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Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Deducción por movilidad geográfica: declaración de la Renta 2024

Cuando realizamos nuestra declaración de la Renta, es conveniente tener conocimiento de todas aquellas deducciones que podemos añadir según nuestra situación laboral o personal.

Nos centraremos en la reducción por movilidad geográfica recogida en la Ley de IRPF, la cual nos permite añadirla como gasto deducible del rendimiento íntegro.

A continuación, explicaremos cuáles son los requisitos, supuestos y porcentajes de deducción aplicables según la normativa vigente a fecha de hoy. 

 

Artículo 19.2

En el artículo 19.2 de la citada Ley se determina que aquel trabajador que acepte un trabajo en un municipio distinto al de su residencia habitual, debiendo trasladar su residencia al mismo, tendrá derecho a la aplicación de loa gastos deducibles por movilidad geográfica en su declaración de la Renta. ¿Cómo funciona esta deducción?

 

Requisitos de la deducción por movilidad geográfica

Para poder aplicar la deducción por movilidad geográfica en los rendimientos del trabajo, el contribuyente debe de cumplir los tres requisitos siguientes:

  • Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
  • Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
  • Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

Por tanto, esta reducción la pueden aplicar todos los demandantes de empleo que se encuentren inscritos en una oficina pública de empleo como tales y que acepten un puesto de trabajo que se encuentre fuera del domicilio habitual del desempleado, siempre que esto provoque un cambio en la residencia de este. Es decir, que si no hay traslado de residencia, no se puede solicitar esta deducción en la Renta de 2024.

Con carácter general, la aplicación de la reducción por movilidad geográfica queda condicionada a que efectivamente se haya producido el cambio de residencia del contribuyente a un nuevo municipio, distinto al de su residencia habitual, sin que este municipio tenga que ser necesariamente aquel en que esté situado el puesto de trabajo que el contribuyente acepta. Pero sí, que el nuevo puesto de trabajo exija el cambio de residencia.

Aplicación de la deducción por movilidad geográfica

El contribuyente podrá aplicar la deducción por movilidad geográfica en su declaración de la Renta durante en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el año siguiente. Para ello, se deberá modificar la residencia habitual en la declaración de la Renta correspondiente y, por tanto, aplicar la reducción en la comunidad autónoma donde se haya desplazado el contribuyente. De cumplir los requisitos, la deducción sería de 2.000 euros.

Para que se pueda aplicar la deducción y no haya ningún tipo de confusión por parte de la Agencia Tributaria, será conveniente que el contribuyente se empadrone en el nuevo municipio.

deducción movilidad geográfica

Dentro de la declaración del IRPF (modelo 100), acceda a la página 4 para detallar los rendimientos del trabajo. En la sección de retribuciones dinerarias (casilla 003), marque la casilla relacionada con "Contribuyentes desempleados e inscritos en la oficina de empleo que hayan aceptado un puesto de trabajo que hubiera exigido el traslado de la residencia habitual a otro municipio". Al hacerlo, se abrirá un nuevo apartado donde deberá indicar el importe del rendimiento neto previo asociado al empleo aceptado.

Porcentaje de deducción por movilidad geográfica

La reducción por movilidad geográfica, que se podrá aplicar como un gasto deducible del rendimiento íntegro, tiene un importe de 2000 euros.

El importe de 2.000 € anuales adicionales se aplicará en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente; teniéndose en cuenta el límite fijado para estos gastos en el artículo 11.2 del Reglamento del IRPF:

 
 2. A efectos de la aplicación del límite previsto en el último párrafo de la letra f) del artículo 19.2 de la Ley del Impuesto, cuando el contribuyente obtenga en el mismo período impositivo rendimientos derivados de un trabajo que permita computar un mayor gasto deducible de los previstos en el segundo y tercer párrafo de dicha letra f) y otros rendimientos del trabajo, el incremento del gasto deducible se atribuirá exclusivamente a los rendimientos íntegros del trabajo señalados en primer lugar.
 

Destacamos que en el caso de realizar tributación conjunta, si hay más de un contribuyente que tenga derecho a aplicar este gasto deducible, el importe total que podrá ser objeto de deducción será igualmente de 2.000 euros, con el límite de los rendimientos netos del trabajo derivados de los puestos de trabajo aceptados por todos los contribuyentes que tengan derecho a la aplicación de ese gasto. Por tanto, no se multiplica esta cantidad por dos.

