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Inversores de s-trade españa

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Inversores de s-trade españa
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Inversores de s-trade españa
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#649

Re: Inversores de s-trade españa

Efectivamente Ingestra Capital SL ha presentado las cuentas anuales relativas al ejercicio 2010. ¿Por qué? ¿Por qué presentarlas si la empresa puede estar envuelta en una supuesta estafa? ¿Si la empresa y su administrador, supuestamente, han desaparecido, por qué hacer este ejercicio de transparencia?

A parte de las razones legales que Petersen ha apuntado: cierre de registro para la sociedad o sanciones, hay una que podría ser la respuesta a estas preguntas.

La ley no prevé sanciones concretas contra el administrador que incumpla la obligación de presentar las cuentas, pero la jurisprudencia ha venido considerando el incumplimiento de esta obligación, junto con otros incumplimientos (como no convocar Junta para la disolución de la sociedad cuando ésta incurra en causa legal para ello), como un indicio razonable de negligencia, que podría tener como consecuencia la declaración de la responsabilidad personal de los administradores por las deudas sociales.

Es decir, el hecho de presentar las cuentas no ha sido un acto de transparencia sino, a mi entender, una maniobra más para eludir responsabilidades en un futuro. O dicho de otra manera, en una forma de desaparecer lo más limpia posible de cara a futuros juicios por responsabilidad.

Un saludo

#650

Re: Inversores de s-trade españa

Si, esto es así y tu comentario es mas que interesante, me temo que los veo a venir ..... la estrategia podría pasar por demostrar que el dinero se perdió en desacertadas inversiones financieras, pero que no hay/hubiera malversación de tipo alguno ...... si esta fuere una hipotésos de trabajo de la contraparte (que no lo sé, por tanto es una mera especulación, con o sin base) los afectados no precisan solo de un abogado, les será necesario un buen abogado, de la rama mercantil, y en cuyo despacho (o externamente) tenan una especie de investigador económico que cuando la parte demandada presente los documentos de descargo y apoyo a su justificación, los trille y encuentre las lagunas ....... si hubo presunta malversación o "distracción de dinero" no es tan simple de tapar, si hay lagunas se pueden encontrar en los documentos, no en las cuentas anuales, sino en los documentos contables, el técnico debe saber que pedir, que el juez se lo conceda, y saber leer estas operaciones, y esto ya os avanzo no es barato ...... no es comparable pero un perito para los contratos swap dificilmente baja de 1.500 - 2.000 €, y esto de investigar, si es que fuese la estrategia de la parte demandada, fácil no es, pero tampoco es simple dar apariencia de legalidad a algo que presuntamente no la tiene.

#652

Re: Inversores de s-trade españa

¿Y los peritos investigan las partidas del balance y su correcta contabilización? o en su defecto uno debe proveerse de su técnico para analizar estas cosas o colaborar con el nombrado por el juez ........ me refiero a una revisión seria de cada partida ?????

#653

Re: Inversores de s-trade españa

No, en el penal (no así en el civil) el Juzgado nombra a los peritos de oficio (si lo entiende necesario).

Otra cosa es que la parte quiere llevar uno, pero sería a su costa...

#654

Re: Inversores de s-trade españa

Interesante, lo que se aprende en este foro

#655

Re: Inversores de s-trade españa

Por cierto esas cuentas no es necesario que estén auditadas ¿no?
¿Si fuera una SA y no una SL sí que sería necesario?
Es que no entiendo de eso.

#656

Re: Inversores de s-trade españa

La auditoria va de tres parámetros:

Hay que cumplir dos y dos años seguidos, y para salirse de ella, lo mismo, DOS CONDICIONES CUALQUIERA DE LAS TRES Y DURANTE DOS AÑOS SEGUIDOS, y da lo mismo que sean S.L. o S.A. a estos efectos, incluso hay otros tipos de sociedades que por su volumen, pero no sé si los cálculos son los mismos, que están obligadas por razón de volumen, incluso sé de una macro comunidad de propietarios que tiene obligación de auditar. El Barça el Real Madrid y el Atletic de Bilbao tampoco son SL o SA y deben auditar.

• Por razón de su tamaño, están obligadas a auditarse aquellas sociedades que durante dos ejercicios consecutivos hayan superado dos de los tres parámetros fijados por el TRLSA (texto refundido de la ley de sociedades anónimas).

CIFRA DE ACTIVO 2.850.000 € CIFRA DE NEGOCIO 5.700.000 € Nº DE TRABAJADORES 50

Para los grupos de empresas, están obligados a auditar sus cuentas consolidadas, aquellos grupos que durante su último ejercicio hayan sobrepasado dos de los tres parámetros fijados por el TRLSA:

CIFRA DE ACTIVO 11.400.000 € CIFRA DE NEGOCIO 22.800.000 € Nº DE TRABAJADORES 250

• Por solicitud de los accionistas. En aquellas sociedades que no tengan la obligación legal de auditar sus cuentas por motivos objetivos o de tamaño, una minoría de accionistas, que al menos represente el 5% del capital social, puede solicitar del Registrador Mercantil el nombramiento del auditor.

• Por razón de nombramiento judicial.