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Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....

8 respuestas
Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....
Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....
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#1

Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....

En los préstamos entre particulares, salvo error, la Agencia Tributaria está admitiendo interés cero si son familiares, mi pregunta es si el criterio se refiere a solo los directos, hijos, padres, abuelos, nietos .... o también alcanza a colaterales (hermanos por ejemplo) .....

La pregunta viene porque en el impuesto de donaciones y en el transmisiones, que ya sé que va por otro camino, pero por asimilación, de ahí la pregunta, hay importantes exenciones en "linea directa" sobre todo "mortis causa", aun cuando depende de cada comunidad autónoma que para esto parece que cada cual va pos su lado .... En el caso de Catalunya por ejemplo se puede donar cierta cantidad a los hijos (inter vivos) si ésta es para la compra de vivienda habitual, que queda exenta hasta un determinado límite.

Alguien me puede "dar luz" para el caso de "colaterales" de primer o segundo grado .... ??????

#2

Re: Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....

Cuando el negocio es entre particulares, o sea, que ambas partes sean "consumidores" en los términos jurídicos, o actuen en tanto que tales, es perfectamente legal y aceptable el préstamo a tipo 0.
En cualquier otro caso (una o ambas partes no son consumidores o no lo hacen en tanto que tales), el préstamo siempre se presupone retribuido.

Por ejemplo, un vecino y amigo, para salir de un apuro personal, te hace un préstamo a tipo 0. Perfectamente válido, si consta de manera fehaciente.

Un padre financia a su hijo para "emprender" y montar un negocio, a tipo 0. NO válido. Al actuar el hijo como empresario, por muy primer o segundo grado que haya, el préstamo se presupone retribuido, sin admitir prueba en contra.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....

Hola

¿Y se puede dar el caso de que alguien haya prestado dinero a interés 0% para la compra de la vivienda habitual y desgravar a hacienda el 15% hasta 9040?.

Se que se ha terminado la desgravación por vivienda habitual para los nuevos compradores, es por curiosidad, ya que recuerdo haber leído algún forero que presumía de tener un préstamo a o% y desgravar el 15% en el irppf.

Gracias y un saludo

#4

Re: Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....

Sí, claro.
Hace años había una deducción suplementaria para ciertos casos de financiación "bancaria". Hasta el 25 %. Cosas de la burbuja y del ministro Rato.
Pero todo el resto de financiación, fuese "no bancaria", o "bancaria" que no cumpliese requisitos, tenía, y mantiene, la deducción del 15 %.

Y dentro de financiación "no bancaria" está incluso el supuesto de pagar a plazos al vendedor.

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#5

Re: Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....

Mis padres hace poco me han hecho uno a devolver en el 2040, por esa fecha es posible que ya no esten ya que son ya mayores y si no me equivoco cuando el que da el préstamista y el que lo tiene que devolver es la misma persona pues todo queda olvidado.

#6

Re: Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....

Supongo que si, pero esto a efectos contables, sin embargo a efectos del impuesto de sucesiones no, es un derecho del testador, un derecho de cobro, al igual que un depósito en un banco, no obstante hoy por hoy, en muchas CC.AA. este impuesto está bonificado al 99 % (mortis causa).

#7

Re: Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....

Sí y no.

El derecho a cobrar la devolución de un préstamo forma parte del caudal relicto. Se paga Impuesto de Sucesiones.

Lo que sucede es que una vez liquidado el impuesto, si al aceptar la herencia resulta que el que recibe ese derecho a cobrar es también el mismo que tiene la obligación de pagar, al confundirse acreedor y deudor, se anulan.

Pero de que todo queda olvidado, pues como que no.

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#8

Re: Préstamo entre particulares, colaterales primer y segundo grado ....

Pues estas practicas las hace hasta el rey y las princesas jejejeje