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Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada

11 respuestas
Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada
Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada
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#1

Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada

Hola,

Este año al realizar la declaración de la renta he indicado las siguientes perdidas:

Deuda subordinada

1.- Recompra y reinversión en acciones de CatalunyaBanc - Casilla 25
2.- Venta de las acciones al fondo de garantía - Casilla 264 (3), 267, 268, 269 y 270

El resultado de la casilla 357 ("Saldo neto de las ganancias y pérdidas patrimoniales imputables a 2013 a integrar en la base imponible general") es XXXX€
El resultado de la casilla 366 ("Base imponible general") es 0

Quisiera saber porque tengo la casilla 367 en blanco?

Gracias

#2

Re: Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada

Si la cantidad que tienes en la Casilla 365 es la misma que en la Casilla 357 , la Casilla 367 debe ser CERO.

Saludos

#3

Re: Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada

La Casilla 365 está en blanco.

Yo entiendo que en este caso el importe de la Casilla 367 debería corresponder con el de la Casilla 357. Entonces porque sale la Casilla 367 en blanco?

#4

Re: Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada

Si la Casilla 357 tiene un valor (Neto de perdidas patrimoniales inferior al año), no es posible que la Casilla 365 sea CERO , siempre que la Casilla 363 tenga importe.

Y por tanto la Casilla 367 que es (357 - 365) , si la Casilla 363 no tiene importe (cosa que me extraña) la 367 seria igual a la 357.

Verifica que es la 357 la que tiene valor , no haya errores de numeración en tu consulta.

Saludos

#5

Re: Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada

La Casilla 356 tiene el mismo valor que la Casilla 357.

La Casilla 365 está en blanco confirmado.

La Casilla 366 pone 0,00.

La Casilla 367 está en blanco.

¿Puede ser porque he rellenado las perdidas atribuidas a la venta de acciones en las Casillas 264 (3), 267, 268, 269 y 270 en vez de la Casilla 254? ¿Es correcto poner las pérdidas de la venta de acciones en las Casillas 264 (3), 267, 268, 269 y 270?

Detalles:
Deuda subordinada adquirida en el 2009
Recompra forzada y posterior venta de las acciones al fondo de garantía en 2013
En el 2013 no trabajé

#6

Re: Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada

Estas diciendo que la Casilla 366 es CERO , quieres decir que no has tenido rentas en la Base General durante el 2013?.

Puedes decirnos como ha sido la operación de la Deuda Subordinada ?

Te canjearon esta inversión en deuda del 2009 en acciones a un determinado valor, con una perdida de xxxxx , en que fecha te hicieron el Canje ?.

Estas acciones canjeadas a un valor de yyyyyy , las vendiste en que fecha ?.

Fue mediante un arbitraje ? y que dice el arbitraje?.

Me parece muy raro tu declaración , donde no tengas rentas y donde la primera operación de canje es una perdida en la Base del Ahorro , al ser activos del 2009.

Así todo el PADRE no tiene en cuenta esta singularidad de tener perdidas en la Base General sin tener rentas en dicha Base General y por tanto no recoge en la Casilla 367 el pendiente de la Casilla 357 , creo que un error de programación donde no se ha contemplado este caso singular, aunque no afecta a la declaración, si despista al contribuyente.

Saludos

#7

Re: Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada

Muchísimas gracias Lunatico por tu atención.

A continuación contesto a tus preguntas:

1.- En el 2013 solo he tenido rendimientos atribuidos al ahorro.
2.- Con respecto a la deuda subordinada, Catalunya Caixa hizo el canje forzoso por acciones el 05 de Julio de 2013 (Casilla 268 - Fecha de adquisición) A continuación el día 16 de Julio de 2013 (Casilla 267 - Fecha de transmisión) vendí las acciones al fondo de garantía.
El valor de transmisión (Casilla 269) es inferior al valor de adquisición (Casilla 270).
3.- El arbitraje lo solicite pero mi petición fue denegada

En el futuro (4 años vista) me gustaría compensar futuras bases imponibles generales ya que en el 2013 no he podido.

PD: Corrígeme si me equivoco, cuando se habla de transmisión se refiere al precio total que se obtiene por vender las acciones al fondo de garantía y cuando se habla de adquisición es el precio por el cual se compraron (en este caso como ellos hicieron el canje - sería el resultado final del canje forzoso)

#8

Re: Casilla 367 - Compensacion - Deuda subordinada

Lo primero.- El canje forzoso donde te dieron acciones, la diferencia de valor entre el invertido en el 2009 y el valor del canje (valor de las acciones en el momento del canje), es una perdida patrimonial que se declara en la Casilla 025 con signo negativo. Base del Ahorro.

Lo segundo.- Estas acciones provenientes del canje cuyo valor de adquisición es el que figura en el canje ( después de la quita que te habrán realizado - negativo en la casilla 025), al venderse antes del año , se declara en donde lo tienes Casillas 264 (3) y siguientes ya que se han vendido al Fondo de Garantía ( no en el mercado de Bolsa). Valor de venta el que obtienes por la venta y valor de adquisición el que le dieron en el canje.

En este caso tendrás otra posible perdida que es la que te queda en la Casilla 357 y asignada a la Base General, aunque el PADRE no te traslade este importe a la Casilla 367, te quedara para compensar en los CUATRO ejercicios siguientes en la Base General.

Sobre esta anomalía del PADRE ya he mandado una sugerencia a la AEAT para si es posible que la corrijan, aunque no afecta al resultado , entiendo que es algo que se les paso por alto.

Saludos