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¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

24 respuestas
¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?
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¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?
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#1

¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Hola a todos,

por más que busco no me aclaro, hoy tenemos que llevar los papeles para pagar la plusvalía resultado de la herencia por la muerte de mi padre, por tanto ya tenemos la escritura con lo que le toca a cada uno de los herederos-

Todo lo hemos tramitado nosotros, solo como es natural nos dieron en su momento el certificado de saldo a fecha de fallecimiento, la pregunta es si ahora que tienen que enviar el dinero que tienen bloqueado nos van a cobrar por ello y si esto es legal, hablamos del Popular, desconozco además si tienen que hacer transferencia a una cuenta de otro banco también cobran comisión en estos casos o en todo caso es mejor abrir una cuenta en el propio banco para que te lo ingreses e ir sacando por ventanilla.

Por cierto, es suficiente con dejar copia de la escritura o se tienen que quedar con la original?

Saludos

#2

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Ese trámite de la entrega a los herederos se llama testamentaría, y por desgracia, algunos bancos lo cobran. Hay varios hilos por ahí que han tratado el tema, y algunos hemos conseguido evitarlas. La forma de entrega depende del banco y de lo que os venga bien, en efectivo, por transferencia, cheque, etc.

No les hace falta la escritura original, como mucho una copia simple, y luego la tienen que devolver.

Un saludo

#3

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Gracias leopol72 por tu respuesta, imagino que entonces pueden cobrar si quieren, el evitarlo dependerá de la generosidad de la propia oficina, lleva todo el dinero retenido mas la parte de mi madre 6 meses en cuenta sin generar interés alguno y aún tendrán la barra de cobrarnos por pedir lo que nos pertenece.

 

Saludos

#4

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

En mi opinión, si en la escritura se establece claramente lo que tienen  que pagar a cada uno, no deberían cobrar nada porque simplemente es cumplir con la escritura.

Cosa distinta es que encarguéis una testamentaría, hay que tener cuidado con firmar ese encargo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Pues ayer estuve en la oficina y me dicen que 150 con iva incluido, hasta el lunes no esta la persona que tramita estas cuestiones con la que intentare negociar este atraco, en este país se negocia hasta con la muerte sin escrúpulo alguno, como me cobren toda esa cantidad se van a quedar con un cliente menos, aunque eso les resbala a día de hoy, vamos, que por solicitar lo que es tuyo tienen que robarte.

#6

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Si te lo exigen, no te queda más remedio que pagarlo para evitar más demora. Puedes pedir un justificante e iniciar la correspondiente reclamación, primero al servicio de atención al cliente.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#7

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Buenas tardes:

Si alguno de los inmuebles heredados tiene más de 20 no tiene plusvalía. 

Puedes mirar mis respuestas por el foro de plusvalía municipal.

Pero hay una sentencia del Tribunal Supremo, que dice que las tablas y coeficientes no sirven para calcular el valor del incremento en los impuestos que miden el incremento real.

Es para transmisiones ante CC.AA, pero el planteamiento sirve para todo.

Así pues, el legislador individualizó el caso de las familias que forzosamente tienen transmisiones por fallecimiento. Por lo que no sujetó a las transmisiones de más de 20 años a IIVTNU, plusvalía municipal, desde el año 1990, que fue cuando entro en vigor la LRHL, que se aprobó en 1988.

http://www.poderjudicial.es/search/openDocument/0a1cee4148bceea3

Saludos.

 

#8

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Buenas tardes;

Unos cobran y otros no.

Si solamente tienen que realizar el reparto de metálico, no suelen cobrar.

Pero si realizan repartos más sofisticados, como acciones en las que el fallecido tienen compartidas, entonces si proceden. Pero el coste es marginal.

Saludos.

#9

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Pues referente a la tramitación de testamentaria en lo que se refiere a desbloquear la cuenta del banco ya os confirmo que tenemos que aceptar el CHANTAJE del banco POPULAR  que no le importa sacar el dinero hasta de las personas fallecidas, o pago 150 con IVA o no nos dan el dinero que nos pertenece, así estamos en esta país de mierda y que aguantamos todo lo que nos echen, llamo al famoso Banco de España y me dice que lo pueden cobrar, eso si, no pueden cobrar ni al inicio ni durante y si hicieran se puede reclamar, a lo que yo le contesto que es absurdo reclamar que me han cobrado durante la tramitación si por lo que entiendo de todas maneras aunque reclames porque te cobran antes de tiempo y te lo devuelvan supongo que al final tendrás que pagar igual, es la sensación de tener el dinero secuestrado por una cuadrilla de mafiosos que actúan de forma impune.

