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  1. en respuesta a Spigon
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    #40
    15/06/10 21:18

    A ver, si es un certificado bancario tiene un coste (lo tienes colgado en la pagina web del Banco) Si se hace ante notario, y eso es necesario para cancelarla en el registro, tienes el coste del Notario, el del registro, en algunos lugares Hacienda, y en la inmensa mayoria de los casos el desplazamiento del banco al Notario. Y me parece mucha diferencia la que señalas (para una hipoteca normal, sobre un solo inmueble, y si no se aplican impuestos, que en casi ninguna CA ya se hace, 1600 me parecen muchos.
    busca el arancel notarial, el registral, y las comisiones publicadas por tu Banco. Y pide a las notarias que desglosen el presupuesto.

  2. en respuesta a Echevarri
    -
    #39
    12/06/10 18:49

    Gracoas Echevarri: Por hacer un papel no me refiero a firmar la escritura de cancelacion sino a hacer un papel que diga que la hipoteca esta cancelada. Respecto a la que cuesta te dire que una notaroia me dce que unos 600 euros, otra 1625 Euros, y la OCU, que permite calcularlo, au menos. Ya nse que elegire la que menos me cueste pero ¿¿ Donde esta la Jurispriudencia, o mejort dicho, lo reglado,
    Saludos

  3. en respuesta a Exconfiada
    -
    #38
    11/06/10 22:23

    Exconfiada, supongo que has firmado alguna clasula de cesión de datos. Pero en todo caso te vuelvo a insistir en que deberias ponerte en manos de un abogado. Ya.

  4. en respuesta a Spigon
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    #37
    11/06/10 22:21

    Si por hacer un papel te refieres a firmar una escritura de cancelación de hipoteca lo que es frecuente es que el Banco te cobre por desplazarse a la Notaria. Y si, que yo se pa lo estan haciendo y no me suena jurisprudencia en contra.
    Y respecto a cuanto te cuesta, tan fácil como consultar en Notaria.

  5. en respuesta a Exconfiada
    -
    #36
    11/06/10 22:20

    Cuando digo que hay cosas que me extrañan me refiero a que la entidad financiera prefiera tener esa garantía personal a una hipotecaria, por ajustada que esta sea, y más que prefiera optar por la vía judicial. Ahora bien, cuando hablamos de recurrir a un abogado no estaba pensando en hacerlo para ir contra el profesional del Banco (también yo lo veo complicado). Me refería a que si el Banco está optando por esa vía, lo normal es que tu tengas un abogado que te asesore y negocie en tu nombre.

  6. en respuesta a Supercal69
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    #35
    11/06/10 22:17

    Supercal69, te recomiendo que uses google y busques aceptación a beneficio de inventario. Ahí podrás aclarar todas tus dudas.Pero por matizar, para que se venda el piso, y dado que tu estas muerto, tu padre debe aceptar la herencia antes. Es ahí donde debe manifestar que lo hace a beneficio de inventario. Y si es asi, la responsabilidad de tu padre se limita a lo obtenido con el fruto de la enajenación de esos bienes.

