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Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

188 respuestas
Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010
1 suscriptores
Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010
Página
23 / 24
#177

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2012

Mi opinión está basada en:

(4) Complementaria
Se marcará una “X” en la casilla indicada al efecto cuando esta declaración sea complementaria de otra u otras presentadas anteriormente por el mismo concepto y correspondientes al mismo ejercicio y período. En el supuesto, se hará constar también en este apartado el número identificativo de 13 dígitos que figura preimpreso en la numeración del código de barras de la declaración anterior. De haberse presentado anteriormente más de una declaración, se hará constar el número identificativo de la última de ellas.
Importante: únicamente procederá la declaración complementaria, de la que necesariamente habrá de resultar una cantidad a ingresar, cuando ésta tenga por objeto regularizar errores u omisiones de otra declaración anterior que hubieran dado lugar a un resultado a ingresar inferior al debido.
La rectificación por cualquier otra causa de declaraciones presentadas anteriormente no dará lugar a la presentación de declaraciones complementarias, pudiendo no obstante el declarante solicitar de la Administración la rectificación de las mismas y, en su caso, la devolución de los ingresos indebidamente realizados en el Tesoro, con sujeción al procedimiento y plazos previstos en el Real Decreto 1163/1990, de 21 de septiembre (B.O.E. del 25).
En la declaración complementaria se harán constar por sus cuantías correctas todos los datos a que se refieren las casillas 1, 2 y 3 del modelo 115, que sustituirán por completo a los reflejados en idénticas casillas de la declaración anterior.
Las declaraciones complementarias deberán formularse en el modelo oficial que estuviese vigente en el ejercicio y período al que corresponda la declaración anterior.

http://www.agenciatributaria.es/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Modelos_100_al_199/115/Instrucciones/intr_mod115.pdf

Saludos.

#178

Retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales

Hola, leídos todos estos comentarios sigo teniendo dudas así que ahí va mi pregunta: si yo arrendé el local comercial con una cuota inicial de 300€, que + 18% iva - 19% irpf me producen un ingreso por parte del arrendatario de 297€, no es así. Pero al pasar el irpf de 19 a 21%, ese 2% más de irpf a quien grava, al arrendador, o sea, lo pierdo yo recibiendo 291€ o tendría que acordar una subida de cuota para compensar el incremento???

#179

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

quisiera que me confirmara alguien que la retencion en alquileres en 2015 cambia y deja de ser 21% pasando no se si al 20% o 19%

alguien me lo puede confirmar gracias saludos

#180

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

En 2015, el 20%.

En 2016, el 19%.

Saludos.

#181

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

ok gracias

#182

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

hola Empty, si tengo constancia que las retenciones a profesionales cambian en el año 2015 al 19% en el 2016 al 18%, pero no tengo constancia que la retencion de los arrendamientos de los locales vaya a variar, ¿es correcto la indicación que haces que para el 2015 cambia al 205 y en el 2016 varia al 19%?. gracias y saludos

#183

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

corrijo; en 2015 cambia al 20% y en el 2016 varia al 19%?. saludos

#184

Re: Nueva retencion de IRPF en alquiler de locales comerciales para 2010

Las retenciones por alquiler de locales vienen recogidas en el artículo 100 del Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. En el BOE de fecha 06.12.14, puedes ver las modificaciones que ha tenido el mismo de cara al 2015. En el añadido de la Disposición transitoria decimotercera.Tipos aplicables en 2015 se puede leer:

(...) 2. En el período impositivo 2015, los porcentajes de pagos a cuenta del 19 por ciento previstos en los artículos 80, 90, 96, 99, 100, 101 y 107 de este Reglamento serán el 20 por 100. (...)
Saludos.