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215
  1. Nuevo
    #20
    10/05/10 21:50

    Hola,Sr. Echevarri, mi consulta es la siguiente:
    Hace mas de un año me separe y deje a mi marido el 80% del negocio que teniamos en comun y mi vivienda que tenia una carga hipotecaria pasaba a nombre de la empresa, asi esta pagaria la hipoteca puesto que yo no podia hacerla frente, todo ello mediante escritura publica.

    Hace poco me entero que mi ex marido no ha escriturado la casa en el registro de la propiedad ni en el mercantil. ¿Me vendran a mi a cobrar el credito hipotecario? ¿que puedo hacer? Estoy muy preocupada que me embarguen mi nomina y rentas.

    Muchas gracias y un saludo. teresa.

  2. #19
    09/05/10 18:27

    Ante todo muchas gracias y felicidades por este servicio que hacéis. Enhorabuena.
    Ahora a ver si me puedes ayudar con una duda que tengo:
    Estamos interesados en comprar una casita de unos 100m2 en un terreno de casi 1000m en una urbanización que hoy por hoy es ilegal. En el municipio de Marratxí, Mallorca.
    La casa (y algunos trasteros de la parcela) aparecen en el catastro cmom construidas en 1988.
    El caso es que se ha constituido una junta de compensación, los vecinos están haciendo urbanización; retranqueos, asfalto, alcantarillado, etc, etc. El proyecto de urbanización aparece aprobado por el Ayuntamiento en el boletín de la Comunidad Autónoma (BOIB-2008). Según me comenta el que hace de administrador de la junta, los vecinos han pagado las derramas de las obras y van según presupuesto.
    Entiendo que el Ayuntamiento planea recepcionar, legalizar o como se diga la urbanización en cuanto estén las obras generales acabadas, he quedado con el arquitecto del Ayto para ver el tema en detalle. y aquí empiezan mis dudas.
    ¿qué le queda a esto? Me refiero a que entiendo que el Ayto. visita las obras de urbanización, y hay que hacer unos planos de la casa para legalizarla con un arquitecto, ir al registro, al Ayntamiento, te ponen una multa por haber construido en rústico, el valor de la inscrrpción de obra nueva antigua, cómo se calcula... necesito un poco de guión, con una idea de lo que puede costar cada paso, para lo que es el procedimiento general para estos casos, obviamente de las cosas particulares del Ayto. ya me enteraré en persona.
    Gracias por adelantado.

  3. en respuesta a Maltijo
    -
    #18
    04/05/10 19:29

    Es tan ridiculo el coste que muchas entidades financieras no acaban de verlo rentable en relación con el riesgo que supone, de ahi que suelan pedir pignoraciones.

  4. en respuesta a Luis m.
    -
    #17
    04/05/10 19:29

    Luis, lo que no te debe acabar de llenar no es tanto mi respuesta como la triste realidad del mercado del alquiler en España. Si buscas alquiler o arrendamientos en mi blog, verás a que me refiero. Hoy por hoy, como paliativos tenemos los avales, los seguros, los arbitrajes (desaconsejado) como herramientas privadas. Desde la optica publica existen las figuras que comentas, pero en cada Comunidad son muy distintas (no tiene nada que ver la del País Vasco con la de Madrid, por ejemplo). Como institución común esta la SPA. En general, su exito es muy muy mediocre o cuestionable. O bien te avalan ellas, o bien llegan a aun acuerdo convenio con una aseguradora. Entre nosotros, sio hace años podía ser una solución, hoy por los problemas que te puedes imaginar, no tienen capac. financiera para soportar ese mercado de alquiler ineficiente.
    Lo dicho, que te avalen.

  5. en respuesta a Luis m.
    -
    #16
    Maltijo
    04/05/10 19:10

    No entiendo por qué dices que el aval es demasiado gravoso para tu futuro inquilino. Me suena a excusa que te pueden dar para no hacerlo, pues el coste anual puede estar en un 2-3% de la renta anual. Te enlazo hilo en el que se comentaba este asunto: https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/450745-ejecucion-aval-por-impago-alquiler

    S2

  6. #15
    04/05/10 18:31

    Buenas tardes Echevarri, la respuesta que me diste sobre el aval no me acabó de llenar pues no se si existe otro tipo de garantía que el arrendador pueda exigir al inquilino para asegurarse del pago de la renta aparte del aval bancario.Por otro lado,me gustaría me explicaras un poco en que consiste la SPA y estas agencias estatales de intermediación para el alquiler pues en caso de que el inquilino no de garantías, poderles ofrecer el piso a estas sociedades.No se que requisitos me pueden exigir o si ponen muchas pegas para hacerse cargo de los pisos.Muchas gracias.Luis M.

