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Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

9 respuestas
Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)
Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)
#1

Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

Buenas tardes. El otro día acudí a la sede cultural de mi barrio para que me hicieran la declaración. La cuestión está en que a la hora de poner el alquiler, la mujer que me atendió me dice que como estoy casado en bienes gananciales solo puede declarar la mitad del alquiler y mi mujer la otra mitad, pero como el contrato solo está a mi nombre, solo puede desgravar mi mitad. Es decir, si yo pago 6000 euros, solo puedo declarar 3000 euros, y los 3000 euros correspondientes a mi mujer los pierdo.

Tengo dudas acerca de esa afirmación y he preguntado a un gestor y me dice que mi mujer si lo puede declarar aunque no figure en el contrato de alquiler, aun así no estoy seguro, ya que con figurar yo y al estar en bienes gananciales es suficiente.

Aun así tengo mis dudas. No conozco a nadie que pueda ayudar, la Agencias Tributarias están hasta arriba por la campaña de la declaración y no me dejan hablar con nadie. A ver si alguien me pudiera ayudar. Muchas gracias de antemano.

#2

Re: Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

y por qué no ponéis el contrato de alquiler a nombre de los dos?

#3

Re: Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

Si el régimen matrimonial es de Gananciales, naturalmente que cada uno de los Cónyuges puede declarar el 50% , con independencia de quien figure en el contrato de arrendamiento.

Saludos

#4

Re: Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

Hola Rafa,

Entiendo que estás hablando de declaraciones individuales (tú por un lado, y tu mujer por otro).

Si es así:

- En la casilla correspondiente a deducción estatal tú puedes declarar 3000 € (los otros 3000 "se pierden").

- En la casilla correspondiente a deducción autonómica debes declarar 3000 € tú y 3000 € tu mujer.

Échale un vistazo a estos artículos:

http://www.abogadosparatodos.net/deduccion-de-renta-de-alquiler-por-conyuge-no-titular/

http://www.abogadosparatodos.net/deduccion-del-inquilino-por-alquiler-de-vivienda-en-madrid/

Saludos.

#5

Re: Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

No puedo incluirla xq mi contrato es anterior a 1 enero 2015, y en aquel entonces estaba soltero y si lo modificó pierdo la deducción.

#6

Re: Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

Hola Lunatico,

No es correcto. En el caso de matrimonios en régimen de gananciales, si sólo figura en el contrato uno de los cónyuges:

En cuanto a deducción estatal:

El cónyuge no firmante del contrato de arrendamiento no tiene derecho a optar a la deducción estatal del 50% de lo que se ha pagado en concepto de alquiler. Sólo tiene derecho a deducción el cónyuge firmante del contrato, y sólo por el 50% de lo pagado por esos conceptos al arrendador.

En cuanto a deducción autonómica (comunidad de Madrid):

La deducción se realiza a favor del titular (o de los titulares) del contrato de arrendamiento). Sin embargo, si consta como inquilino del contrato una persona casada y existe régimen de gananciales, el gasto que éste ha hecho en el pago del alquiler podrá ser deducido por ambos cónyuges a partes iguales a pesar de aparecer sólo uno de ellos como arrendatario en el contrato de arrendamiento. No ocurre así en el caso de la deducción estatal, ya que el criterio de la Agencia Tributaria es que sólo podrá deducirse la renta pactada el cónyuge que haya firmado el contrato de arrendamiento.

Saludos.

#7

Re: Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

Muchas gracias Ravel, eres un maquina, y muchas gracias a todos los que me habeis contestado. MIL GRACIAS

#8

Re: Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

Una ultima cuestión, perdona por ser pesado. Este año la declaracion la vamos a hacer conjunta porque nos sale mejor. Mi pregunta es, incluyo los 6000 en mi casilla o 3000 en la casilla de ambos, ya que aunque sea conjunta lo tengo que especificar aunque el resultado a devolver sea el mismo, no se me explico. Solo lo puedo hacer por la autonomica de Madrid. Gracias nuevamente.

#9

Re: Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

Mucho me temo que la aplicación de esta deducción es independiente del tipo de tributación (individual o conjunta).

Según la consulta vinculante V2318-13 de la Agencia Tributaria, sólo el cónyuge que aparece como firmante en el contrato de arrendamiento tendrá derecho a practicar la deducción por el alquiler de la vivienda habitual, al considerar por otra parte el Tribunal Supremo que únicamente tiene la condición de arrendatario aquel que es firmante del contrato de arrendamiento, todo ello en virtud de la sentencia del Alto Tribunal de 22 de abril de 2013. Las cantidades que satisfaga el cónyuge no arrendatario por el arrendamiento no darán derecho a la deducción por alquiler de vivienda habitual.

Esto en lo que a deducciones generales de la cuota se refiere.
En cuanto a deducciones autonómicas, en caso de matrimonio en régimen de gananciales la comunidad de Madrid permite aplicar la deducción a ambos cónyuges aun cuando el contrato de arrendamiento sólo esté firmado por uno de ellos.

Según indicas has optado por tributación conjunta porque es más ventajosa. En relación a la deducción por alquiler no sé si has tenido en cuenta que hay determinados límites que se mantienen a pesar del tipo de tributación:

Deducciones generales de la cuota:
- La base imponible debe ser inferior a 24.107,20 euros tanto en tributación individual como en tributación conjunta

Deducciones autonómicas (comunidad de Madrid):
- Los contribuyentes menores de 35 años podrán deducir el 20 por 100, con un máximo de 840 euros, de las cantidades que hayan satisfecho en el período impositivo por el arrendamiento de su vivienda habitual, tanto en tributación individual como en tributación conjunta

Saludos.

#10

Re: Duda deducción alquiler Madrid 2015 (Renta 2016)

Gracias nuevamente Ravel