  7. #34
    09/06/10 18:44

    Echevarri, soy otra vez exconfiada. Vuelvo a escribirte sobre el mismo tema porque me traen de cabeza. Hoy he recibido una carta sin certificar de una empresa de cobros a la que el banco ha encargado la gestión del cobro de la deuda. O sea, el banco se esta desentendiendo totalmente de mis quejas y reclamaciones, por lo visto no parece querer entrar a resolver mi queja, porque al Defensor del cliente no le llega la documentación, y ya me han contestado en plan "pasota" que cuando pasen los dos meses que me vaya al Banco de España.
    Mi pregunta es la siguiente: ¿Hasta que punto tiene el banco derecho a informar a esta empresa de mis datos personales? Porque he hablado con el Banco de España y me han dicho que me pusiera en contacto con la Agencia de Protección de datos.
    En la carta que me han enviado hoy pone en "letra pequeña" que para cualquier aspecto relacionado con la protección de datos de carácter personal tendré que dirigirme a la entidad. Eso supongo que quiere decir que ellos se lavan las manos y que quien les ha proporcionado la información es el banco, con lo cual no son responsables ¿no?
    ¿Hasta que punto pueden exigir el cobro de una deuda mientras está pendiente una queja por el mismo tema en el Defensor del cliente y ellos mismos están vulnerando su propio Reglamento para la defensa del cliente, donde dice que estan obligados a proporcionar al Defensor del Cliente cuanta información sea solicitada con la máxima rapidez, seguridad y coordinación (y llevan mes y medio sin proporcionar dicha información)?
    Por favor, aclarame estas dudas y también la anterior que te envie porque me dejaste desorientada. Muchas gracias por resolvernos todos estos temas, porque sin tí muchos no sabriamos donde acudir. GRACIAS.

  8. #33
    03/06/10 23:09

    Bueno, yo quiero saber, si es posible, de una forma clara y contundente ( si ello es posible), perdon digo esto porque he visto comentarios que no lo aclaran en su totalidad, respuesta a la siguiente cuestion :
    Acabo de cumplir el ultimo plazo de la hipoteca de mi vivienda y me dispongo ha hacer la escritura de cancelacion. El notario pensaba elegirlo yo y quiero saber : 1º ¿¿ El banco me debe cobrar ,o no, por hacerme un papel que diga que la hipoteca esta pagada en su totalidad ?

    2º.¿ Me pueden obliga a pagar " algo " por "desplazarse" al notario que yo fije estando este en la misma localidad que la entidad ?

    3º La hipoteca fue de 11.500.000 Pts, = 69000 Euros, ¿ cuanto me costara aproximadamente ( tengo entendido que aplicando la minuta justa es " muy poco "

    Gracias por todo.....

  9. en respuesta a Echevarri
    -
    #32
    03/06/10 18:25

    Gracias, Echevarri, por contestar a mis preguntas, pero me has dejado totalmente desconcertada, con lo que has puesto entre paréntesis ¿No podrías ser más explicito? Ya lo he consultado con un abogado, pero no ve claro ir a juicio por daños y perjuicios contra esa persona del banco, porque dice que puede que no lo gane y tenga que pagar encima las costas del juicio. Por favor, respondeme a eso de que "hay bastantes cosas que te extrañan", porque no lo entiendo. Gracias.

  10. en respuesta a Echevarri
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    #31
    03/06/10 02:41

    Creo que es evidente que tienes muchos mails que responder en muy poco tiempo, y tienes que ser breve, pero esta respuesta me resulta poco clara. Entiendo que si yo muero debiendo 120K y el piso se vende por 100K, los del banco se dirigen a mi padre. ¿Mi padre solo tiene que decir que se acoge al beneficio de inventario y entonces el banco no puede hacer nada mas, y pierde 20K?

  11. en respuesta a T2a7t9o1
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    #30
    31/05/10 22:55

    Son muchas preguntas y muy amplias. lgunas etsan respondidas en el blog, otras no. En todo caso, dada la complejidad, te recomiendo ue consultes con un abogado. A grossso modo no tienes que devolver lo deudicio, debes comuniocar tu cambio de residencia fiscal y es tod un tema cuando vas a poder empezar a desgravarte por la nueva vivienda....

  12. en respuesta a Exconfiada
    -
    #29
    31/05/10 22:52

    Exconfiada, hablaría con un abogado (aunque hay bastantes cosas que me extrañan)

  13. en respuesta a Supercal69
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    #28
    31/05/10 22:50

    Tus padres. Los herederos lo heredan todo, bienes y deudas, pero pueden hacerlo a beneficio de inventario (busca en google para entenderlo mejor).

