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Préstamo entre hermanos y este es de verdad

30 respuestas
Préstamo entre hermanos y este es de verdad
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#17

Re: Préstamo entre hermanos y este es de verdad

Contestándote a ti y a Kine y creo que a Leopold

1) No tengo abogado de confianza pero tendré que acudir a uno y confío en que cualquiera conocerá la ley.
2) Todos sabemos que bajo la figura de préstamos se encubren donaciones por eso entiendo que hay que certificar de alguna manera tanto le préstamo COMO SU DEVOLUCIÓN. A mí, siendo lega, me parece bastante acreditación de que el préstamo se hace con un contrato que tengo entendido que se lleva a la Conselleria de Hisenda (Consejería de Hacienda) donde se registra pero no una escritura pública ante notario (eso es lo de menos, los trámites legales seguro que los conoce el abogado). Entonces, si yo saco de mi cuenta ese dinero y mi hermana lo ingresa en la suya y tenemos el documento todo está claro hasta ahí
3) Entiendo que para evitar la donación encubierta habrá que justificar su devolución. Como se ha comentado veo más fiable como prueba transferencias grandes anuales desde la cuenta. de mi hermana a la mía que recibos mensuales firmados de 500 euros. Vamos que creerse esto es cuestión de fe porque 500 euros te los gastas en un mes en el Mercadona (tal vez exagere pero me entendéis) pero es que en cualquier caso podríamos ambas partes juntar 500 euros al mes y a final de año tenerlo en efectivo en casa o en la cuenta de la que decidamos y hacer con ellos la transferencia que queramos. Vamos que no veo forma de demostrar que el préstamo se devuelve efectivamente y que no le doy yo el dinero bajo mano para que haga como si me lo devolviera porque 500 euros mensuales es suficientemente poco como para sacarlo en el cajero, ingresarlo por el cajero o acumularlo en una hucha durante un año. No suelo tener 5.000 euros en casa pero si que saco 1.000 cada vez que necesito. Veo temerario tener grandes cantidades en casa pero entre tener 600 o 6.000 euros en casa veo poca diferencia si lo que se persigue es obtener un rendimiento, AUNQUE FRAUDULENTO de este dinero.

Vamos, no veo como justificar la devolución del préstamo a no ser que me espere 5 años y me lo devuelva todo por transferencia otra vez pero vaya gracia. Y ni siquiera eso demostraría nada si puedo disponer de 500 euros al mes, que puedo, y guardarlos en una hucha o dárselos a mi hermana cada mes para que ella los ahorre de los suyos, los acumule y me los devuelva. Vamos, ahora le doy 30.000 y durante 5 años 30.000 más para que haga como si me los devolviera. Será del género tonto pero resulta que eso si puedo hacerlo pero demostrar que algo no se hace no se puede. Puedo demostrar que hago una entrega, por ejemplo si la hago mediante transferencia bancaria pero no puedo demostrar que no la he hecho en efectivo. Nadie puede demostrar lo que no hace. Yo qué sé si alguno de vosotros tiene escondido un tesoro en una cueva: Estoy convencida de que no lo tenéis pero si lo tenéis podéis demostrarlo mostrándolo pero si no lo tenéis no podéis demostrar que no lo tenéis. Debe ser quien diga que sí quien lo demuestre.

Vamos, que se puede mostrar lo que pasa pero no ocultar lo que no pasa.

#18

Re: Préstamo entre hermanos y este es de verdad

Recapitulemos.

Respecto al punto primero, nada tengo que decir.

Respecto al segundo, estoy de acuerdo contigo que no hace falta ir al notario para hacer documento público. Serviría uno privado con diligencia de la consejería de hacienda de tu comunidad autónoma. Lo dije en comentarios 5 y 7.

Y en cuanto al tercer punto, también estoy de acuerdo. Veo más fiable como prueba de acreditación transferencias bancarias únicas anuales que mensuales en mano. Lo dije en comentario 13.

Por tanto creo que en lo básico, estamos de acuerdo.

Respecto a quién es el que tiene que demostrar, te pongo un ejemplo. Para practicarse la deducción por adquisición de la vivienda habitual, hay que demostrar que se vive en ella. Y lo tiene que hacer el contribuyente con los problemas que esto puede generar y de hecho genera según se desprende de los comentarios del hilo:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2047948-justificacion-deduccion-vivienda-habitual

Saludos.

