Declaraciones complementarias por inclusión de gastos indebidos
Por razones que no vienen al caso, en declaraciones de años anteriores incluí como gastos de mi actividad profesional unos conceptos que ahora se que no tenía que haber incluido. Por eso he pensado en hacer declaraciones complementarias de los años que me corresponda según tenga obligación de hacerla pero me surgen bastantes dudas:
- He visto en este enlace: http://portaljuridico.lexnova.es/articulo/JURIDICO/67723/presentacion-de-autoliquidaciones-complementarias-en-el-irpf , los supuestos para hacer la declaración complementaria y no estoy seguro de que mi caso sea alguno de ellos, pero supongo que siendo que el resultado sería favorable para la Agencia Tributaria (AT) también debe ser posible.
- Aunque tengo claro que el procedimiento seria el de hacer una declaración complementaria usando el programa PADRE de los años en cuestión, supongo que de forma automática no salen los recargos correspondientes. ¿Cómo se hace para que se apliquen los recargos? ¿Hay que ir a la AT y que se encarguen ellos de este punto o se lo puede hacer uno en casa y presentarlo en el banco?
- ¿Hay algún sitio donde se puedan consultar los intereses según los años y la fórmula matemática para aplicarlos?
- Respecto a los recargos e intereses de demora, ¿hay alguna forma de hacerse uno mismo una simulación?. En caso contrario ¿sería factible ir a la AT a que te hagan ellos la simulación, tras haber hecho la complementaria en casa y ver cómo sale la cosa y si sale razonable seguir con ella y si es un buen sablazo "ya me lo pensaré"? ¿O una vez allí ya estás obligado a seguir adelante con todo...?
- Al tratarse de declaraciones antiguas, supongo que se les aplica el concepto de "extemporáneas", con sus correspondientes recargos. He visto en este otro enlace: http://www.ineaf.es/divulgativo/sistema-tributario/procedimientos-tributarios-regimen-sancionador/recargos-por-declaracion-extemporanea-sin-requerimiento-previo que si no hay requerimiento previo en algunos casos se aplica una reducción en los recargos del 25%. En mi caso ¿tendría derecho a esta reducción?
- Por último, los años en que tendría obligación de hacer estas declaraciones complementarias a fecha de hoy ¿incluirían también la renta del año 2008?
Saludos y gracias
MacCartney