Los importes a los que haces referencia son de RENTAS. Es decir: tu hijo puede tener una cuenta con 100.000 euros, y, si no produce intereses, no afecta a vuestra declaración. Si los intereses superan los 1.800 euros anuales, entonces es cuando pierdes el derecho a incluir al niño en tu declaración, porque él está obligado a hacer la suya propia en cuanto supere los 1.600 euros de capital mobiliario. Por tanto, no os preocupéis, que, tal y como funcionan ahora mismo los bancos, con las cantidades que barajais el niño no va a obtener esos intereses nunca.
En la casilla de "importe de la deducción y maternidad", que está a 0, se pone el importe al que tienes derecho; si no pone ahí los 1.200, entonces, parece que, a lo cobrado anticipadamente, no tenías derecho y, por eso, te hace devolverlo. Entra en el apartado de la deducción de maternidad y ve leyendo todo despacito hasta que encuentres los desplegables donde tienes que poner que estabas cobrando subsidio en los primeros 11 meses del año y trabajando el último.
Tal cual Y, además, si se ha pagado algo con un "cheque guardería" de los que dan algunas empresas como retribución flexible, hay que restarlo del total abonado a la escuela infantil.
Eso no tiene sentido. Por favor, pon un pantallazo de la motivación de la notificación en la que te dicen que no tienes derecho a la deducción (sin que aparezcan tus datos personales), porque no queda clara tu situación.
Es que la AEAT no es la Seguridad Social, son organismos diferentes; por tanto, en el RentaWeb no te van a impedir que apliques una deducción, eres tú quien tiene que saber si tiene, o no, derecho a aplicarla. En este caso, tú mujer perdió el derecho a la deducción desde la fecha en que se aprobó el complemento a la infancia. Si pides la deducción improcedente, luego te la reclamarán con intereses y sanciones.
Si la ayuda a la infancia está aprobada con fecha posterior a 31-12-2022, entonces no existe derecho a la deducción de maternidad; lo que hayas cobrado desde la fecha de aprobación del complemento a la infancia tienes que devolverlo en la declaración, o exponerte a que, posteriormente, te hagan una comprobación y tengas que pagarlo igual, pero con sanciones e intereses de demora.