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El Valor de Afinsa

117 respuestas
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#33

Re: El Valor de Afinsa

El pedazo, o pedaza, de confidente que se ha perdido la Fiscalía es la mencionada autora del folletín......... porque no les ha presentado su "documentación".

Tu mismo si confiesas ser coparticipe simulador deberias presentarte a declarar inculpándote junto a los imputados.

El resto de afectados no copaticipamos en ninguna simulación, puesto que aceptamos los contratos y las estampitas que redactó y "colocó" Afinsa, sin oportunidad de participar en ello, y te aseguro que les entregamos dinero de verdad, de curso legal, no simulamos nada.

#34

Re: El Valor de Afinsa

Pues en lugar de remitirnos a esos supuestos "libros", lo que deberias hacerle es la misma recomendación que has hecho, a la autora del folletín supuestamente "documentado", que ponga todos esos "documentos" en manos de los fiscales en lugar de intentar lucrarse vendiendo novelas.

#35

Re: El Valor de Afinsa

¿ Quien te ha asegurado a tí, que los fiscales no tienen en su poder el libro El saqueo de Afinsa, o que no son perfectos conocedores de su existencia ?.

Y no es un libro "supuestamente documentado". Es un libro TOTALMENTE documentado. Caso de que ésto no fuera así, a su autora ya se le habría caído el pelo. Y, que yo sepa, hasta ahora nadie ha dicho ni "mu", ni ha desmentido su contenido. Por lo cual, y como dice el refrán : QUIEN CALLA, OTORGA.

#36

Re: El Valor de Afinsa

A Santiago 1:
Conocía esas Sentencias que amablemente ha consignado FUERZA Y HONOR, pero yo creía que te referías a una Sentencia fresca y reciente sobre el "fondo del asunto".
Aquellas Sentgencias a las que tú te refieres, no han resuelto, ni muchpo menos, el fondo del asunto, sino un tema tangencial, unos recursos de apelación del Bufete Marín que quiso hacer una "pirueta en el aire" para agradar a sus defendidos y justificar su labor (no veo otro fin) y que dió pie a que la APM considerase a los defendidos por ese despacho y recurrentes, la condición de acreedores ordinarios, no sólo por el importe de las sumas invertidas en Forum sino también de los intereses (pues son intereses todas las remuneraciones del dinero entregado a otro, según el artº. 315 CCº, y mal se puede obtener "beneficios" - como los denominaba Forum en sus contratos de adhesión fabricados en masa -, sin antes haber vendido el bien en cuestión). LO IMPORTANTE ES QUE RECONOCE A LOS CLIENTES/inversores la condición de ACREEDORES ORDINARIOS, y además extiende esa calificación de créditos ordinarios, a los intereses (que "no beneficios" al no haberse vendido ni antes ni después los sellos adjudicados en los mercados libres, externos e independientes de filatelia: hablar de "beneficios" de operaciones futuras es "vender la peil del oso antes dce cazarlo", lo que demuestra que de beneficios nada de nada sino que se trata de "intereses simples o compuestos", según sea la fecha de los contratos con Forum). devengados desde la firma de cada contrato hasta la declaración judicial de apertura del Concurso de Forum (creo de memoria que, en torno al 20 de junio de 2006).
Las Sentencias no se pronuncian sobre el FONDO DEL ASUNTO pues no era ese el objeto de los recursos de apelación.
Respecto al fondo: Los contratos de estas empresas, por el simple hecho de que en ellos las empresas afirmaban dedicarse a comerciar con sellos, eran "mercantiles", como es mercantil el contrato que firmas con la electra, o con telefónica, o el contrato de depósito a plazo fijo en una entidad de crédito. "mercantil" es el género,
pero la cuestión de fondo es determinar LA ESPECIE, es decir, el tipo o clase de contrato: ¿compraventa? ¿mediación en la compra y venta? ¿depósitos o imposiciones remuneradas de dinero a plazo fijo ? ¿préstgamos remunerados de dinero?.
HEMOS DE ESPERAR QUE LA APM, POR TANTO, SE PRONUNCIE SOBRE EL FONDO DEL ASUNTO, con todos los elementos probatorios en la mano, y teniendo en cuenta que la valoración de los hechos probados que ha hecho el Juzgado Mercantil en la fase concursal ( 1ª instancia) debe ser respetada por la APM salvo que se trate de valoraciones ABSURDAS, arbitrarias, IRRAZONABLES, O HAYA INCURRIDO EN MANIFIESTO ERROR DE HECHO O DE DERECHO AL VALORAR ESAS PRUEBAS. ! Toca esperar las SENTGENCIAS QUE RESUELVAN LOS RECURSOS DE APELACIÓN DE fORUM SOBRE EL FONDO DEL ASUNTO, pues de ellas se derivarán diversas vías de reclamación de la RPE, pues lo que es de los Concursos, mucho me temo que no hay nada que rascar al ser empresas ruinosas, y otro tanto decir de la vía penal si no se consigue implicar penalmente a algún funcionario o Autoridad, cosa que tienen orden de impedir a toda costa los Juzgados de la AN.

#37

Re: El Valor de Afinsa

Santiago escribió:

"Lo dicho. Lucanor no está al dia".

No se informa, pero qué bien prejuzga. Como dice el dicho, "el sordo no oye, pero compone".