#19

Re: Préstamo entre hermanos y este es de verdad

Estamos de acuerdo porque nos basamos los dos en el sentido común. Lo que hecho de menos es que la administración no establezca claramente el procedimiento como se acredita "aquello que quien pretende ejercer un derecho deba acreditar".

Por otra parte, tú dices que "para practicarse la deducción por adquisición de la vivienda habitual, hay que demostrar que se vive en ella. Y lo tiene que hacer el contribuyente con los problemas que esto puede generar y de hecho genera" y así es pero como dije que "facta lege, facta fraude" porque en general con censarse en esa vivienda hay suficiente. Estoy ABSOLUTAMENTE CONVENCIDA de que si la administración tiene sospechas fundadas de que se comete un fraude y quiere perseguirlo te pilla porque no le bastará que solo estés censada y reclamará recibos de consumos de luz, agua, gas o incluso enviará a la policía municipal para que los vecinos declaren si es cierto o no. Creo recordar que hace unos 30 años un vecino mío no hizo la mili porque su madre era viuda y la policía municipal vino a preguntarnos si era verdad que vivía con ella y que la ayudaba económicamente puesto que puedes estar censado en un sitio y vivir en otro. De hecho, mi hermana que ha sido secretaria de un colegio está harta de ver estas dos circunstancias sospechosas para que algunos padres consigan matricular a sus hijos en ese colegio:

1) Declaraciones de renta tremendamente bajas que tardó años en enterarse que el fraude consiste en hacer la declaración mal, que te la sellen e inmediatamente presentar una complementaria que rectifique los errores pero ya tienes la otra sellada para presentarla donde quieras.
2) Familias o alumnos que están censados en las viviendas de abuelos o tíos que viven en la zona a la que corresponde el centro.

#20

Re: Préstamo entre hermanos y este es de verdad

Te insisto que no me interesan los actos en que se ha cometido fraude o se pretende cometer.

Estamos hablando de quién es el que tiene que demostrar hechos ante una comprobación de hacienda.

Y te he puesto un ejemplo. Lo mismo que a las personas que se han practicado la deducción por vivienda habitual (correcta o incorrectamente) les pueden requerir pruebas, a unos familiares que han hecho un contrato de préstamo a interés cero, también lo pueden hacer. Por lo tanto, entiendo que lo que hay que procurar ante esa posible (aunque improbable) comprobación, es hacer las cosas correctamente más aún cuando hacerlas bien, no tiene coste alguno.

Y veo que empleas mucho la expresión "hecha la ley hecha la trampa". Yo no estoy hablando nada de trampa, sino de ley. En el aspecto de trampa no me gusta entrar en un foro público. Lo dejo para una conversación de barra de bar con los amigos (por ejemplo). Pudiendo seguir la directrices de la ley, no veo necesario utilizar nada más.

Y con esto no estoy queriendo decir que soy un "santo" y que no esté haciendo o haya hecho trampas en el presente o en el pasado.

Saludos.

#21

Re: Préstamo entre hermanos y este es de verdad

Si que es verdad lo que dices pero es que la frase "correspondiendo su valoración a los órganos de gestión e inspección de la Administración Tributaria" me parece una falta de indefensión. Opino que la administración debería explicar qué y cómo hay que realizar los trámites y no decirte que ya lo valorarán ellos. Desde luego que tienen el derecho de comprobar lo que estimen conveniente pero también deberían explicar cómo se debe proceder ¿no estás de acuerdo?

¿Tú te imaginas que el código de circulación dijera que la policía ya decidirá si vas demasiado deprisa sin decir cuáles son los límites de velocidad en lugar de establecer límites de velocidad claros y añadir que en condiciones excepcionales porque se entiende que no se puede regular todo y que en ocasiones debe primar el sentido común y la prudencia por ejemplo climáticas como viento, lluvia, congelación del suelo, niebla hay que circular a una velocidad adecuada pero que como norma general deben estar claros los conceptos?

En definitiva y según entiendo que se puede desprender de tu consejo, formalizo el préstamo como hemos establecido en otros posts, retiro el dinero de mi cuenta, lo ingresamos en la de mi hermana porque ambas tenemos cuentas en Bankia y no voy a pagar una transferencia cuando se puede hacer un reembolso y un ingreso y luego, para buscar un equilibrio entre comisiones y transparencia que me haga transferencias cuatrimestrales de 2.000 euros, condición que pediré que conste en el contrato como forma de devolución con el concepto "Devolución préstamo fecha tal", imprimo estos recibos porque no sé si los enviarán por correo que esta es otra y los guardo en una carpeta.

