Acceder

El Valor de Afinsa

117 respuestas
El Valor de Afinsa
El Valor de Afinsa
Página
4 / 15
#25

Re: El Valor de Afinsa

A Santiago 1:
Por lo que veo, sa sabes cual va a ser el sentido y contenido de las Sentencias de la Audiencia Provincial de Madrid, y eso sólo es posible por alguno de estos medios:
1/ Que tú seas uno de los 3 Magistrados de esa AP y estés de acuerdo con los otros 2.
2/ Que sabes que el Gobierno ha dirigido una Orden a la APM para que las Sentencias vayan en el sentido y contennido que tú manifiestas conocer en tu escrito.
3/ Que exista un presunto delito de cohecho, y tú o alguien que conoces haya sido el que ha negociado! en nombre de las emporesas con esos Magistrados el sentido y el contenido de las Sentencias. ACLARASNOS A LOS AFECTADOS EN QUE PUNTO TE UBICAS, PARA QUE SDEPAMOS CUAL ES LA PRÓXIMA MARRANADA QUE NOS VAN A HACER. yA QUE NOS QUIEREN MATAR, AL MENOS QUE SEPAMOS QUIEN VA A HACERLO Y SI NOS VAN A MATAR A CUCHILLO O CON ARMA DE FUEGO U OTRO INGENIO DE MATAR.

RESPUESTA :
Lucanor. Sinceramente creo que andas un pelín limitado por lo que se refiere a las posibilidades que me llevan a pensar en qué sentido se puede pronunciar la Audiencia Provincial. Olvidas que dicha Audiencia ya se ha pronunciado en el caso Fórum, y que no sería de recibo que realizara un pronunciamiento distinto en el caso Afinsa. Amén de la sentencia del Tribunal Supremo. Esto, y no otra cosa, es lo que me lleva a pensar que la A.P. dictará sentencia declarando los contratos como de carácter mercantil. Y si esto es así, no puede, o no debe por que sería una contradicción total y absoluta, decir que la filatelia no es propiedad de los clientes.

tÚ CONCERTASTE CON aFINSA - SEGÚN CONFIESAS - UN PACTO SIMULATORIO CON AFINSA, pero debes ser de los pocos ejecutivos o personas vinculadas a los propietasrios de Afinsa que acordaste tal cosa. Por contra, yo y creo que el 99,999% de los afectados, ni hicieron pacto simulatorio alguno (simulación para perjudicar a terceros ¿a qué terceros ?), ni saben lo que es un pacto simulatorio. LO QUE HICIMOS ES ENTREGAR NUESTROS AHORROS DE BUENA FE A ESAS EMPRESAS, CONFIADOS EN QUE LLEVABAN FUNCIONANDO A PLENA LUZ DEL DÍA Y MÚLTIPLES OFICINAS ABIERTAS AL PÚBLICO, DURANTE DECENAS DE AÑOS SIN FIGURAR EN NINGÚN REGISTRO DE MOROSOS, NI TENER LITIGIOS PENDIENTES NI SANCIÓN ADMINISTRATIVA ALGUNA, antes al contrario, pagando puntualmente a los inversores las sumas de dinero garantizadas en los propios contratos. En el caso de Afinsa se le garantizaba al cliente en el contrato llamado "Mandato de venta", que al final del contrato la empresa le pagaría una suma concreta y cierta, que era la suma de lo invertido más los rendimientos (inte3reses simples anuales) garantizados como remuneración cierta del capital. ¿Sabes lo que es una simulación, sabes cómo se declara la existencia de simulación, sabes qué procedimiento judicial hay que seguir, sabes quien puede pedir la declaración de la exisgtencia de una simulación y cuales son sus efectos, sabes las clases de simulación que exziswten, sabes dónde están las pruebas de la simulación que tú manifiestas, etc ?. Estudia , aplícate, antes de hablar de oídas, pues la mayor parte de las veces quien te susurra al oído, o es un falso adulador o un pésimo consejero).
En otro orden de cosas tge diré, que los Jueces y Fiscales tienen material más que suficiente, de hecho y de Derecho, para elevar las diligencias penales a la AN para juicio, pero, COMO HE DICHO CIEN VECES Y VUELVO A REPETIR, TIENEN ORDEN DE MANTGENER ABIERTAS LAS DILIGENCIAS PENALES PUES AL ESTADO EN ABSOLUTO LE INTERESA EL ARCHIVO DE ESAS DILIGENCIASD NI MUCHO MENOS LA CELEBRACION DE UN JUICIO ORAL Y PUBLICO QUE DURARÍA VARIOS MESES Y EN EL QUE SERIAN LLAMADOS A DECLARAR MUCHOS FUNCIONARIOS Y ALTAS AUTORIDADES DEL ESTADO, con el consiguiente escandalo para la opinion publica, y el riesgo más que cierto de que, PUDIERA ESCLARECERSE EN ESOS JUICIOS PUBLICOS LA "implicacion" DE ALTAS AUTORIDADES EN LAS ACTIVIDADES DE LAS EMPRESAS. es el miedo el que tiene paralizado al Poder Ejecutivo, pues los Jueces de la Audiencia Nacional y los Fiscales - si de ellos dependiera - ya habrían remitido varios furgones de documentos y testimonios a la AN para vista pública y Sentencia, pero se limitan a cumplir las instrucciones del Ejecutivo que les dice que se queden !QUIETOS PARADOS !. nO LO VOY A REPETIR MÁS VECES, PUES SI ALGUIEN VUELVE A PLANTEARSE LA MISMA PREGUNTA, ES PORQUE ES UN ASNADO DURO DE MOLLERA.

