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¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

56 respuestas
¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.
¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.
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#1

¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

Aquellos que hayan sido despedidos en el año 2011 -y siguientes- y se hayan desgravado la liquidación por despido (está exenta) pueden ser llamados por la Agencia Tributaria o recibir una complementaria más la correspondiente sanción si han vuelto a su empresa a prestar un servicio aunque haya sido de unos pocos días.

Al parecer, esta es la "nueva" y novedosa actuación de la Agencia Tributaria. Existe una normativa por la cual la cantidad percibida en concepto de indemnización por despido está exenta sólo si el trabajador se desvincula totalmente de la empresa y no vuelve a prestar sus servicios en la misma durante los tres años siguientes a la fecha de despido.

De lo contrario, la AEAT considerará que no ha habido desvinculación y procederá a enviar una complementaria y a anular la exención de la cantidad correspondiente al despido.

Por lo que me ha llegado, desde el primer año que prescribe ahora -2011- hay múltiples casos de este tipo y todas las personas están siendo requeridas con una paralela y con la posterior sanción.

Aquellos que estén en el supuesto, es decir, hayan sido despedidos (y consecuentemente no hayan declarado por exención el importe de indemnización por despido) y con posterioridad en los tres años siguientes hayan estado en la empresa aunque sea de forma temporal o nuevamente incorporados, que consulten con la gestoria y se adelanten a la recepción de la paralela, al menos se evitarán la sanción posterior.

La valoración de esta nueva actuación de la AEAT me la voy reservando, cada cual que la califique como le parezca, eso sí, la "broma" en algunos casos que me han llegado es de no parar.

Si estás en el caso, míralo y consúltalo con algún asesor.

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#2

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

La culpa, no es de la Agencia Tributaria.

Lo que pasa es que muchos contribuyentes o no saben leer o leen lo que quieren leer. Y se lo toman a "broma".

Antes de hacer una declaración y en mi opinión, hay que conocer mínimamente la normativa o por lo menos en los aspectos que nos afectan.

El tema del que hablas, está reflejado en el Manual de Renta 2015 editado por la Agencia Tributara y puesto en su portal correspondiente, en la página 767.

Y lo dice claramente: en caso de que haya readmisión, hay que presentar declaración complementaria ya que la exención de esas rentas dejan de estarlo.

Y estás hablando del ejercicio 2011. Seguramente es el que ahora están investigando ya que ese ejercicio prescribe el 01.07.16.

Por tanto el aviso sirve para los despedidos en los años posteriores. Y quizás para algún ejercicio anterior.

Por ejemplo. Si un despedido del año 2010 volvió a ser readmitido en 2012, puede ser que le investiguen si no presentó la declaración complementaria correspondiente.

Un saludo.

#3

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

Buenas tardes;

Lo que expone no es ninguna novedad que se haya introducido con la reforma fiscal,es un aspecto normativo que lleva tiempo vigente y que determina que si NO se produce la efectiva desvinculación del empleado(porque es readmitido por la misma empresa o alguna del grupo empresarial al que la misma pertenece) la indemnización por despido que en su momento el trabajador pudiera haber percibido no estaría exenta,debiendo presentar declaración complementaria en el ejercicio de su reincorporación.

Dejo aquí copia del redactado del manual de renta donde viene explicado;

en todos los casos, el disfrute de esta exención está condicionado a la real
y efectiva desvinculación del trabajador con la empresa. Se presumirá, salvo prueba en
contrario, que no se da dicha desvinculación cuando en los tres años siguientes al despido
o cese el trabajador vuelva a prestar servicios a la misma empresa o a otra vinculada a
aquélla, en los términos previstos en el artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades,
siempre que en el caso en que la vinculación se defina en función de la relación de
los socios o partícipes con la entidad, la participación sea igual o superior al 25 por 100.
(Arts. 1 y 73 del Reglamento del IRPF)

#4

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

No discuto la norma. Podría entrar a discutir lo "justo" (en contraposición de lo injusto) de la norma. Y sobre todo, a algunos a los que se sanciona y que no han tenido ánimo alguno de defraudar a hacienda.

