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Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.

67 respuestas
Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.
Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.
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#1

Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.

Muy revelador el documento de trabajo elaborado por el abogado Otero Lastres (no olvidemos que es uno de los “padres” de la actual Ley Concursal) que se puede encontrar en la web de la Plataforma Blanca de Madrid.

Más abajo pongo el enlace, para quien quiera leerlo. Me permito, sin embargo, extraer unas frases más que ilustrativas:

Comienza así:

No es frecuente introducir a los lectores de un trabajo avanzado la conclusión, pero en este caso, no puedo resistirme a ello: en el caso AFINSA hay muchísimas posibilidades de que se consume un expolio escandaloso del que están siendo víctimas 190.022 modestos ahorradores. Si el Tribunal Supremo no lo remedia en su día, podríamos estar ante uno de los asuntos judiciales más sangrantes de nuestra historia reciente.

para acabar rematando, tras una docta argumentación jurídica:

La verdad es que los afectados de AFINSA tienen que estar atónitos, ya que en los dos ámbitos indicados se sostienen tesis contrapuestas y, lo que es peor para sus intereses, en cada uno de ellos lo que más les perjudica. Así, con la defensa de la tesis de que el negocio es mercantil, se excluye la responsabilidad patrimonial subsidiaria del Estado y con la postura de que el negocio es financiero y de que la filatelia es de AFINSA, se pueden liquidar los sellos para pagar con ellos en moneda del concurso a los afectados, que, en rigor, son sus verdaderos dueños.

Y concluye:

Si se confirma la situación actual, y no se obliga al Estado a responder subsidiariamente, se habrán pisoteado los intereses de más de 190.000 modestos ahorradores a los que se les habría expoliado escandalosamente los ahorros que invirtieron en una compañía que desarrollaba su actividad a la vista de todos, mediante el subterfugio de sostener en cada ámbito jurídico lo más perjudicial para ellos.

Esto se está convirtiendo para algunos en un auténtico avispero.

http://www.plataformablancamadrid.org/documentos.php5

#2

Re: Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.

"Otero Lastres (no olvidemos que es uno de los “padres” de la actual Ley Concursal)"

Pues felicitemosle por la maravillosa ley Concursal que ha parido. Se estan forrando los administradores concursales con nuestro dinero.

#3

Re: Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.

¿Eso es todo lo que tienes que comentar de tan extenso y fundamentado documento jurídico?

Vaya.

#4

Re: Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.

pos sí.

#5

Re: Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.

Lamento deciros que el Informe de Otero Lastres no aporta absolutamente nada nuevo, es pobrísimo, se le ve el plumero de que se mueve en la órbita de los intereses de las empresas, y me sorprende que un Catedrático de Derecho Mercantil no sepa cómo deben interpretarse los contratos.
A ver si se entera ese Señor que lo esencial es el propósito o intención que perseguían los contratantes, y por lo que a los clientes respecta, ésta no era otra que obtener una retribución ("interés" lo llama el artº. 315 del C. de Cº.) - predeterminada de antemano en el contrato - y a cambio (como reconoce ese Catedrático) de la transmisión de la titularidad y disponibilidAD DE LA SUMA ENTREGADA DURANTE EL PERIODO DE VIGENCIA DEL CONTRATO Y SUS POSIBLES PRÓRROGAS. Esa es la "causa financiera", y por ello, el contrato está muy bien calificado por la Agencia Tributaria, la Fiscalía Especial del Estado y todos los Magistrados que tramitan los Concursos de Forum, Afinsa y Arte y Naturaleza, como DEPOSITOS IRREGULARES Y REMUNERADOS DE DINERO (A PLAZO FIJO, iguales a una imposición bancaria a plazo fijo, o préstamos remunerados de dinero, que a los efectos es lo mismo en este caso, por efecto de lo dispuesto en el art. 309 del C. de Cº. y 1768 del C.C.

