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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#19351

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Es cierto Anlomar así es,o así lo entiendo yo
Yo he cotizado 37 años y 10 meses..,me han dado una IPT , hace 8 meses, he visto mi simulación de Jubilación me pone a los 67 años (tengo 58), y la cantidad a percibir varía unos 100€, Pero digo yo.Lo primero es Mi Salud, yo a estas alturas dejo de ganar 5000€ al año
Pagas extras Beneficios Nocturnidad Horas extra, pero prefiero mi Salud a 5.000€ al año
No entiendo las personas que dicen que están enfermas ( será cierto claro) y se están mirando calculando revisando céntimo a céntimo cuanto le va a quedar de paga...No es mejor tener Buena Salud?
#19352

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Marioneta, creo que ya hemos visto el tema de jubilación, 52 años y paro.
Debes esperar a ver que pasa con tu expediente de incapacidad y mientras pensar lo que a ti te conviene. Cuando pasases la inspección en el punto 2 si tú crees que puedes trabajar y quieres se lo dices al médico para que en el informe de síntesis te lo ponga y la inspección médica, punto 3 te de el alta.
Si no puedes trabajar es tontería que pienses en la jubilación por que necesitas una incapacidad.
Lo primero es la salud y dejar que lleguen las cosas sin necesidad de buscarlas que aquí cada uno tiene su calvario.
Piensa primero en tí y si te queda un 75% en una IP con un mínimo de salud es mejor que un 100% de jubilación sin salud.

#19353

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Bon dia, Santi;
A pesar de no tener ánimos para entrar en el foro, no puedo dejar de mostrar mi indignación.
Sin recurrir a tópicos kafkianos, ya demasiado gastados, poca cosa puedo aportar.......... absurdo ya es un vocablo obsoleto, se queda corto para describir tu situación.
Buen fin de semana.
Salut.

#19354

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias Carla, la salud es lo más importante, y yo he estado a punto de perder todo. Trabajar no, sobre todo por prioridades claras que tengo, que siempre he tenido, pero después de esto, mucho más. Pero quizás ver si es posible un despido, sería una posibilidad. Por ello, quiero tener en la medida de lo posible los escenarios que pueden darse, y si puedo elegir, elegir lo mejor posible. 
#19355

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Yo te aconsejo que hables con un abogado, y da prioridad a tu vida y tu salud, que sin eso no vas a poder solucionar los problemas 
#19356

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Entiendo lo que dices Alfabero, pero lo mismo alguien del foro se molesta, porque no entiende lo que quieres decir. Hay que buscar calidad de vida, aunque se gane un poco menos. Pero también dentro de la enfermedad, las personas quieren saber todas las opciones para mejorar precisamente esa calidad, y cuando entras en este mundo, como nos paso a ti y a mi, nos asustamos de todo y no queremos meter la pata y todo se nos hace un mundo. Por supuesto como hay de todo en la viña del señor, los habrá que miran el centimo más que su salud. Saludos
#19357

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes y perdonar si pregunto aquí,es que no me deja hacer preguntas y tengo que hacerlas así,el 26 /9/23 me propusieron la incapacidad de oficio ,al poco tiempo me mandaron un mensaje que me evaluarian según informes medico y los aportados  a fecha de hoy sigo en en punto 1  en evaluacion medica y con los 8 puntos ,me siguen pagando,  mi pregunta es la siguiente  el 26 de este mes hace 4 meses desde el inicio de mi incapacidad de oficio ,escuche algo de silencio administrativo ,aunque también creo que escuche que de oficio no  hay ,os agradecería que me ayudarais  pues estoi hecha un lio  
#19358

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola, mi consejo es que estés tranquila, los 135 días hábiles que en teoría ponen que pueden tardar en contestar, son aproximadamente seis meses. Por lo que he leído yo , aunque pase ese tiempo , no hay silencio administrativo , siempre tienen que contestar y sobre todo si lo inician ellos de oficio. Pues eso, mientras sigas cobrando, a esperar, ya se que es muy difícil, y los nervios y la ansiedad, ahí están. Saludos
#19359

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Muchísimas gracias
#19360

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Santi, soy nueva por aquí, aunque os sigo desde hace tiempo, siguiendo con tu pregunta por tu expediente abre-cierra, cambia 7-8, creo que el problema es la contingencia, está claro que lo tuyo en mi opinión es de IPA, pero no por accidente laboral, creo que piensan que es enfermedad común, por eso te piden esos datos... creo yo, t digo esto para darte otra visión, pues yo también me desesperaria con tanto cambio.
A mí me acaban de abrir expediente de IP, y gracias a vosotros he podido ver el tema de los puntos, claro que como me lo han abierto hace unos días estoy en el 1.
Muchos saludos a todos los de este grupo, que dais esperanza, ánimo y fuerza..
#19361

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Te llamarán 
#19362

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

También pienso que por ahí van los tiros. 
En mis primeros partes de baja (la mayoría de médicos desconocían la existencia de los partes de la MUGEJU) estando yo ingresado en el hospital, mi mujer tuvo que buscarse la vida para que ellos pudieran sellarlos (se descargan desde la página de la MUGEJU).