La única restricción se refiere al rendimiento neto previo asociado al nuevo puesto de trabajo que motiva el cambio de residencia. Si este nuevo empleo genera menos de 2,000 euros anuales después de deducir otros gastos deducibles, ese será el límite máximo para la deducción por movilidad geográfica, incluso si se han obtenido otros rendimientos del trabajo que podrían justificar una deducción mayor.

Evitar futuras investigaciones

Para asegurar la deducción y evitar rechazos en caso de verificación o inspección fiscal, es crucial demostrar el cumplimiento de requisitos mediante medios de prueba admitidos legalmente (artículo 106 de la Ley General Tributaria). El simple empadronamiento o mantener el domicilio fiscal no son suficientes para acreditar residencia en una localidad. Se requieren documentos como contrato de alquiler o compraventa, recibos de pago de servicios (electricidad, gas, agua), contrato laboral, y certificados de retenciones. Estas comprobaciones pueden ocurrir hasta cuatro años después de la presentación de la declaración de la renta, destacando la importancia de conservar la documentación.

  • Fiscalidad
  • Declaración de la Renta
  • IRPF
  1. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #319
    29/04/14 13:44

    ok, muchas gracias Amparo

    Un saludo

  2. en respuesta a vdubova
    -
    Top 100
    #318
    29/04/14 12:56

    Por lo que has dicho, el traslado se efectuó 11 meses después de aceptar el puesto de trabajo. Según se indica en la LIRPF, el traslado ha de ser inmediato, ya que el nuevo empleo exige un cambio en el domicilio habitual. Pero como te digo, acude a un asesor fiscal y que te asesores sobre el tema concreto.

    Un saludo,

  3. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    Nuevo
    #317
    29/04/14 12:26

    Perdona Amparo, pero no entiendo tu explicación. Trasladé la residencia a otro municipio en el que también me empadroné. Porqué no puedo solicitar la reducción entonces? Muchas gracias

    Un saludo

  4. en respuesta a furry
    -
    Top 100
    #316
    29/04/14 10:29

    Bienvenido a Rankia,

    Lo veo complicado, ya que normalmente solo puedes acreditar el cambio de residencia con empadronamiento o contrato de alquiler o pago de facturas de luz, agua... que impliquen tu traslado. Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y le comentes detalladamente tu caso.

    Un saludo,

  5. en respuesta a vdubova
    -
    Top 100
    #315
    29/04/14 10:28

    Bienvenido a Rankia,

    No cumples uno los 3 requisitos necesarios para aplicar la reducción por movilidad geográfica: trasladar la residencia habitual a un nuevo municipio y como no puedes acreditar este cambio, no puedes aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta.

    Un saludo,

  6. Nuevo
    #314
    28/04/14 18:09

    Buenas tardes Amparo,

    te explico mi caso. Estaba inscrito como demandante de empleo y me salió un trabajo en otra comunidad autónoma a 165 km de mi domicilio habitual por 2 meses, no me empadroné ni dispongo de contrato de alquiler porque la propia empresa se ocupó de buscarnos alojamiento, así que no dispongo de contrato a mi nombre. Con fotocopia de la factura de la empresa y de los propietarios del inmueble de que he residido en la localidad podría ser posible?

    Muchas gracias por la atención, un saludo

  7. Nuevo
    #313
    28/04/14 00:22

    Hola,

    estuve inscrita en el paro a principios del 2013 cuando me llamaron para empezar a trabajar a partir de febrero 2013. Me cambié de domicilio en enero 2014 porque ya me resultaba incómodo ir y venir todos los días en el coche.
    En el domicilio nuevo tengo el contrato de alquiler y el empadronamiento también.
    Quería saber, si me corresponde la reducción y de cuánto sería.

    Gracias

  8. en respuesta a belloweb
    -
    Top 100
    #312
    24/04/14 10:24

    Bienvenido a Rankia,

    No se tiene en cuenta el domicilio fiscal, sino el de la vivienda o domicilio habitual que es dónde pasas más de 183 días al año y normalmente dónde estás empadronada. Si estabas viviendo en Bilbao y estabas inscrito a la oficina de empleo de Bilbao, y ahora, al aceptar el nuevo trabajo en Madrid acreditas el cambio de domicilio habitual, con un nuevo contrato de alquiler en Madrid o cambiando el padrón; podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta.