Personalmente, reconozco que no reconocía este aspecto normativo, la Ley tributaria es lo suficientemente amplia como para que se "escapen" aspectos de este tipo. Si bien el desconocimiento no es disculpa, bien es cierto que tener en cuenta todos los aspectos legales es harto complicado para personas "de a pie".

Y, sobre todo, conociendo lo que vamos conociendo, dirigir la acción a aquellos que tuvieron la desgracia de ser despedidos de su empresa -algunos con muchos años y muchos trienios de antigüedad- y que volvieron a ser llamados, creo que podría demostrar una buena falta de sensibilidad.

Sobre todo cuando la "nueva vinculación" es por unos meses o incluso por unos días.

Entiendo que en casos de estos, podría ser aplicable la complementaria, pero no una sanción posterior porque entiendo que pocos casos se dirigen a hacer un fraude "a sabiendas".

Resumiendo: vale que apliquen la norma y hagan tributar por la indemnización por despido, es lo "justo", lo que ya no veo con la misma disposición es que, con posterioridad, sancionen.

Hay que tener en cuenta que, si la vinculación fue por un periodo de tiempo corto, como el caso que he conocido, puede ser que, también como es el caso, el sujeto siga en el paro. Si encima esto se aplica a una persona que vive en precario... vaya normativas que estamos aplicando. Serán legales, eso no entro a discutirlo, pero no demasiado "sensibles". Se debería distinguir entre la intención de defraudar, que en muchos aspectos es evidente y otro casos de aplicación de normativa.

De todas formas, sirva el hilo para aquellos que estén en el supuesto y que, al igual que me sucedía a mí hasta que me contaron el caso, desconocían esto. Para que puedan consultar con su gestoría o con quien sea y que regularicen antes de que les manden la complementaria y se eviten así la sanción posterior.

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#5

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

Ya. Pero resulta que el funcionario tiene que hacer cumplir la norma.

Dices que se volvió a contratar por unos meses o unos días.

El funcionario no puede decidir que hasta un determinado número de días no hay fraude y a partir de ese número días lo hay.

¿Quién determina esos días si no aparecen en la Ley o en el Reglamento?

¿Se los tiene que inventar? Pues resulta que no puede.

Moraleja: tomarse en serio las cosas y tratar de hacer lo mejor posible todo lo relativo con la Agencia Tributaria porque se pueden dar situaciones muy gravosas para personas con escasos medios económicos.

Los que poseen grandes fortunas, tienen la ventaja de poder vivir más relajados en este aspecto.

Un saludo.

#6

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

¡Qué poca vergüenza Sr. Montoro!

Supongo que lo próximo será devolver la prestación por desempleo.

#7

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

No conozco a nadie a quien Hacienda haya sancionado y que reconozca que conocía la norma. Ni siquiera el Sr. Aznar que es Inspector de Hacienda.
Así que, ¿cómo lo solucionamos?

Por cierto, yendo al meollo del asunto, lo que exige la ley es la real desvinculación de la empresa. Lo de los tres años es una presunción que admite prueba en contra. Digo esto porque si fue recontratado sólo por unos días quizás pudiera utilizarse como prueba para destruir la presunción.
En ocasiones, un buen asesor es muy recomendable.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#8

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

Hombre...

No digo yo que el funcionario no haga lo que le dicen.

Ahora bien, puestos a ponerse "purista" y teniendo en cuenta que hacienda sí debería conocer este aspecto -de hecho, está llamando al personal y los casos se cuentan por decenas por lo que me ha llegado- podrían haber cumplido con informar al contribuyente, por ejemplo incluyendo el importe del despido en el borrador del año en el cual el trabajador volvió temporalmente a la empresa.

Está claro que no lo ha hecho y que, en el caso concreto que conozco, el de 2011, se han "apresurado" para que la cosa no prescribiera. No se informa, pero se sanciona. E insisto, de este dato, la AEAT ha demostrado que podía tener conocimiento en su momento.

Y sí, hacer esto con la que va cayendo día tras día en las noticias, creo que es ir buscando "gente satisfecha", sobre todo, como digo, en una parte de población que puede ser sensible porque esta persona sigue en el paro después de volver aquellos meses a la empresa. A alguno, con la paralela y la sanción, le pueden poner la vida cuesta arriba si ya andaba justo.

