No es una carga en el sentido coloquial, es una afeccion de caracter real.
Lo que te estan diciendo, como pasa en todos los supuestos de transmisión, es que hacienda se reserva un periodo para comprobar que el precio de escrituración que tu le has suministrado les vale. Si no es así te girarán una complementaria. Si por lo que sea le has dado el pase al piso, y no consiguen cobrarse de ti esa liquidaci´´on compelmentaria, podrían dirirgirse contra el piso, independimente de que el propietario ee momento no tenga nada que ver contigo, siempre y cuando no haya transcurrido ese plazo.
Dicho lo cual, no lo he visto hacer nunca, aunque supongo que en casos gordos se hará, especialmente si ve una cierta cadena defraudatoria.
En mi opinión eso no es una carga.