Debido al accidente nos mudamos a un piso muy próximo al hospital, así que también tuve que cambiar de médico de cabecera. El caso es que en esos primeros partes, firmados por diferentes facultativos, constaba marcada la casilla de de accidente. En un momento determinado, puede que al 5º o 6º parte de baja, un médico marcó enfermedad, y desde entonces se ha usado esa plantilla como tipo. Yo estaba tan hecho polvo y pendiente de más operaciones que no le di mayor importancia. Puede que ingenuamente pensara que siendo mis numerosos informes médicos de la propia Seguridad social y el estado precario en el que me encontraba (sondado durante año y medio y en silla de ruedas por el mismo tiempo) suficiente tenía con digamos "lo mío". 

Más adelante, sin sonda suprapúbica, sin operaciones ya pendientes y pudiendo desplazarme con dos muletas, me informé sobre cuál podría ser mi situación a partir de ese momento. Acudí al Colectivo Ronda, en Barcelona, y allí me dijeron que primero, lo mío era probablemente para una IPA y que era un claro caso de accidente in itinere. Así que por el lado de si era o no accidente laboral me quedé tranquilo. Me preocupaba y con razón, ya que del 2016 al 2021 coticé muy poco (puede que no llegara al año: 2016 despido improcedente y buena indemnización que junto con los dos años de paro me llegaron con muchas penurias al final, pandemia de por medio más ERTES de mi mujer, para sacarme por mi cuenta las oposiciones).

Mi trabajo como funcionario duró bien poco ya que debido a mi enfermedad mental y a factores estresores propios de un juzgado de primera instancia en una gran ciudad, exploté.
Una mañana de las navidades del 21, yendo a trabajar me precipité a las vías del metro.

Mi intención es pedirle a mi doctora de cabecera (lo es desde hace un año) que por favor en el parte de baja del mes que viene marque la casilla de accidente en vez de la de enfermedad. Una vez hecho esto, si tiene a bien, presentaré el parte que me solicita el INSS para que mi nuevo expediente siga su curso.

Copio aquí lo que define la ley como Accidente de trabajo:
https://istas.net/salud-laboral/danos-la-salud/accidentes-y-enfermedades-definiciones/definicion-de-accidente-de

"La legislación determina que “un accidente de trabajo es toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena” (art. 115 LGSS) esta definición sigue siendo válida para contar los accidentes de trabajo, pero con la aprobación de la ley 20/2007 los trabajadores autónomos (no trabajan por cuenta ajena) si tienen derecho a las prestaciones por contingencia profesionales, en el caso de los autónomos económicamente dependientes es obligatoria la cotización y por tanto la prestación y para el resto de los autónomos esta cotización es voluntaria.


En el mismo caso nos encontramos a las empleadas del hogar después de la aprobación del RD 1596/2011.

Por lo tanto, para que un accidente tenga esta consideración es necesario que:


1. Que el trabajador/a sufra una lesión corporal. Entendiendo por lesión todo daño o detrimento corporal causado por una herida, golpe o enfermedad. Se asimilan a la lesión corporal las secuelas o enfermedades psíquicas o psicológicas.

2. Que el accidente sea con ocasión o por consecuencia del trabajo, es decir, que exista una relación de causalidad directa entre trabajo - lesión.
La lesión no constituye, por sí sola, accidente de trabajo.

 

¿Qué supuestos están considerados como Accidentes de Trabajo?

  • Accidentes producidos con ocasión de las tareas desarrolladas aunque sean distintas a las habituales: Se entenderá como accidente de trabajo, aquel que haya ocurrido durante la realización de las tareas encomendadas por el empresario, o realizadas de forma espontánea por el trabajador/a en interés del buen funcionamiento de la empresa, (aunque éstas sean distintas a las de su categoría profesional) (Art. 115.2c LGSS).
     
  • Accidentes sufridos en el lugar y durante el tiempo de trabajo: Las lesiones sufridas durante el tiempo y en el lugar de trabajo se consideran, salvo prueba en contrario, accidentes de trabajo (Art. 115.3 LGSS).
     
  • Accidente “in itinere”: Es aquel que sufre el trabajador/a al ir al trabajo o al volver de éste. No existe una limitación horaria (Art. 115.2d LGSS).
     
    Hay 3 elementos que se requieren en un accidente in itinere:
    1. Que ocurra en el camino de ida o vuelta.
    2. Que no se produzcan interrupciones entre el trabajo y el accidente.
    3. Que se emplee el itinerario habitual."


Así que lo que pensaba que iba a ser un fin de semana más o menos tranquilo (celebramos el cumpleaños de mi mujer), se ha convertido en otro día más del que escribe esta parrafada, perdón, con sus neuras y obsesiones, y como no aderezado con unas gotitas (a raudales) de ansiedad y negatividad recurrentes.


Santi
 



#19363

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Por aquí dejo la tardanza en Sevilla en el tema judicial de lo social:


El que haya puesto la fecha de señalamiento se habrá quedado muy agusto... 🤬 Vamos que me puedo morir antes del juicio de hambre, ansiedad, desesperación, depresión, angustia, ... lamentable
#19364

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Una pregunta Santi, sólo por lesiones físicas? y las psicológicas no pueden ser por culpa del tema laboral? Es que por lo que pones, no indica nada. Felicidades a tu esposa, por cierto. 
#19365

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Lo siento es una putada te deseo lo mejor suerte 🍀