¿Impuesto periódico? - IRPF
Buenas!! Quería preguntarles, si el IRPF es un impuesto periódico, ¿por qué algunos articulos hablan de euros anuales y otros no? Muchas gracias
Buenas!! Quería preguntarles, si el IRPF es un impuesto periódico, ¿por qué algunos articulos hablan de euros anuales y otros no? Muchas gracias
El IRPF es un impuesto personal o familiar que grava a las rentas de cualquier naturaleza que durante el periodo de un año ( 01-01-xx al 31-12-xx), ha recibido el contribuyente o contribuyentes familiares que compongan una Unidad Familiar.
Se declara en mayo-junio del año siguiente al que se corresponde el ejercicio a declarar.
Ejemplo : en Mayo-Junio próximo del 2014 , se declaran las rentas percibidas durante todo el año 2013.
Saludos
Es un impuesto periódico puesto que se repite de manera periódica y no puntual, y así lo estudié yo al menos
Un saludo
Efectivamente tal como dice Leopol72 se trata de un impuesto periódico por devenganse imperativamente cada 31 de diciembre, salvo excepciones y no es puntual porque no responde a hechos imponibles recurrentes en el tiempo.
Respecto a los artículos que no hablan de euros anuales, ¿Me podrías poner alguno de ellos?
Estoy de acuerdo en que es un impuesto periódico... pero al estudiar la ley a veces habla de euros anuales y otras simplemente dice "euros", por eso pensaba que se trataría de cifras mas, quizás alejadas sea la palabra, al periodo impositivo, o que al igual que el IVA, era posible determinarlo fuera del plazo anual, aunque no se hiciera por las complicaciones que acarrearía.
Lo siento, no sé si me estoy explicando bien; Mi confusión parte de artículos como el 20, que mencionan una cantidad y posteriormente otra. "El rendimiento neto del trabajo se minorará en las siguientes cuantías: Contribuyentes con rendimientos netos del trabajo iguales o inferiores a 9.180 euros: 4.080 euros anuales." ¿Los 9180 euros también son anuales?
Sí son anuales. Lo que hace el impuesto es gravar las rentas del sujeto pasivo dentro de cada año.
En el ejemplo que pones, se refiere a 9.180 euros anuales que haya percibido el contribuyente dentro del periodo impositivo entre el primero de enero y el 31 de diciembre y 4.080 euros anuales (que minorará la cuantía de lo que ha cobrado).
Saludos.
Entonces siempre habla de euros anuales? Yo pensaba que se trataba de supuestos extraños.. estaba barajando incluso que el trabajador hubiera recibido anticipios a cuenta devengados parcialmente por años :S
Si echas un vistazo a la Ley casi siempre especifica que son anuales o se puede deducir que lo son. Si por ejemplo vemos un párrafo del artículo 96 donde se plantea la obligación o no de declarar:
"En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros."
En la última cifra no se especifica que sean anuales. Pero de la lectura del conjunto se entiende de que sí que lo son.
Saludos.