En fin, ciertamente la norma es la norma, otra cosa es que los tributos no tengan "sensibilidad".

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#9

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

Te diré: no me ha pasado, pero me ha llamado la atención y lo he puesto por aquí porque, personalmente, desconocía esto.

Es más. En el caso que he conocido (y en los que me dicen que están sucediendo a montones y que supongo que vendrán de los años posteriores a 2011 que, como bien ha dicho el compañero forero prescribe el 01/06), se da la circunstancia de que lo que el hombre cobró en los meses en los que estuvo en la empresa no le llega ni para empezar a pagar lo que le supone la paralela y la multa que le impondrán.

Creo que eso es demostrativo de que no había intención de defraudar... Es más, después de eso, no ha vuelto por la empresa y, como le he manifestado al compañero, el hombre sigue inscrito en el INEM.

Esperemos que si, alguien al que le ha sucedido esto, está en esta situación, tome nota, lo consulte y, al menos le sirva para presentar con anticipación una complementaria y se evite el pago de la sanción.

Te voy a contar algo que te va a sorprender: el hombre hace sus declaraciones en una gestoría que gestiona un buen número de ellas todas las campañas de la renta. Le han dicho que estas cosas, al suceder en años diferentes, son difíciles de detectar. De hecho, no es el único caso que tienen en el mismo sitio. E insisto, por lo que me llega, hay casos a decenas.

A lo que parece, es una buena demostración de que la norma no era tan conocida. Vale que alguno "sea un listo", pero no tantos y, desde luego, que suceda que no se enteren en una gestoría.

Curiosamente, recuerdo de hace años una sentencia que decía que conocer toda la normativa fiscal viene siendo complicado para una persona "normal".

También te diré que, lo que me ha llegado es que no admiten prueba alguna en contra. De hecho, nadie sabe qué prueba se puede presentar para demostrar que volver a la empresa no sea "vinculante" y permita que la indemnización por despido siga estando exenta. El comentario que me han hecho personal y literalmente es que no admiten nada "porque están caninos".

Me temo que han visto un hueco por el que recaudar unos miles de euros y ahí se han ido. Creo que nadie es despedido por gusto (aunque no niego que puedan existir casos de "arreglos"), más habiendo sido en unos años en los que, los que estamos en la cosa económica y bursátil, sabemos que fueron más que difíciles, de hecho, no hace falta saber mucho, simplemente, basta mirar cómo aumento el desempleo en aquellos años.

Suerte a todos.

no desaparece lo que muere, desaparece lo que se olvida

#10

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

En algo sí que te voy a dar la razón.

Es costumbre en la Agencia Tributaria y amparándose en la normativa de la prescripción de los cuatro años, que lleven exactamente un retraso en la comprobación de las declaraciones de exactamente ese plazo.

Por tanto, ahora lo que están comprobando son las del año 2011.

En ese aspecto, no me parece una forma de proceder correcta aunque sea legal. En mi opinión deberían ser más diligentes con las comprobaciones y procurar hacerlo cuanto antes y no hacer las que vayan a prescribir, ya que hay más perjuicio para el contribuyente (intereses de demora) y más indefensión porque con el paso del tiempo puedes olvidarte de detalles ocurridos hace cuatro o cinco años y más posibilidades hay de que hayas perdido documentación que te pudiera servir de defensa.

Y te pongo el ejemplo a ti, como conocedor del tema de acciones de bolsa, del problema con el tema de Gowex que se produjo en el año 2014. He leído infinidad de comentarios pidiendo consejo de cómo tratar fiscalmente la suspensión de la cotización, de si declarar o no las pérdidas y que habiéndolo solicitado en la AEAT les daban respuestas evasivas. Con lo fácil que hubiese sido dado el número de afectados publicar un comunicado aclarando las situaciones.

Me imagino que las soluciones que habrán adoptado los perjudicados, son de lo más dispares.

