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Participaciones del usuario joanbe - Fiscalidad

joanbe 16/07/14 22:29
Ha respondido al tema Valor de adquisicion de una propiedad heredada
Si no voy errado sería el declarado en el Impuesto de sucesiones, que debería coincidir con el declarado en el impuesto municipal sobre el incremento del valor de terrenos de naturaleza urbana (plusvalía).
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joanbe 13/07/14 12:56
Ha respondido al tema Si te jubilas a los 61,¿como se calculan los años?
Calculo que has nacido en 1960, estás en paro y no cuentas con encontrar empleo los próximos 7 años porque es la única forma de acceder a la jubilación con 61 (sin ser funcionario de MUFACE). ¿Cuántos años tienes cotizados a fecha 31 de julio actual? http://www.seg-social.es/Internet_1/Trabajadores/PrestacionesPension10935/Jubilacion/RegimenGeneral/Jub%20%20anticipada%20voluntaria%202013/index.htm La base de cotización, ahora y hace varias reformas, se basa en los últimos años COTIZADOS. También ahora, como antes, a la base obtenida se le aplica un porcentaje de reducción por cada año que falte para la edad obligatoria. En general un 8% anual por cada año, aunque, con la última reforma, depende de los años cotizados. En resumen, se contaría hasta la fecha de jubilación efectiva, no la teórica o forzosa. http://www.plusesmas.com/jubilacion/derechos_jubilacion/jubilacion_anticipada_2014_las_condiciones_de_acceso_se_endurecen/3230.html http://www.jubilacionypension.com/jubilacion/anticipada/la-jubilacion-anticipada-forzosa-se-mantendra-en-61-anos/ Lo que dice estos diarios hay que contrastarlo con la web de la Seguridad Social pues lo simplifica bastante.
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joanbe 13/07/14 12:12
Ha respondido al tema Plusvalía municipal doble
Igual me confundo pero ... si pagó hace más de 4 años no resulta viable que le exijan ahora la diferencia. La Administración (ayuntamiento de donde sea) puede girarle una liquidación revisada pero dentro de los 4 años siguientes al plazo para presentarla. Que alegue prescripción de la deuda si realmente nada le han dicho en todo ese tiempo. Lo que legalmente no puede alegar es que "si lo llega a saber" hubiera renunciado. "A lo hecho, pecho". De todos modos alguna confusión tienes porque hablas de "Agencia tributaria", que podría ser del Ministerio de Hacienda o de la Generalitat de Catalunya, pero no conozco ningún ayuntamiento que llame así a su organismo tributario. Y la plusvalía es municipal no estatal ni autonómica. Por tanto puede que no sea la plusvalía lo que le piden y si el Impuesto de Sucesiones (competencia de la Generalitat), al que se le aplica el mismo período de caducidad de 4 años desde que se presentó (o debía presentarse) la declaración y siempre que no haya habido alguna notificación intermedia.
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joanbe 04/07/14 16:36
Ha respondido al tema Soy arrendador : ¿Me podría fastidiar el arrendatario de la plaza de garaje si presenta el contrato a hacienda?
Un poco de porfavor. Para estafar las cantidades de quienes citas, personajes públicos que influyen en el contenido de las leyes, avariciosos compulsivos y sin ninguna necesidad material de cometer tales desfalcos para mantener su nivel de vida (muy por encima del de la media) hace falta más de 10.000 estafadores a pequeña escala. Evidentemente no es defendible pero no me parece comparable sisar 100 euros a Hacienda que sustraer algunos milloncejos del erario público.
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joanbe 01/07/14 00:25
Ha respondido al tema Ayuda propuesta de liquidacion provisional
Según el Padre de 2012 (creo que esencialmente idéntico a varios años anteriores al 2010) ese uno sale de poner "B"= Hijo o descendiente exclusivamente del «Primer declarante» (o persona vinculada únicamente al «Primer declarante» por razón de tutela o acogimiento), siempre que, tratándose de hijos, estos no convivan con el otro progenitor. En el impreso de declaración se visualizará la clave numérica 1 en la declaración conjunta y en la declaración individual del "primer declarante" Así que suerte tenéis si no os han impuesto una multa. Podríais solicitar un aplazamiento o unos plazos pero cuanto antes paguéis menos intereses os cobrarán.
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joanbe 17/06/14 17:58
Ha respondido al tema ¿Que hacer cuando no declaran tus facturas? - declaración de la renta
Perdón por la obviedad, pero ¿la suma de ambas superaban los 3000 euros? Como de debes saber (o al menos yo así lo recuerdo) hay obligación de comunicar los clientes/proveedores a quienes se factura/nos facturan más de 3000 euros anuales. Si no alcanza la cifra no se pasa notificación a la AEAT. Cuando yo tenía responsabilidad en la gestión económica y no me cuadraban los datos con el proveedor le llamaba para contrastar la información. En general, alguna facturada olvidada (por una u otra parte) o bien algún desajuste en la fecha de contabilidad (diciembre/enero, fecha albarán o fecha de pago, ...). Si tú declaras y el cliente no, en el peor de los casos, puede provocar una supervisión de la AEAT al cliente, que deja de declarar un gasto. Si hace esto DE FORMA INTENCIONADA, siendo malpensado, es porque deja de declarar un ingreso relacionado con ese gasto, pero todo eso son elucubraciones que a ti ni te va ni te viene, supongo.
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joanbe 03/05/14 14:16
Ha respondido al tema Pago de plus valia de una vivienda por herencia
La plusvalía no carga la compraventa sino la transmisión de propiedad. Por ello se cobra cuando se obtiene por herencia. Dando por exacta la aportación de lunatico (aunque yo no lo veo tan claro), en cualquier caso la plusvalía se calcula entre el precio de la adquisición anterior y el de adquisición actual, que si se ha producido en pocos años es muy inferior (teóricamente podría llegar a ser 0 en base al descenso del valor de las viviendas o si se hace con pocos meses de diferencia) a si han transcurrido algunas décadas.
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joanbe 02/05/14 14:30
Ha respondido al tema Sobre notarios y donaciones presuntas.
Las opiniones de los usuarios sirven de poco. He tratado con casi una docena de notarios y no aprecié en ninguno una esmerada atención al cliente que paga. Una honrosa excepción en uno que aconsejó prudentemente a un padre ya mayor no renunciar a sus bienes en favor de sus hijas maduritas. Mi opinión sobre el colectivo no es muy edificante pero como alguien ya apuntó (igual que en las sentencias judiciales) siempre te hacen firmar la coletilla que significa que "has sido suficientemente informado" o "se han aplicado todos los requisitos legales", con lo cual no hay por dónde combatir la desidia del fedatario.
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