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Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta

7 respuestas
Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta
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Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta
#1

Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta

Buenas tardes a tod@s,

Os traigo un supuesto que me está haciendo dudar mucho.

Supongamos un individuo que ha vendido su vivienda habitual en el 2017, reinvirtiendo la ganancia patrimonial en una nueva vivienda. La vivienda vendida la adquiere por herencia en dos tramos: el 50% en la fecha de fallecimiento de cada uno de sus progenitores. La fecha del último fallecimiento es en el 2016.

Puede aplicarse el beneficio fiscal en su totalidad o solamente respecto al 50%. Me explico: Hay quien entiende que la parte de la vivienda correspondiente al 50% del último fallecido no tiene la consideración de vivienda habitual (3 años de permanencia).

 

La Agencia tributaria señala que como regla general los beneficios fiscales relacionados con la residencia habitual del contribuyente están ligados a la titularidad del pleno dominio del inmueble.

De tal forma que, salvo excepciones, será necesario tener la plena propiedad aunque sea compartida tanto de la vivienda habitual que se adquiere como también de la que se transmite, a efectos de acogerse a la exención por reinversión en vivienda habitual.

 

Quiere esto decir que se puede aplicar la exención por reinversión al total o solo a la mitad?

Gracias!!

 

 

#2

Re: Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta

En mi opinión, puedes aplicarte exención por el 50% de la vivienda.

Aunque en la fecha de la transmisión tenías el  pleno dominio del 100%, al no cumplir los tres años una parte de ella, no puedes hacerlo por la totalidad.

Y sí hacerlo por el 50% en que tuviste el pleno dominio de ese porcentaje, si han transcurrido más de tres años desde la adquisición

Un saludo.

#3

Re: Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta

Y no podría ser de aplicación a este caso la siguiente resolución del teac http://serviciostelematicos.minhap.gob.es/dycteac/criterio.aspx?id=00/06331/2013/00/0/1&q=s%3D1%26rn%3D%26ra%3D%26fd%3D%26fh%3D%26u%3D%26n%3D%26p%3D%26c1%3D%26c2%3D%26c3%3D%26tc%3D%26tr%3D%26tp%3D%26tf%3D%26c%3D0%26pg%3D4  ???

(resolución: 06331/2013/00/00, de 10/09/2015)

Gracias por tu ayuda.

#4

Re: Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta

Pues te doy la razón.

Puede ser un buen argumento. Pero ya sabes que con la Agencia Tributaria corres el peligro de le quieran dar vueltas y te mareen hasta darte o no razón.

Gracias por el enlace.

Un saludo.

#5

Re: Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta

Por si te sirve, la resolución del TEAC también la he encontrado en la página web de la Agencia Tributaria en la sección INFORMA.

Copio y pego:

135689-ADQUISICIÓN MITAD CONYUGE. VENTA ANTES TRES AÑOS

Pregunta

Matrimonio que adquiere en 1995, para su sociedad de gananciales, la vivienda que constituyó desde ese momento su vivienda habitual. En 2005 se divorcian liquidándose la sociedad de gananciales, adjudicándose uno de ellos 100 por 100 de la vivienda que sigue constituyendo su vivienda habitual.

En caso de transmitir la vivienda durante 2007, valor y fecha de adquisición a los efectos del cálculo de la ganancia patrimonial.
¿Puede ser considerada el total de la misma como vivienda habitual aunque se venda antes de tres años desde que se adjudicó, a efectos de aplicar la exención por reinversión en una nueva vivienda habitual, o sólo el 50% de la misma? 

Respuesta

La disolución de la sociedad de gananciales y la poserior adjudicación a cada uno de los cónyuges de su participación en la sociedad no constituye ninguna alteración en la composición de su patrimonio, conservándose a efectos de futuras transmisiones los valores y fechas de adquisición originarios. Ello siempre que la adjudicación se corresponda con la cuota de titularidad, pues en caso de existir un exceso de adjudicación, tal exceso sí dará lugar a una ganancia o pérdida patrimonial. Igualmente se produce una alteración patrimonial si al hacer la división se acuerda adjudicar el bien a una de las partes compensado en metálico a la otra. En este caso habría dos fechas y valores de adquisición: la original y la de adjudicación. 

No obstante en los supuestos de adquisición de la propiedad en pro indiviso, habiendo adquirido  el 50% de la titularidad del pleno dominio sobre la misma en los tres años anteriores a la transmisión, si  el obligado ha residido ininterrumpidamente en la vivienda desde su adquisición, para el cómputo del plazo de tres años, ha de estarse a la fecha en que se produjo la adquisición de la cuota indivisa, sin tener a estos efectos trascendencia la fecha en que se adquirió la cuota restante hasta completar el 100 por 100 del dominio.

Por tanto al computarse el plazo de los tres años desde el momento de la adquisición por indiviso, será aplicable la exención sobre la totalidad de la ganancia derivada de la transmisión de la misma, si se cumplen los requisitos recogidos en la normativa del Impuesto.

Un saludo.

#6

Re: Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta

Muchas gracias!!!

Puedo entender entonces que en el caso que expuse se ha adquirido la propiedad en pro indiviso (en mi supuesto el 50%) en la fecha del fallecimiento del primer progenitor???

Así, si en mi ejemplo el individuo viene residiendo en esa vivienda desde hace 10 años entiendo que podrá aplicar la exención por reinversión por el total de la ganancia. No??

#7

Re: Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta

No te puedo asegurar nada, ya que la Agencia Tributaria se puede agarrar a que tu caso no es el mismo que el de la resolución del TEAC y ya tienes el lío montado con alegaciones y reclamaciones.

Ahora bien, yo en tu lugar sí que aplicaría la exención. Luego ya verás cómo se van dando los acontecimientos y actuarás en consecuencia.

Ante una duda razonable (y pienso que esta lo es), elijo la más favorable para mis intereses.

Un saludo. 

#8

Re: Reinversión ganancia vivienda heredada en dos fechas disintas - Declaración de la Renta

Gracias por tu ayuda!!

 Saludos.