  14. Nuevo
    #27
    29/05/10 14:22

    Hola Echevarri.
    Lo primero muchas gracias por el foro, creo que resuelve muchisimas dudas y ahora hay va la mia

    En mayo del año pasado realice´ una disolucion de condominio de un piso que habia comprado a medias con mi novia en 2004
    El piso habia costado unos 120.ooo euros (aprox). Para la hipoteca quedaron 90.000 euros aprox. En el momento de la disolucion de condominio faltaban por pagar unos 60.000 euros. Yo no queria nada del piso, queria que se quedase ella con el ( y con la hipoteca que restaba, claro...) El caso es que acudio´ a una asesoria para que le realizasen los tramites y en la disolucion se pacto´ que ella se quedaba con el piso y me compensaba con un coche que habiamos pagado a medias pero estaba a su nombre y ajuar, todo ello valorado en unos 35.000 euros.
    Hace unos meses me llamaron de los servicios tributarios de mi comunidad autonoma diciendome que no habia pagado los impuestos de esa operaci´´on y tuve que pagar por el ajuar y la tramsmision del coche 1500 euros. Ademas, desde que lo dejamos paso un año hasta que realizamos la disolucion y durante ese tiempo yo pague la hipoteca. Estuve pagando unos 600 euros durante los meses de enero, febrero, marzo y abril de 2008 que este año no he declarado en el irpf(de ese dinero a mi me corresponderia, de cara a hacienda, la mitad, ya que en la hipoteca estamos al 50%) el resto del tiempo declare´ a hacienda los pagos como deduccion por vivienda habitual. Esos pagos del año 2008 no los realice porque ademas, este año he tenido que hacer la declaracion en Alava (hasta ahora la habia hecho en Asturias) Calculo que habre´ desgravado por unos 30.000 euros o un poco m´´as.
    El caso es que este año se acaba el plazo para poder desgravar por vivienda habitual y yo quiero comprarme un apartamento en Asturias antes de fin de año y no tengo muy claro si ahora tengo derecho a desgravar por el nuevo piso. El piso lo comprare´ en construccion y este año entregare´ al promotor unos 20.000 euros, el año que viene otros 10.000 y luego me quedare con una hipoteca de unos 80.000
    Ya ves, tengo un lio monumental, porque encima aun estoy dado de alta hacienda de alava y el piso que me comprare´ esta en asturias. ¿debo darme de alta en hacienda en asturias antes de julio y hacer la declaracion del irpf el año que viene en la aeat? ¿tendre´ que devolver las cantidades por las que ya me desgrave´?, ¿se me restarian esos gastos de 1500 euros que me reclamaron por la disolucion de condominio?¿que pasara´ con esos 1200 euros que pague´ de hipoteca en 2008?
    En fin, es un poco lio ¿verdad?. Agradezco mucho tu interes y ayuda y agradeceria, en caso de que la consulta sea muy compilicada, que me pudieses orientar hacia algun asesor en asturias que me pudiese ayudar con esto.
    Muchisimas gracias

  15. #26
    29/05/10 14:11

    ECHEVARRI, SOY EXCONFIADA. POR FAVOR, CONTESTAME LO MAS PRONTO QUE PUEDAS LA ULTIMA CONSULTA QUE TE HECHO. ESTOY DESESPERADA Y NO SE POR DONDE SALIR. MUCHAS GRACIAS.

