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¿Comisión legal o atropello descarado?

34 respuestas
¿Comisión legal o atropello descarado?
¿Comisión legal o atropello descarado?
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#25

Re: ¿Comisión legal o atropello descarado?

Viceversa al abono de pensiones que se ingresan en cuenta el día 25 con fecha valor día 1 y generan unas liquidaciones a quienes retiran la pensión nada mas cobrarla de órdago.

Saludos

#26

Re: ¿Comisión legal o atropello descarado?

Nunca entendí a algunos pensionistas esto de retirar la pensión, si vas a la caja el día 1 ... mejor no vayas, la cola suele ser larga ....... dudo que sea porque llevan 3 días sin comer,buenoa alguno puede que tenga problemas pero no es la generalidad.

#27

Re: ¿Comisión legal o atropello descarado?

Si lo he visto lo del calculo de intereses en base año 365(366, bisiesto), pues cuando tu lo dices.....

Viva el vino y la mujeres!!, el primero cuanto mas bueno mejor lo segundo ......

#28

Re: ¿Comisión legal o atropello descarado?

La cosa va así 150.000 € de hipoteca al 4% son 6.000 : 360 = 16,66666 cada mes x 31 de julio = 516,66, si haces la división por 360 debes considerar todos los meses de 30 días, y el cálculo sería 499,99 € .... es legal, solo que la división de hace por que sale mejor, y la multiplicación por lo que sale mas favorable. ACT 360 creo ..... en los meses de 30 días no tiene efecto, pero hay 7 meses con 31, y uno con 28, pues 7-2 = 5 de ganancia real, o 6 si es bisiesto.

Base 30/360 : Todos los meses se computan como si tuvieran 30 días y los años como si tuvieran 360 días.
Base 30/365 : Todos los meses se computan como si tuvieran 30 días y los años como si tuvieran 365 días.
Base ACT/360: Todos los meses se computan por los días reales que tienen y los años como si tuvieran 360 días.
Base ACT/365: Todos los meses se computan por los días reales que tienen y los años como si tuvieran 365 días.
Base ACT/ACT: Todos los meses se computan por los días reales que tienen y los años por los días reales que tienen.

#29

Re: ¿Comisión legal o atropello descarado?

¿Esto se puede hacer? ¿Qué derecho tiene el banco a retenerte un dinero que te han ingresado?

Saludos

#30

Re: ¿Comisión legal o atropello descarado?

Si no he entendido mal Catalunya Caixa intenta cobrarte una cantidad, en concepto de intereses por descubierto, debido a que el día 24 no tenías saldo suficiente para abonar el gasto de una tarjeta de crédito, cuyo cargo efectivo no se hizo hasta el día 1 del mes siguiente, fecha ésta que es la que se indicaba como fecha de pago en el extracto. Petersen tiene razón cuando en el post 17 indica que no se puede cobrar comisión de descubierto por razones de fecha de valoración. El Banco de España establece en este caso, y no es una simple recomendación sino que es una norma, lo siguiente:

Sin embargo, está prohibido el cobro de comisión por descubierto cuando este se produce únicamente como consecuencia de las distintas fechas de valoración atribuidas a los ingresos y reintegros en la cuenta corriente por la mecánica bancaria habitual, lo cual no es atribuible al cliente.
Fuente: Comisiones por Descubiertos Aunque, como comentabas no te han cobrado este tipo de comisiones sino unos intereses por descubierto motivados por una cuestión de fecha de valoración. Las fechas de valoración están reguladas en el anexo IV de Circular 8/1990 del BdE. En su apartado 9 establece que la fecha de valoración en operaciones derivadas de tarjetas de crédito y similares será según el contrato de adhesión. Tendríamos que mirar el contrato que firmaste en su día en relación a la tarjeta para ver que fechas se determinan y comprobar si efectivamente la fecha de valoración es el día 25. De todas maneras, y aunque fuera así, esta situación resulta absurda. Tú tienes la obligación con el banco de pagar el día que se pacto, esto es el día 1, con lo que, de aceptar la tesis de Catalunya Caixa, estarías obligado a tener disponible el dinero en cuenta, sin poder tocarlo, una semana antes del pago efectivo. Te recomendaría que interpusieras una reclamación ante el SAC de la entidad y luego, si no atienden tu petición, ante el Servicio de Reclamaciones del BdE. Un saludo
#31

Re: ¿Comisión legal o atropello descarado?

Estaba también aquella, que comentamos hace bastante en un hilo, sobre la forma de liquidar intereses y Saldo Medio no dispuesto (SMND) en las cuentas de crédito.

Intereses deudores: Por saldo valoración
SMND: por saldo posición.

Implicación práctica: Supongamos que un lunes ingresas mediante cheque la totalidad del saldo deudor de la cuenta de crédito que vence el jueves. Pues bien, ese importe va a generar una doble liquidación: De intereses por valoración desde el lunes al jueves (fecha valor del cheque) y SMND, también de lunes a jueves, en las que por saldo posición la cuenta no ha estado dispuesta.

S2

#32

Re: ¿Comisión legal o atropello descarado?

Para Baldufa:
Hola y gracias. Sí, sí, me quedó todo claro y dije que igual reclamaría (post 19). Las preguntas de mi último post (el 29) era en relación a lo que había expuesto Jexs71 sobre el abono de las pensiones.
Saludos