    Un saludo,

  9. #311
    23/04/14 16:27

    Buenas tardes,

    Mi pregunta es la siguiente: ¿Qué relación hay entre la movilidad geográfica y el domicilio fiscal?

    Me explico: Yo tengo mi domicilio fiscal en Madrid porque estuve trabajando alli pero estoy empadronado el Bilbao. Ya he dejado de trabajar en Madrid y he vuelto a Bilbao. La cuestión es que he encontrado trabajo de nuevo en Madrid, ¿podré pedir la mobilidad geográfica? No la he solicitado nunca antes.

    Un saludo, y muchas gracias!

  10. en respuesta a pozo30
    -
    Top 100
    #310
    22/04/14 11:59

    Vale, en tal caso que comentas no puedes aplicar la reducción de nuevo, ya que no cumples el requisito de modificar tu domicilio habitual (ya estabas viviendo en Madrid). En cuanto al recurso de reposición no se si tiene coste (entiendo que si) o penalización, hablalo mejor con un asesor fiscal.

    Un saludo,

  11. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #309
    22/04/14 11:16

    Gracias Amparo:
    La reducción en 2011 y 2012 me la han rechazado, argumentando que en el periodo de inscripción al paro en Burgos en 2011, seguía pagando alquiler en Madrid. No sé si sería posible reclamarlo.
    Respecto al recurso de reposición contra su resolución, tiene algún coste añadido o algún tipo de penalización si no se gana?
    Un saludo y muchas gracias

  12. en respuesta a pozo30
    -
    Top 100
    #308
    22/04/14 10:42

    Bienvenido a Rankia,

    Solo podrás aplicar la reducción por movilidad geográfica en tu Declaración de la Renta en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de trabajo y cambio de residencia y en el año siguiente. En tu caso, esto hace referencia al año 2009 y 2010, ya que en 2009 cambiaste de residencia a casa de un familiar y aunque no tuvieras contrato de alquiler podías acreditar este cambio.

    Lo que pasa, es que de nuevo, con el nuevo trabajo que aceptas en 2011, puedes volver a aplicar la reducción por movilidad geográfica para el 2011 y 2012, porque de nuevo vuelves a cumplir los 3 requisitos, no?

    Te recomiendo que acudas a un asesor fiscal y que te comente mejor para tu caso en concreto. Un saludo,

  13. en respuesta a pablo_sp
    -
    Top 100
    #307
    22/04/14 10:37

    Buenos días,

    Deberías inscribirte en la oficina de empleo de Granada, y que en el contrato de trabajo conste una fecha posterior a la inscripción en el paro. De todos modos, acude a un asesor fiscal y que te comente que hacer en tu caso concreto.

    Un saludo,

  14. #306
    21/04/14 15:51

    Buenas tardes:
    Hace unas semanas me llegaron 3 sobres de hacienda indicandome que habían iniciado un procedimiento de comprobación limitada, porque no se había aplicado de forma correcta la reducción por movilidad geográfica en los ejercicios 2010, 2011 y 2012. La situación es la siguiente:
    Estaba inscrito en la oficina de empleo en Burgos (donde vivía), y empecé a trabajar en Madrid a finales de noviembre de 2009. Como se trataba de un contrato de sustitución, de 3 meses de duración, permanecí provisionalmente en el domicilio de un familiar, por lo que el primer contrato de alquiler de piso que tengo ya es del año 2010. Seguí trabajando en Madrid durante 2010 y parte de 2011, cuando me volví a quedar en paro y me apunté al paro en la provincia de Burgos. 3 meses después volví a encontrar trabajo en Madrid, por lo que la nueva empresa me volvío a aplicar la movilidad geográfica en 2011 y 2012.
    Después de enviar a hacienda la documentación que me solicitaban, han resuelto que la reducción se aplica sólo a 2009 y 2010, ya que después no ha habido cambio de domicilio (en realidad, durante el periodo en que estuve en paro en 2011, no llegué a cambiar oficialmente de residencia, aunque estaba entre los 2 sitios)
    En la declaración de 2009 (con sede fiscal aún en Burgos), no figura la reducción por movilidad geográfica, aunque este año sólo coticé poco más de un mes
    Mi duda es si al haberse producido el cambio oficial de residencia (con contrato de alquiler)durante el año 2010 (aunque comencé a trabajar a finales de 2009), la reducción debería aplicarse a los ejercicios 2009-2010 (como dice hacienda) o 2010-2011. En la desgrabación por alquiler de vivienda habitual del año 2010, se comprueba que sólo la he aplicado para la parte de este año en la que tenía contrato de alquiler.
    También me gustaría preguntar si existe algún riesgo (algo que perder) en caso de interponer un recurso de reposición constra esta resolución
    Un saludo y gracias

  15. #305
    21/04/14 12:49

    Buenos días, espero que puedan ayudarme.

