¿Comisión legal o atropello descarado?
Me han cobrado una comisión por tener un saldo en cuenta positivo pero inferior al gasto acumulado en la Visa durante los días que hay entre la fecha de cierre del extracto de la tarjeta (día 24 del mes) y la fecha de cargo de la misma (día 1 del mes siguiente). Según el banco, ello origina un descubierto y, al hacer la liquidación de intereses trimestral de la cuenta, me cargan la cantidad correspondiente por "posición deudora"...
Yo no lo veo claro:
- he repasado extractos y el año pasado, a pesar de darse la misma situación varios meses, no me cargaron esos "intereses negativos". Su respuesta es que he tenido suerte por habérsele pasado desapercibido a "la máquina" (!!!);
- en el contrato no figura tal concepto pero ellos insisten en que sí. Primero dijeron que es una comisión implícita (!!!) que está en el apartado del contrato de la Visa donde se expone que "la fecha valor de los cargos en cuenta será el día de cierre de los extractos". Yo repliqué y, al cabo de un rato, dijeron que no, que ese cargo no estaba vinculado a la Visa sino a la cuenta corriente, señalándome el apartado de descubiertos. Pero eso no es un descubierto!
-tenía entendido que la Visa sirve precisamente para pagar sin disponer de efectivo en cuenta.
¿Me equivoco, o debo reclamar?
(He leído varios post en los que se hablaba de comisiones cuyo concepto no se había conseguido aclarar. Quizá se trata de este mismo "motivo"...)