Re: Deuda subordinada de cajastur
Re: Deuda subordinada de cajastur
el lunes hubo una reunion de afectados en el centro municipal del Coto en Gijon y nos dieron el papel para rellenar para a la hora de las perdidas poder pleitear porque como lo que nos ofrecen es impuesto, porque como no es bueno nada mas que para ellos, pues hay que llevar una copia para ti y otra para ellos y que te la sellen la tuya por lo menos y si acaso no te la quisieran sellar, pues debes ir a correos y mandarle un burofax y entonces ya queda constancia, eso nos dijeron, el viernes a las 12 lei en la Nueva España que va a haber una concentracion en la plaza del carmen en Gijon perdon si no me explico bien, esto para mi es ajeno, no entiendo de inversiones , me la dieron con queso, no hay mas que ver como me expreso en este asunto
Re: Deuda subordinada de cajastur
Me parecece que la señorita amable sería , pero de matemáticas poco . En ese supuesto , el resultado final depende de a que precio vendas las acciones correspondientes al 20 % del canje inicial . Si las mantienes hasta el final , los cinco años y tres meses , tendrías una pérdida en ellas de 2728 euros, menos 480 euros de compromiso de permanencia (6%) , de los dos primeros años , es decir , perderías con ese 20% inicial de acciones , 2248 euros.
Con el 80% restante en obligaciones , es decir, 16000 euros de obligaciones , generarían 5880 euros de intereses , que sumados a los 11200 euros del canje ( 70% por el suelo de 0,5 euros ), daría un total de 17080 euros.
Si sumamos lo que tenemos por ambos lados , 17080 + 1752 = 18832 euros total
Perdiste al final 1168 euros y estuviste en un " sinvivir " cinco años .
Te quedarías a pre , después de cinco años y suponiendo que paguen los cupones , si logras vender las acciones del 20% del canje a 0,803 euros, en cualquier momento sin esperar al plus de permanencia.
Re: Deuda subordinada de cajastur
Gracias de nuevo a Asdebastos y Lusafil.
Una pregunta a los foreros, una vez firmado y presentado el escrito o el burofax ¿cuando hay que iniciar la reclamacion/demanda?, estoy entendiendo que hay que liquidar todo, es decir, obtener liquidez vendiendo todo en acciones, sin poder acogerse al 80/20 ni esperar a recuperar algo de lo invertido, ¿esto es asi? o puedo esperar cinco años y una vez que vea si la inversión ha recuperado o ha perdido gran parte, iniciar la demanda, ¿me lo puede aclarar alguien?.
Gracias.