    Resulta que acabé la carrera en Diciembre en Granada, y en abril me ofrecieron trabajar en una empresa en Madrid. A la hora de firmar el formulario de IRPF, vi lo de movilidad geográfica e hice un tick confirmándolo ( pues soy de Granada y me voy a Madrid por 2 años).

    Luego de leer los requisitos para solicitar la movilidad geográfica, vi que debía estar inscrito en la oficina de empleo. El contrato en si no está firmado aún, solo papeleo previo de seguros y otras declaraciones. ¿Sirve inscribirme mañana a primera hora en la oficina de desempleo y continuar el trámite?

    Un saludo y muchas gracias por su atención :)

  16. en respuesta a rachercu
    -
    Top 100
    #304
    16/04/14 13:03

    Bienvenida a Rankia,

    Por lo que me dices no estabas inscrita en la oficina de empleo, si lo estabas, lo tendrás que acreditar con la tarjeta de desempleo. Y por otro lado, también tendrás que acreditar que has cambiado tu domicilio habitual a otro municipio con el empadronamiento en el nuevo municipio o con el contrato de alquiler.

    Un saludo,

  17. Nuevo
    #303
    16/04/14 12:10

    Hola buenos días,

    Me gustaría saber si en mi caso podría solicitar la aplicación de la reducción por movilidad geográfica. Y es que el curso pasado, estaba trabajando en mi CCAA con un contrato de 2 horas al día (no estaba inscrita como demandante de empleo puesto que sí que estaba trabajando y en el mismo sitio algunas veces tenía contratos más aceptables) pero en el mes de Marzo me llamaron de otra CCAA de una bolsa de empleo a la cual no podía renunciar. La cuestión es que de los tres requisitos que se me piden:
    - Haber estado inscrito en la oficina de empleo.
    - Aceptar un puesto de trabajo en un municipio distinto al de residencia habitual.
    - Que se traslade la residencia habitual a un nuevo municipio.

    El primero no sé como documentarlo y los otros dos sólo lo haría mediante un contrato de trabajo en el que se puede ver, evidentemente, que no puedo ir y volver todos los días de mi domicilio habitual.

    ¿Que hago? Gracias de antemano

  18. en respuesta a Amparo Sisternes
    -
    #302
    15/04/14 16:23

    Gracias Amparo,
    Así es, en agosto 2012 acaba el contrato que empezó en 2011 y el 03/09/2012 ya se realiza inscripción en el SAE por desempleo. Comencé el proceso para solicitar la prestación, pero el 17/09/2012 me ofrecieron nuevo contrato en otra nueva localidad distinta y acepté, por lo que anulé la petición de prestación.

    En el informe de periodos de inscripción en la oficina de empleo, aparece el periodo 03/09/2012 - 24/09/2012, durante el cual obtuve el nuevo contrato.

    El contrato empezó el 17/09/2012, en otra localidad que supuso alquiler de vivienda (tengo un contrato de alquiler desde septiembre a junio 2013, que se modificó con otro en enero 2013, para bajar el precio de la mensualidad).

    Entiendo por tanto, que aunque usara este concepto en los ejercicios de 2011 y 2012, también corresponde en el de 2013 por este nuevo contrato y cambio de localidad con contrato de alquiler que lo justifica.

    Muchas gracias por tu pronta respuesta.
    Un saludo

  19. en respuesta a mjlepa
    -
    Top 100
    #301
    15/04/14 16:12

    Bienvenido a Rankia,

    Si, en el período de desempleo de agosto - septiembre 2012 se cumplen de nuevo los requisitos para aplicar la reducción por movilidad geográfica al cambiar de domicilio habitual por motivos laborales. Si cumples el requisito de cambiar de domicilio habitual con el contrato de alquiler o el empadronamiento podrás aplicar esta reducción para los ejercicios 2012 y 2013.

    Un saludo,