Hasta ahora, no tengo noticia que se haya producido ningún requerimiento por parte de la Agencia Tributaria. Pero no sería de extrañar que los problemas empiecen cuando el ejercicio del que estamos hablando, esté a punto de prescribir. Pongamos, finales de 2018 y primera mitad de 2019.

Y lo dicho en mis anteriores comentarios. Los pobres no nos podemos permitir el error y el desconocimiento de la norma porque la Administración nos puede dejar sin aliento. Eso queda para los pudientes.

De todas formas, que tu comentario y todos los del foro sirvan para que el número de perjudicados en el futuro se minimice.

Un saludo.

#11

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

Bueno, puestos a decir cosas, te voy a decir yo también algunas:
1.- Comprendo que un trabajador de a pie ignore esa norma, pero que también la ignore su empresa y su gestoría me extraña un montón. Para cualquier gestoría esa norma es el abc de la declaración de IRPF. Por tanto, debería de haberle avisado a su cliente.
Si no es así, ¿para qué sirve esa gestoría? Me parece el colmo que la misma gestoría tenga varios casos, es una vergüenza.
Creo que lo mejor es que le digas a esa persona que se olvide de su gestor y se pase por Rankia, al menos aquí es gratis.

2.- La sanción impuesta no es por intentar defraudar sino por no haber ingresado lo debido en su plazo.

3.- Para saber si admiten prueba en contra hay que intentarlo con el debido interés y la debida profesionalidad. Puede suceder que en un primer recurso no lo admitan, pero sí lo admita el TEAR o el contencioso si es necesario.
Visto lo visto por parte de esa gestoría, pensar en que consigan demostrar lo que estamos comentando es como creer en los milagros.

4.- Te vuelvo a dcir que si la recontratación fue sólo por unos días, no me parece muy complicado demostrar la falta de vinculación real. Pero que no sea muy complicado no significa que no haya que "currárselo".

5.- Actualmente, en Hacienda, ven huecos por todas partes porque ese trabajo lo hacen los ordenadores. Aplican el conocido procedimiento de "cacito a cacito".

5.- Resumiendo: lo que dije anteriormente, en ocasiones un buen asesor es un buen negocio. Y añado: hay mucho indocumentado que se hace pasar por asesor fiscal, por lo que hay que elegir bien.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#12

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

Está claro que en vía administrativa no se van a apiadar de él. La máquina recaudadora es muy difícil de parar.

Yo trataría de buscar alguna resolución del Tribunal Económico Administrativo a la que poder agarrarme y no descartaría acudir a los tribunales, quizá buscando algún abogado que intente lograr unos minutos de gloria si triunfa y que acepte ir a porcentaje de éxito. Cara o cruz, pero algunas veces merece la pena arriesgarse a tener que tomar dos tazas de caldo en lugar de taza y media. A veces hay cerdadas muy difíciles de digerir y la apuesta fuerte puede merecer la pena.

#13

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

Yo creo que no se debe descartar ninguna vía sin haberla explorado. Algunas veces se consiguen resultados en vía administrativa, aunque no siempre.
El problema es que una gestoría que ha cometido semejante torpeza difícilmente será capaz de acometer algo que exige bastante profesionalidad.
Es más, no me extrañaría nada que se hayan pasado los plazos para intentar algo. Una nueva torpeza de la gestoría. Luego con echar la culpa a Hacienda, todo arreglado. Hacienda tiene la culpa de muchas cosas pero no de que algunos gestores sólo sean "rellena-impresos".

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#14

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

Rendirse sin tratar de encontrar el punto débil del rival nunca, pero sin dejar de tener en consideración que es poderoso y difícil de tumbar.

Sobre gestores y asesores hay de todo: buenos, muy buenos, malos y muy malos. También hay clientes de aúpa. Algunos son capaces de engañar a su médico y después echarle la culpa de su desdicha.

#15

Re: ¿Despedido? Hacienda puede mandarte una complementaria.

Entre los asesores también los hay que se pasan de listos (son los más peligrosos), ahora están aflorando unos cuantos.
Son esos que decían a sus clientes: esto no está exento pero no te preocupes que Hacienda no se entera. Pues bien, ahora Hacienda se entera de muchas cosas. Y aunque no se enterase, hay que tributar correctamente.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.