No es el caso explicar aquí y ahora la finalidad - presuntamente delictiva - por la que las empresas utilñizaban una terminología equívoca y contradictoria con el contenido obligacional del contrato, empleando términos propios de una compraventa y no de un contrato en el que una parte entrega una sumade dinero a la otra, a cambio de obtener de ésta última y como contraprestación,una retribución prefijada de antemano en un porcentaje anual (un interés, y en todo caso, con el compromiso no opcional(osea, firme, irrevocable e incondicional, y que nada tiene que ver con una opción de compra como erróneamente lo califican los Magistrados de la Sala de lo Contencioso)- asumido en los contratos por las empresas- de reembsolsar en todo caso ese capital íntegro al cliente, una vez vencido el contrato o su última prórroga. SOLO A UNOS CATETOS EN DERECHO SE LES OCURRE LA IDEA DE CALIFICAR ESO COMO COMPRAVENTA. En manos de quien estamos. Todo ha decaído alarmantemente en este país que se aproxima a la catarata.

Se trataba de CONTRATOS-TIPO O CONTRATOS DE ADHESION, ELABORADOS UNILATERALMENTE POR LAS EMPRESAS, y en los que los clientes no podían varias ni la posición de una coma. y la Jurisprudencia del Tribuanl Supremo (Salas I y III) mantienen pacíficamente desde hace muchos años la doctrina de que "LOS CONTRATOS SON LO QUE SON Y NO LO COMO LOS DENOMINEN LOS CONTRATANTES" - EN ESTE CASO UNO SÓLO DE LOS CONTRATANTES, LAS EMPRESAS -. FLOJITO ANDA EL CATEDRÁTICO, Y NO QUIERO IMAGINARME CÓMO SALDRÁN DE LAS AULAS SUS ALUMNOS.

NO QUIERO TERMINAR SIN REFERIRME A LA GRAN CHORRADA (una de las muchas existentes) DE LOS MAGISTRADOS DE LA SALA DE LO CONTENCIOSO DE LA AUDIENCIA NACIONAL, cuando despachan el asunto de la interpretación y calificac ión jurídica de los contratos con la frase " Los contratos deben interpretarse de buena fe". ¿ A qué buena fe se refieren esas señorías, a las empresas cuyoa cúpula directiva está inculpada en las diligencias penales 134/2006 y 148/2006 por los Juzgados de Instrucción 1 y 5 de la Audiencia Nacional, por presuntos delitos de estafa (piramidal), apropiación indebida, falsedad en documentos privados, administración desleal, evasión de capitales.... LO DICHO, en este asunto hay mucho indocumentado, o lo que es peor, presuntos prevaricadores.

#6

Re: Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.

Catetos en Derecho.
Catedráticos flojitos.
Chorradas de los magistrados.

Muy docto te debes considerar, cuando te permites semejantes licencias.

Supongo que, por lo menos, debes ser magistrado del Supremo. Porque sería difícil entender que, dada tu sapiencia, tu doctísima opinión, no hayas sido llamado a impartir justicia desde las más altas esferas de la judicatura.

#7

Re: Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.

Sardinero:

No es que yo sea muy docto, es que los interpectos aparentan desconocer lo que no les interesa.
De todas las maneras, el informe de Otero que ha permitido ver muy claro cúal es su posicionamiento y hacia dónde barre, lo mismo que la Sentencia de la Audiencia Nacional permitió ver claramente para dónde barrían los Magistrados. Y qué casualidad, TODOS ELLOS BAILAN AL SON QUE MARCAN LAS EMPRESAS Y LA ADMINISTRACION.

HAY UNA COSA QUE TENGO CLARÍSIMA: tanto otero lastres, COMO AUSBANC Y CUALESQUIERA ASOCIACION DE CONSUMIDORES Y USUARIOS O DESPACHO DE ABOGADOS QUE CABALGA EN EL MISMO JAMELGO QUE LAS EMPRESAS, YA SABE DE ANTEMANO QUE EL SUPREMO LES VAN A DAR EL CACHOTERO. ¿no será eso lo que buscan a propósito con tal de que el Supremo diga lo que las empresas desean que se diga ?. Los afectados que están defendidos por esas Asociaciones y despachos, en mi modesta opinión, están siendo burlados si algo o alguien no lo remedia. SOLO HAY UNA FORMA DE EVITARLO, como se verá transcurridos unos meses.

#8

Re: Pronunciamientos abogado Otero Lastres - Muy revelador.

Perfecta respuesta a Lucanor: Sobre todo por la "consistencia" de tus argumentos, pruebas y opiniones.
Fale?

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