#209
#210
Re: Rescate de Pension 2000 Caixa
#211
Re: Rescate de Pension 2000 Caixa
#212
Re: Rescate de Pension 2000 Caixa
#213
Re: Rescate de Pension 2000 Caixa
Esto ya me cuadra más. Claro, estoy tratando de encontrar los contratos que en su dia firmaron mis padres, pero no los encuentra y no veía la relación que podía haber entre una cosa y otra.
Tampoco me parece especialmente justo, pero esperaré a tener la documentación adecuada para ver si lo acabo de entender bien. Gracias,
Tampoco me parece especialmente justo, pero esperaré a tener la documentación adecuada para ver si lo acabo de entender bien. Gracias,
#214
Re: Rescate de Pension 2000 Caixa
De nada hombre. Este producto es o fue muy bueno, pues daba o da todavía un 8 y un 5% de intereses en mi caso. La parte negativa es que si se tiene la suerte de vivir muchos años desde que empiezas a cobrar, dale muy rentable, pero si no, eso es lo malo que tiene, aunque lo que se ha aportado no se pierde, pero los intereses, si. Bueno, si falleces los herederos no cobran los intereses. Aprovechando esto que sí que lo pone en el contrato, digamos que se han sacado de la manga este seguro para compensar si tú vives muchos años las ganancias que tengas a lo largo de todos esos años
#215
Re: Rescate de Pension 2000 Caixa
En mi caso me dijeron que en caso de fallecimiento mis herederos cobrarían 50.000 euros. Claro desgraciadamente al cliente le sale a cuenta desgraciadamente si fallece pronto, bueno a él no, a los herederos. Como digo, desgraciadamente fue el caso de tu padre. Ahí sí que hubiera salido a cuenta tener el seguro, porque tenía muchos intereses de muchos años
#216
Re: Rescate de Pension 2000 Caixa
Hola,
El 2025 debo rescatar mi P2000 en forma de pensión mensual vitalicia (355 E netos) o rescate del capital más los intereses generados durante 30 años (90.000 E menos impuestos). Hasta aquí todo es correcto o yo lo entiendo de esta forma. El problema de esto viene cuando me informo detalladamente y me comunican que si mis herederos quieren recuperar los intereses del producto debo asegurarlos (unos 45000E) lo que supone pagar una prima de inicio de 117 euros mensuales que se irá incrementando con los años.
Dudas:
1- Es esto legal? De entrada me parece un abuso, pero vayamos por partes: en principio el contrato firmado en 1994 no consta ninguna referencia a este seguro y por supuesto que si lo hubiera sabido no lo hubiera firmado por muchas excelencias que el producto merecza.
2- Se trata de un producto complejo, me informan en el banco, y es la única manera de que mis herederos obtengan los beneficios después de haber aportado yo durante 30 años una cuota mensual. No hay alternativa, o pagas o pierdes los intereses.
3- ¿Los intereses generados por las aportaciones no deberían ser legitimamente míos sin tener que asegurar este capìtal?
4. Este seguro se ha establecido de forma unilateral por el banco y mi única forma de revocarlo es denunciarlo?
Mis dudas sobre todo esto són múltiples, pero básicamente se centran en el cobro de los intereses por mis herederos con la obligación de asegurarlos. Espero haberme explicado correctamente.
Cualquier opinión al respecto se agradece.
El 2025 debo rescatar mi P2000 en forma de pensión mensual vitalicia (355 E netos) o rescate del capital más los intereses generados durante 30 años (90.000 E menos impuestos). Hasta aquí todo es correcto o yo lo entiendo de esta forma. El problema de esto viene cuando me informo detalladamente y me comunican que si mis herederos quieren recuperar los intereses del producto debo asegurarlos (unos 45000E) lo que supone pagar una prima de inicio de 117 euros mensuales que se irá incrementando con los años.
Dudas:
1- Es esto legal? De entrada me parece un abuso, pero vayamos por partes: en principio el contrato firmado en 1994 no consta ninguna referencia a este seguro y por supuesto que si lo hubiera sabido no lo hubiera firmado por muchas excelencias que el producto merecza.
2- Se trata de un producto complejo, me informan en el banco, y es la única manera de que mis herederos obtengan los beneficios después de haber aportado yo durante 30 años una cuota mensual. No hay alternativa, o pagas o pierdes los intereses.
3- ¿Los intereses generados por las aportaciones no deberían ser legitimamente míos sin tener que asegurar este capìtal?
4. Este seguro se ha establecido de forma unilateral por el banco y mi única forma de revocarlo es denunciarlo?
Mis dudas sobre todo esto són múltiples, pero básicamente se centran en el cobro de los intereses por mis herederos con la obligación de asegurarlos. Espero haberme explicado correctamente.
Cualquier opinión al respecto se agradece.