#38

Re: El Valor de Afinsa

... el contrato de depósito a plazo fijo en una entidad de crédito es "mercantil" es el género ...

¿De dónde sacas, tú, eso? Eso no te lo crees ni tú, ¿verdad?

Si la Audiencia Provincial determinó que los contratos eran mercantiles, entonces la filatelia pertenece a los clientes. Esa es la condición primordial de la que ya no se puede (o no se debería desdecir) nadie en esa Audiencia, sin caer en contradicciones.

... la valoración de los hechos probados que ha hecho el Juzgado Mercantil en la fase concursal ( 1ª instancia) debe ser respetada por la APM salvo que se trate de valoraciones ABSURDAS, arbitrarias, IRRAZONABLES, O HAYA INCURRIDO EN MANIFIESTO ERROR DE HECHO O DE DERECHO AL VALORAR ESAS PRUEBAS ...

Esos supuestos hechos probados a los que tú aludes, no son más que juicios de valor, subjetivos, de un Juez, sobre la intencionalidad última (generalizada) que él creyó que había en los clientes de Afinsa. Una opinión o valoración que fué recurrida en el incidente concursal (al estar plagado ese concurso de irregularidades), correspondiente, y continúa recurrida ante la misma Audiencia, para que ésta manifieste su pronunciamiento, definitivamente. Por tanto, el último enunciado de tu frase, cobra su máximo rigor, en éste caso.

#39

Re: El Valor de Afinsa

...si lo que quieres es dar a entender que hay un "enfoque" financiero que produce el desfase, tal cosa no es aceptable, solo hay un enfoque para la contabilidad, ni financiero ni mercantil, un enfoque contable, y quedó demostrado y sentenciado que había insolvencia ...

Creo que no terminas, nunca, de entender, bien, lo que se te indica y pienso que el problema no lo tengo yo, porque me esfuerzo por explicarme con claridad suficiente.

La contabilidad de una empresa, se puede, establecer o elaborar, según distintos criterios (por lo que tengo entendido). Uno, puede ser por el método financiero, tal y como se hace en las entidades de crédito y otro, es un enfoque mercantil. Naturalmente, el resultado final en las cuentas, deberá arrojar lo mismo, es decir, si existe beneficio o no. Si hay o no hay desface, habrá pérdidas o se dará un superávit, correspondiente.

No digo, que un enfoque financiero produzca un desface en la contabilidad de Afinsa. Lo que digo, es, que, formulando la contabilidad de Afinsa, en base a un enfoque financiero, era más fácil cometer irregularidades o hacer "trampas", para obtener esa insolvencia ficticia.

Los imputados, no tenían acceso a las cuentas, para poder presentar contabilidad alguna. Quienes tenían que hacerlo eran los AACC y así lo hicieron, pero a su modo. Al final, todo se reducía al método de valoración de la filatelia, empleado, que era, totalmente, ilegal y que ya ha sido, aquí, sobradamente, comentado.

La AT, podrá indicar lo que le parezca, pero tiene que basarse, su exigencia, en la legalidad vigente. Tampoco puede ser, que, ni siquiera, se pongan de acuerdo entre los distintos funcionarios de ese órgano.

Lo del valor de los sellos y lo que a tí te parezca reprobable o no, lo dejamos, mejor, para que se pronuncien los Tribunales y saldremos de dudas, definitivamente. ¿De acuerdo?

Por último, quisiera hacerte la observación, de que tomes conciencia, que cuando se acusa a alguien de mentir en algo (en éste caso me refiero a otro forero y no a mí), debe ser el que acusa, quien tiene la obligación de aportar las pruebas correspondientes y no al revés. De lo contrario, procura no tildar de mentiroso, a nadie. Es tan sólo una recomendación que me permito darte. Tú decidirás lo que mejor te conviene.

#40

Re: El Valor de Afinsa

… Tu mismo si confiesas ser coparticipe simulador deberias presentarte a declarar inculpándote junto a los imputados.
El resto de afectados no copaticipamos en ninguna simulación, puesto que aceptamos los contratos y las estampitas que redactó y "colocó" Afinsa, sin oportunidad de participar en ello, y te aseguro que les entregamos dinero de verdad, de curso legal, no simulamos nada ...

De verdad, que, contigo hay que arrojar la toalla, los que tratamos, aquí, de clarificar algunas cosas, para que la gente que entra a leer, no se preste a confusión y salga mejor informada.

Creo que ya alguien te lo llegó a apuntar, no sé si en los mismos términos o en otros parecidos, pero, tú, es que pareces, que, en lugar de percibir por los sentidos, lo haces más bien por el culo.

El único que confesó que los afectados éramos copartícipes de una simulación, fué tu idolatrado Gil Robles, que tal vez sea quien te represente en los Tribunales. Éste rábula, entre otros, declararon que los clientes realizamos operaciones financieras en lugar de mercantiles, lo que llevó al Juez Mercantil a presuponer que podíamos ser cómplices de una simulación. Menos mal que las Sentencias de la AN y del TS, echaron abajo éste supuesto, posteriormente.

Éso, es, lo que aquí se ha afirmado y no otra cosa, porque así puede leerse, por todo aquél que sepa y quiera leer, como es debido, que no parece que sea tu caso. Ahora vienes, tú, a darle la vuelta al asunto, modificándolo a tu antojo.

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