  7. en respuesta a 0295jaguar
    -
    #14
    30/04/10 21:58

    1. Sobre los pagarés de Nueva Rumasa no los acabo de ver. Me falta información, mucha información y no me gusta como se han vendido.
    2. Sobre tu consulta, tampoco lo acabo de ver.
    a) ¿De donde sacas que vas a recibir seguros 2000 euros de devolución del IRPF? Lo digo ya que la deducción fiscal de la que gozabas hasta ahora desaparece dado que este ptmo no es para adquirir vvda.
    b) El tema no es que suba el euribor, que es lo normal. El tema es que lo normal es que la situación que se de que es el coste de la hipoteca sea más caro que los depósitos. Esto no es sostenible, y papá estado no podrá salvar a todos. En dicho sentido ya sabes lo que implicarán los golosos depósitos. Y poner como garantía tu casa a expensas de depositos en entidades cada vez más débiles que necesitan realizar ofertas especiales....no se...
    c) No has presupuestado los gastos de cancelación registral (no es mucho en algunas CCAA, en otras si)
    Entre tu y yo no lo acabo de ver, pero yo soy conservador.

  8. en respuesta a Luis m.
    -
    #13
    30/04/10 21:49

    Lo tienes muy complicado. El aval es mejor que nada, incluso diría mejor que el seguro (me refiero a determinadas modalidades). De lo que huria es de determinados paquetes de seguro+arbitraje. Si lees el blog lo entenderás.

  9. #12
    29/04/10 19:13

    Hola, es la primera vez que utilizo este tipo de consultas pero he leido varios consejos tuyos y me gustaría que me dieras tu opinión acerca de la siguiente propuesta de mi banco.
    Acabo de terminar de pagar la hipoteca de mi casa y el banco me propone un nuevo préstamo (de los que llaman preconcedidos)de hasta 60.000 € con garantía hipotecaria al euribor + 0.55 a pagar hasta en 30 años, es decir, y dicho por ellos, es un préstamo personal encubierto pero hipotecario.
    Como cualquier mortal y más en los tiempos que corremos ni por asomo se pensaría uno en volver a endeudarse con el banco y menos por 30 años, pero la idea es la siguiente y es la que quiero que me digas si sería factible o no.

    Solicito 60.000 € a 25 años. Cuota resultante: 250 € (cuota cómoda, por ahora), el euribor al 1.23 + 0.55 = 1.78.
    Gastos de constitución de hipoteca 2.500 €.
    Invierto esos 60.000 € en algún depósito (ahora al 4%) aunque más tarde se verán al 5%; y los beneficios netos obtenidos (unos 2.000 € anuales) más otros 2.000 € de devolución de hacienda cada año (asegurado) los amortizo en el préstamo (no lleva % cancelación parcial).

    Se que el euribor no va a estar siempre al 1.23, pero tampoco los depósitos al 4%; ambos subirán.

    Según mis cuentas acabaría de pagar el préstamo en 9 años y el gasto de la operación sumados los intereses anuales del préstamo durante esos 9 años y los gastos de constitución de hipoteca, serían unos 10.000 € aprox. y tendría los 60.000 € para mi.

    La gran duda es si ahorcarme otra vez o no y si la rentabilidad que voy a obtener es o puede ser aceptable en relación con el endeudamiento durante ese tiempo estando pendiente de la subida del euribor y con la posibilidad que existan buenos depósitos a la hora de invertir el dinero cada 12 meses.

    Espero no haberte aburrido con mi exposición. Gracias.

    Antes de enviar el comentario, me podrías decir que piensas acerca de los nuevos pagarés al 10% de nuevarumasa, negociados (en principo por MG valores AVB)

  10. #11
    27/04/10 18:45

    Buenas tardes,en cosa de un mes, más o menos, quiero comprar un piso de 2º mano para alquilar,o sea,como inversión. Teniendo en cuenta la actual coyuntura económica,de paro y de inestabilidad laboral,y la indefensión de los arrendadores ante posibles impagos de los inquilinos,no quiero alquilar un piso y estar todos los meses con el corazón en un puño de si el mes que viene cobraré o no, porque si con mis ahorros hago una inversión es para tener una tranquilidad, no para estar en un continuo sinvivir. Cuando lo alquile,he pensado en exigir un aval bancario al posible inquilino, ante la posibilidad de que esta petición no sea aceptada por muchos, me gustaría saber si existe alguna otra garantía,otra figura jurídica para el arrendador de cobrar puntualmente su renta que no sea tan gravosa para el arrendatario.Muchas gracias por su ayuda. Luis M.