  16. #25
    27/05/10 16:17

    Buenos dias. si me he puesto como nombre de usuario exconfiada, es porque antes lo era con los bancos y desde que ha ocurrido lo que voy a relatar ya no me creo nada.
    se que va a ser una exposicion extensa, pero ya no se que hacer.
    este verano acudi a una sucursal del banco donde tengo la hipoteca para pedir una ampliación,puesto que mi piso habia estado alquilado y tuve que acudir a un juicio de desahucio para poder echar al inquilino, con lo gastos correspondientes de abogado y procurador,y puesto que el piso estaba en unas condiciones lamentables para poder vivir en él (el inquilino habia estado un año sin luz, agua y gas), y yo necesitaba la vivienda para uso propio, al no tener liquidez para los arreglos de la vivienda, solicite en agosto del año pasado una ampliación de la hipoteca al director de la sucursal antes mencionada. este me convencio de que ya que las obras del piso estaban comenzadas y yo tenía verdadera urgencia en irme a vivir alli (por motivos personales), primero me concederia un préstamo personal y mientras se iria tramitando la ampliación. me deje convencer como una tonta, y me vendio todos los productos: el préstamo personal, el seguro de vida, los gastos del préstamo, la tasación de la vivienda y el seguro del hogar. en octubre se hizo la tasación de la vivienda, que cubria perfectamente el 70% del préstamo, en noviembre me dice que tengo que poner el seguro del hogar con ellos para que me concedan la ampliación (460 euros porque ya iba incluido en el precio del seguro la ampliación) y a partir de ahi todo han sido excusas, evasivas, etc. porque nunca se me ha dicho si o no a la petición de ampliación.
    ahora me encuentro en una situación desesperada porque hoy recibo una carta del banco diciendome que como tengo dos cuotas impagadas del préstamo personal, me van a meter en listas de morosos y van a llevar mi expediente al servicio juridico del banco para iniciar acciones legales.
    no es que no pague las cuotas porque no quiera, es porque no puedo, ya que entre el préstamo personal y la hipoteca suman 806 euros, y mi sueldo es de 1.540 euros (que se verá reducido el mes que viene en un 5% al ser funcionaria).
    he reclamado al servicio de atención al cliente (desde el 2 de abril sin ninguna contestación hasta la fecha) al defensor del cliente (desde el 30 de abril, que no ha recibido la documentación que ha solicitado al banco), y mientras a mi me van cerrando cada vez más la soga alrededor del cuello, supongo que es con lo que juegan, porque como ellos tienen 2 meses para contestar, y luego el banco de españa 6 meses, tú estas cada vez más contra la pared.
    por favor, dame una respuesta lo mas urgente posible a este tema. te lo agradeceria muchisimo. un saludo.

  17. #24
    26/05/10 13:03

    Hola, soy nueva en esto. Nunca habia tenido que hacer tantos números para llegar a fin de mes. Lo positivo que era antes ser funcionario, se ha vuelto en nuestra contra. A mi ya me han dicho no en BBVA,ING DIRECT, OFICINA DIRECTA, BANESTO, BARCLAYS, y podria seguir ¿Dónde esta el dinero de los bancos para prestar a los que se supone tenemos una nómina fija todos los meses, aunque cada vez más pequeña? Quiero hacer una refinanciación de deudas y no hay manera ¿Me puedes dar algún consejo?

  18. #23
    24/05/10 01:04

    Hola,

    Soy titular de una hipoteca de la que me quedan por pagas 120.000€. El precio original del piso fue de 150.000€ pero ahore veo que el valor de mercado hoy es de 100.000€, menos de lo que debo aun. Pues bien, hace poco tuve un accidente en el que podia perfectamente haberme matado, y ahora tengo la curiosidad de que habria pasado con mi hipoteca entonces. Si una persona hipotecada muere y la venta del piso no da para saldar la deuda, ¿los herederos tienen que pagar la diferencia, o el banco la pierde? Yo estoy soltero y sin hijos ¿Quien seria entonces el heredero? ¿Mis hermanos, mis padres?

    Gracias por anticipado.

  19. en respuesta a Teresa221164
    -
    #22
    19/05/10 22:57

    Teres, si la entidad bancaria no acordado liberarte del pago sigues estando obligada al mismo, con independencia de que luego, y envirtud de esos acuerdos, puedas reclamarselo a tu ex...hablalo con el abogado que te asesoró.

  20. en respuesta a Tontus
    -
    #21
    19/05/10 22:56

    Tontus, re recomendaria vivamente que acudas a un abogado. Por un lado, cuando hablas de ilegalidad, no tiene nada que ver un edificio fuera de ordenación sin más con otro que invae el dominio público, por ejemplo. Por otro, estas inmerso en una Junta de Compensación. Buscate un ab. urbanista ya.