Gracias por tu ayuda y disculpa si he tenido alguna expresión desafortunada y comprendo que me eches una reprimenda porque estás en contra del fraude y de su apología como no podría ser de otra manera. Justo por eso no me parecía adecuado extender recibos. ¡Hala, a comer que ya es hora!

#22

Re: Préstamo entre hermanos y este es de verdad

Una vez más estamos de acuerdo en la primera parte de tu comentario: la frase que entrecomillas no me gusta. Hace unos días y en otro hilo escribía lo siguiente (comentario 34):

https://www.rankia.com/foros/bancos-cajas/temas/2198700-ingresar-golpe-cantidad-importante?page=5

También te puede ser de utilidad un hilo en que un forero proponía un modelo para este tipo de contratos:

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/2113559-contrato-para-prestamos-familiar-fiscalidad#respuesta_2115910

Y no tengo que disculpar nada ni te echo ninguna reprimenda. Estamos cambiando impresiones para que podamos aprender todos.

Saludos.

#23

Re: Préstamo entre hermanos y este es de verdad

Hace aproximadamente un año y medio hice un contrato de préstamo con mis padres, que nos prestó a mi y a mi mujer una cantidad determinada.

Contactando con un abogado, se redactó un contrato especificando, eso sí, que el interés era cero, y la devolución sería en un máximo de 2 años, sin especificar cuantía de cada plazo, ya que aunque se podría poner x dinero al mes, no tenía muy claro que todos los meses (al menos al principio) pudiese devolver la cantidad que salia de dividir el préstamo entre 24 meses.

Este contrato, junto con el modelo 600 se sellaron en la Delegación de Hacienda de Madrid.

El abogado nos insistió que debería ponerse un plazo de devolución que no fuese "sospechoso", tipo 20 o 30 años, puesto que es "carne de cañón" para que Hacienda sospeche de una donación encubierta. Nosotros pusimos 2 porque lo queríamos devolver cuanto antes, pero supongo que poner 5 o 6 no sería "sospechoso", dependiendo de la cantidad.

Nos aconsejó también que para registrar tanto la entrega del préstamo en sí, como la devolución del mismo (en el plazo que se determinara) se hiciese todo por transferencia bancaria, indicando en el concepto que se trata de la devolución del préstamo, por ejemplo "Devolución préstamo (1)", "Devolución préstamo (2), etc.
En mi caso mi banco no me cobra por transferencia, así que lo hice así.

Ya hemos devuelto a mis padres el total que nos prestaron, y tenemos documentación de todas las transferencias realizadas por si a Hacienda se le ocurre preguntarnos por el tema.

Creo que debes hacer ese contrato privado y junto con el Modelo 600 llevarlos a Hacienda. Una vez hecho eso, documenta con transferencias tanto el préstamo (tuyo a tu hermana) como la devolución (de tu hemana a ti) para que puedas probar que no ha habido interés, y sobre todo, que no ha sido una donación encubierta, ya que aunque en Madrid (que es donde yo lo hice) la donación padre-hijo está prácticamente exenta, no es así en otras Comunidades Autónomas, y el pico a pagar es bastante.

Saludos

#24

Re: Préstamo entre hermanos y este es de verdad

Ya hemos formalizado el contrato de préstamo en el que sí consta que no hay intereses pero como forma de devolución el abogado nos comentó que mucho mejor que en lugar de restringirnos a una forma concreta como 500 euros al mes durante 60 meses que son 5 años conviniéramos LA DEVOLUCION EN 10 AÑOS SIN ESPECIFICAR CÓMO porque es habitual que en un plazo largo se desee o aplazar pagos o avanzarlos. El abogado insistió en que cada año hubiera un pago más o menos razonable, por lo menos 1.000 euros al año aunque la ley no exigía nada y que sí era conveniente en cada ingreso o transferencia que en el concepto constara "DEVOLUCION PRÉSTAMO FECHA TAL" y si hacíamos el pago con un cheque o efectivo que hiciéramos un recibo con el mismo concepto que es lo habitual en todas las transacciones.

Cuando pasaran los diez años tener guardados los documentos y que sumaran 30.000 euros. Sin embargo, muchos documentos pueden ser simplemente imprimidos por el cajero o desde el ordenador en casa porque lo común ya es hacer las transferencias online y los ingresos por cajero.