicos/Renta/Manual_renta_patrimonio_2013_es_es.pdf

¿Es posible que esté aquí la respuesta a mi consulta ?
Gracias otra vez