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Fiscalidad Gestión Patrimonios

10 respuestas
Fiscalidad Gestión Patrimonios
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#1

Fiscalidad Gestión Patrimonios

Hola a tod@s. Mi duda es la siguiente:

Me dedico a gestionar mi propio dinero mediante acciones, futuros y divisas, tributando por todo ello como rentas de capital.
Ahora me encuentro en la situación en que algunos allegados me piden que también les gestione su propio dinero con el mismo tipo de inversiones. El problema es que desconozco cuál es la fórmula más ventajosa para realizar este tipo de actividad con el menor pago de impuestos. A mí se me ocurren varias posibilidades:

1.- CREACIÖN EMPRESA: imagino que tributa a sociedades, pero no me atrae nada la idea de papeleos, gastos administrativos, etc...

2.- GESTIÓN INDIVIDUALIZADA DE CADA INDIVIDUO: es decir, operar en sus cuentas y en su nombre. De ese modo, la fiscalidad es la de rentas de capital de cada uno (ya veríamos cómo percibo yo mi parte). El problema de esta opción es que no me parece viable operar por su separado con una cuenta para cada individuo. Es demasiado farragoso.

3.- GESTIÓN DESDE MI PROPIA CUENTA: ellos me dan el dinero, lo gestiono yo todo en mi nombre desde una única plataforma y luego cuando haya que pagar a Hacienda hacemos cuentas.

¿Hay alguna incorrección en las opciones que he comentado?

¿Se os ocurre alguna otra solución que mejore alguna de las anteriores?

Gracias y saludos.

#2

Re: Fiscalidad Gestión Patrimonios

En teoría no puedes hacerlo. En la práctica si, siendo un pirata. Sólo puedes asesorar y desde la entrada de las eafis, ni eso, pero vamos q si le manejas la pasta al suegro tampoco pasa nada.U/S.
No se q rendimientos sacas a tu patrimonio, pero gestionar capital ajeno es bastante complicado y si es de familiares amigos, aún más.

#3

Re: Fiscalidad Gestión Patrimonios

La opción 1 no es muy aconsejable, pues además de todos los gastos (en tiempo y dinero) que conlleva el papeleo del asunto, los rendimientos tributan por IS de inicio, y luego por IRPF en caso de reparto de dividendos. Salvo que dispongas de suficiente capital como para constituir una SICAV...

La opción 2 es la más directa. A elegir si te haces autónomo como profesional (748, gestor de cartera de valores) o como empresario (831.9, otros servicios financieros). IAE modelo 036, autónomos y un poder notarial bastante, y tirando millas. Eso sí, es una actividad sujeta a IVA, y que para el beneficiario de los rendimientos NO ES GASTO DEDUCIBLE. Si no haces publicidad ni es un servicio ofrecido al público en general, sino una mera administración del patrimonio de familiares y conocidos íntimos, no hace falta registros en la CNMV ni cosas de esas.

La opción 3, para hacerlo legal (y que no te figure a ti los rendimientos, ni caigamos en supuestos de apariencia de donaciones o así), solo es posible realizarla mediante los llamados "Club de Inversión". Lo normal es estructurarlo mediante una Comunidad de Bienes, tener un NIF único,.... Viene a ser una especie de minifondo de inversión autogestionado.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#4

Re: Fiscalidad Gestión Patrimonios

Gracias por la respuesta.
Te comento sobre cada punto:
OPCIÓN 1: desde luego no es ni de lejos para montar una SICAV ni mucho menos.
OPCIÓN 2: parece que me confirmas lo que yo imaginaba, mucho papeleo y además la operativa sería tediosa en caso de aumentar el número de partícipes.
OPCIÓN 3: ahí me has aportado una idea novedosa, la del Club de Inversión. Quizás pueda ser esa una buena solución. ¿Conoces más en profundidad ese tema? Sé que estos clubes proliferaron en los 90 con el auge de las bolsas y ahora parecen menos de moda, pero imagino que siguen en pie.

A ver si alguien más puede añadir más ideas e información.

Gracias de nuevo.

Saludos.

#5

Re: Fiscalidad Gestión Patrimonios

Sobre Clubs de Inversión, la mejor información precisamente la tienes desperdigada por aquí, en Rankia. Pon en San Google "club inversión rankia" y te sale casi todo lo básico. El resto es ir rascando de aquí y de allá. Los CIs pueden servir para bolsa, pero también para todo el resto de rendimientos del capital mobiliario que quieras. Incluido Deuda Pública en el Banco de España.

Lo básico es justo lo que buscas, un solo NIF, una sola cuenta, una sola inversión, y atribución de rendimientos a cada co-participe según su participación. Sigue quedando por resolver la parte que a ti te corresponda como "administrador", que volvemos a lo de la opción 2: IAE y autónomos, tal vez, y no es gasto deducible del rendimiento.

Una manera "periferica" de resolver tu retribución, y siempre al albur de posibles interpretaciones legales, sería que simplemente la parte de "premio" que te corresponda lo declarases en el IRPF como "Incrementos de patrimonio no procedentes de transmisiones". Tributa en la base general, no se le aplica ninguna reducción, y para tus "pagadores" no sería deducible. Pero simplificamos gestión, y obviamos el tema del IVA. Es una manera pseudolegal y simple de resolver, pero al tanto, que según como sea el asunto, puede llegar a ser fraudulento.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#6

Re: Fiscalidad Gestión Patrimonios

Piensa en hacerte agente o asesor de alguna entidad tipo Fibanc.

#7

Re: Fiscalidad Gestión Patrimonios

Muchas gracias por la infomación. Me voy a leer el foro completo de Rankia dedicado a los clubes de inversión a ver si encuentro algo de provecho.
Desde luego, parece la fórmula legal que mejor me puede encajar.

Saludos.

#8

Re: Fiscalidad Gestión Patrimonios

En los 90, en la empresa en la que trabajaba, junto con algunos compañeros formamos un club de inversión. La gestión la realizaba uno de nosotros al cual se decidió retribuirle aumentando su participación en el club en un x%, que pagamos entre todos, con lo que de esta manera también se le retribuía indirectamente la eficacia de su gestión.