  11. en respuesta a Manelpetit5 5
    -
    #10
    30/03/10 23:26

    No.

  12. Nuevo
    #9
    30/03/10 15:42

    Tengo una duda: al hipotecante no deudor, ¿en caso de ejecutar el banco la hipoteca y no quedar cubiertas las costas e intereses de la ejecución con lo obtenido, se le podrían reclamar las costas? Gracias de antemano.

  13. en respuesta a Berpi
    -
    #8
    29/03/10 21:53

    Gracias berpi, a ver si saco los de febrero antes, ;)

  14. #7
    29/03/10 12:11

    Hola, felicidades por el blog.

    Propongo un candidato para los premios Hearst de marzo 2010:
    "Sin vivienda, pero con una hipoteca a cuestas"

    http://www.publico.es/dinero/303547/vivienda/hipoteca/cuestas

    Un saludo

  15. en respuesta a Sermartana
    -
    #6
    27/03/10 14:21

    Depende de las condiciones que puedas conseguir por un persona y de la fiscalidad de ITP y AJD en tu región. Los gastos de un personal suelen ser mucho mas limitados que los de un hipotecario. El notario cobra bastante menos (un 3 por mil), no hay AJD y no hay que inscribirlo ni tasar la vivienda. La idea es que respuestes los costos de ambas operaciones y luego compares los tipos (no creo que consigas una gran oferta para un hoipotecario de 30000,pero quizás si para un personal de ese importe) Seguramente los numeros apùnten al personal. Eso si, el plazo será más corto del habitual en hipotecas, entre 5 y 10 años.

  16. en respuesta a Sermartana
    -
    #5
    27/03/10 14:17

    Sermartana, mi opinión es que, si bien el post de euribor técnicamente es correcto el endeudamiento, en si, es una herramienta poderosa pero también un riesgo, por lo que conviene reducir plazo, especialmente si como sucede ahora los tipos están en mínimos (este aspecto creo que debe valorarse conjuntamente con otros aspectos como el de la fiscalidad). Respecto a que le banco no mira el plazo no me lo creo.

  17. #4
    24/03/10 22:08

    Buenas tardes.
    Te quiero plantear un tema para que me puedas dar consejo.
    Tengo una hipoteca pendiente de 70.000 € y quiero comprar otra vivienda para la que me faltarían unos 30.000 €. He hablado con el banco de la hipoteca de mi primera vivienda para ver si podía ampliar capital, y así, no tener que hipotecar la segunda y me dicen que no se puede ampliar capital con esa hipoteca. La segunda opción sería hipotecar la segunda vivienda; pero me parece ridículo para 30.000 €, hipotecar la casa; aunque podría aprovechar la ocasión para solicitar más capital. Otra opción, sería pedir un préstamo personal para esos 30.000 €.
    Me gustaría que me aconsejaras para ver la solución a adoptar.
    Gracias de antemano.

  18. #3
    23/03/10 10:57

    Buenos días, Echevarri; enhorabuena por tu blog.
    He visto tus intervenciones en el foro en los temas de si es mejor reducir cuota o plazo cuando amortizas capital en una hipoteca, pero también he visto un enlace con una opinión bastante fundada "http://www.euribor.com.es/2008/09/29/peras-o-manzanas-cuota-o-plazo/". Además también he visto opiniones diciendo que es mejor tener menos cuota porque así de cara a endeudarnos más, el banco sólo mira la cuota mensual de endeudamiento y no, el plazo que nos queda.
    Me gustaría saber tu opinion al artículo que te he enlazado y si se está en lo cierto en el comentario que te he hecho de cara a endeudarte más.
    Gracias de antemano. Un saludo.

  19. en respuesta a Rosmoncas
    -
    #2
    05/03/10 22:26

    Rosmoncas, sinceramente no entiendo gran cosa de lo que me cuentas. En todo caso siempre recomiendo lo mismo en estos casos: abogado. Y para cobrarse no se preocupe, que aparte del piso pueden tirar de cualquier bien de su hijo de aquí a la eternidad.

  20. Nuevo
    #1
    01/03/10 20:47

    Es un poco lioso,intentare ser concisa,mihijo despues de comprar una casa y subrrogarse a la hipotecade la constuctora en el banco,no ha podido seguir con los pagos,pero al parecer,la escritura estaba con algun error,pues en la nota del registro,aparece aun a nombre de la constructora,y la hipoteca a nombre de mi hijo,ahora,como hace el banco para cobrarse la deuda