También me han comentado los del Banco de España que una vez disponga del dinero de la herencia puedo poner una reclamación al banco de España si creo que no han realizado el trabajo realmente, que lo único que han echo es cotejar los datos y proceder al reparto de la herencia, pero como narices se demuestra eso.

 

Ya no es por el dinero solamente, me revienta que actúen de esta manera, puro chantaje de un dinero que proviene de una persona que ha fallecido, con el dinero bloqueado desde hace 6 meses y que además si no me equivoco el Santander la comisión es de 90 €.

 

Un saludo a todos 

#10

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

El problema es entrar en el juego de la "testamentaría", ésa es la excusa del banco. Pero si vas al banco con una escritura pública donde pone exactamente lo que hay que pagar a cada heredero, no te pueden cobrar nada porque simplemente están entregando el dinero a su propietario, es como si sacas dinero de tu cuenta.

Por tanto, olvídate de usar el término testamentaría porque si lo haces perderás la reclamación en todas partes. Lo único que hay que decir al banco es "páguese lo que pone aquí".

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#11

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Me lo han dejado bien claro, si no se paga el chantaje no hay dinero, no veo otra forma de hacerlo, la ley les ampara.

 

Saludos

#12

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Amigo Jesúsm1, solo es dinero nuestro el que tienen que darnos y si no pago el CHANTAJE no nos dan ni una perra que dirían nuestros mayores, indignado y no solo por el dinero, por las formas también, mi padre además como persona mayor que era y que había vivido de pequeño grandes penurias se pondría frenético, con escrituras en las que el notario ya deja bien claro lo que le corresponde a cada heredero. No hay derecho que quieran sacarte el dinero por una cosa que es tuya y no nos olvidemos que están trabajando y obteniendo beneficios con ese dinero que no les pertenece y que ahora mismo tiene secuestrado en este caso si no pagas, yo lo vero de esta manera.

Saludos

#13

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Correcto, te lo van a cobrar pero no firmes ningún papel donde se diga la palabra "testamentaría". Terminado el proceso, reclamas al servicio del cliente o al defensor del cliente si lo hay y si no te dan la razón al Banco de España. Pero si has firmado algún documento donde se diga"testamentaría", nadie te dará la razón cuando reclames.

Ya ves que cuando has preguntado al Banco de España si pueden cobrar por tramitar una testamentaría te han dicho que sí. Consulta al Banco de España si pueden cobrar por pagar a cada heredero lo que indique la escritura pública, a ver lo que te dicen.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#14

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

Buenos días

Gracias Juan Lackland, entonces siguiendo tus consejos y por orden de fechas

- En la solicitud del certificado del saldo a fecha de fallecimiento, lo puede solicitar cualquier otro titular de la cuenta sin especificar ni hacer mención a que ha fallecido ..X

- En el reparto posterior del saldo del fallecido simplemente adjuntar el pago del impuesto de sucesiones, la adjudicación de herencia y una simple carta de transferencia a favor de .. quien sea.

  En el primer paso el problema sería cuando la cuenta esté solamente a nombre del fallecido, entonces si que habrá que decirle y demostrarle al banco que el solicitante es heredero, pero también es cierto que cuentas a nombre de una sola persona son las menos

 

Un saludo

 

#15

Re: ¿Puede el banco cobrar por el reparto de herencia?

En la solicitud del certificado del saldo a fecha de fallecimiento, lo puede solicitar cualquier otro titular de la cuenta sin especificar ni hacer mención a que ha fallecido ..X

Para que el banco te dé el certificado de saldos, tienes que acreditar el fallecimiento del titular (certificado de defunción) y tienes que acreditar que eres heredero (copia del testamento).

En el reparto posterior del saldo del fallecido simplemente adjuntar el pago del impuesto de sucesiones, la adjudicación de herencia y una simple carta de transferencia a favor de .. quien sea.

Yo creo que sobra esa carta de transferencia, que no sé muy bien lo que es. Si hay una escritura de adjudicación, basta que el banco la lea, no creo que sea necesario explicarla. No obstante, si la escritura es muy larga, siempre cabe marcar con fosforito lo que se refiera a ese banco.

 

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.