RESPUESTA :

Lucanor : Lo de la simulación, o no simulación, no me lo adjudiques a mí. Adjudícaselo a los mindunguis de abogados, incluido algún que otro ilustre, que declararon en el proceso mercantil que sus clientes realizaron operaciones financieras, en lugar de mercantiles. Esto, y no otra cuestión, es lo que nos lleva a ser cómplices de una simulación, DECLARADA POR NUESTRO PROPIOS ABOGADOS ANTE EL JUEZ MERCANTIL.. Menos mal que, posteriormente, vino el Tribunal Supremo y la A.P. de Madrid a decir lo contrario para salvarnos el culo.

Por lo que se refiere al material, que tú aludes, que tienen los jueces y fiscales para elevar las diligenia penales a juício, he de decirte, que eres tú el único que realiza tal afirmación, puesto que LETRADOS PERSONADOS EN LA CAUSA PENAL dicen totalmente lo contrario, es decir, QUE NO HAY PRUEBAS DE LA COMISION DE DELITOS, O QUE JUSTIFIQUEN EL CIERRE Y CLAUSURA DE LA EMPRESA.

#26

Re: El Valor de Afinsa

¿Me toma, a mí, por un ex-administrador de Afinsa? Lamento decirle que se equivoca, Ud., completamente y es quien empieza mal, ya de entrada, su prolija disertación. Para información, general, de todos los que aquí lean, hago saber, que, soy, únicamente, un ex-cliente y por tanto, afectado, también, por la intervención de la Compañía.

Me habla, Ud., sobre cuestiones, particulares y profesionales, de la persona que es autora del libro al que yo remito, como si ese fuese un asunto de mi incumbencia. Lo que, en primer lugar, debería tener en cuenta, es que se vé muy mal, criticar o hacer alusiones, sobre alguien, que no está presente para poder defenderse, debidamente.

Luego, hace, unos comentarios y observaciones, sobre unas supuestas mentiras y ocultamientos de datos, que, al parecer, es solo Ud. quien, los conoce muy de cerca. En ese caso, lo que, realmente, procede, es, o bien, citar a la autora a un debate público que clarifique el asunto o que escriba Ud. otro libro como ella (con soporte documental incluido) y en el que publique Ud. sus conocimientos, para que puedan ser contrastados, por todos aquellos lectores a quienes les interese éste caso.

Por lo demás, le indico lo mismo que ya le ha advertido otro forero. Si posee, Ud., alguna información relevante, que pudiese ayudar a clarificar éste expolio, no se la guarde, tan sólo, para señalarla en algún foro y anímese a compartirla con el Fiscal que lleva éste caso, cuyo agradecimiento, es seguro, que se lo dará en nombre de todos.

Respecto a la tasación de los sellos, no se coma Ud. mucho el "coco", que ese asunto es muy fácil, para los peritos que entienden de eso y que encuentran herramientas de trabajo, inestimables, en todo el conjunto de catálogos, que les ofrece, para realizar su trabajo, un amplísimo repertorio.

Cualesquiera otras dudas, que Ud. pueda tener, le sugiero que se dirija, si es posible y de manera directa, a los AACC, que son quienes, con total seguridad, podrán informarle con la mayor claridad, sobre las preguntas a las que, ahora, no encuentra, apenas, respuestas.

#27

Re: El Valor de Afinsa

Es la primera noticia que tengo de la Sentencia de la APM sobre el asunto de FORUM, PUES EL jUZGADO mERCANTIL Nº. 7 NO HA COMUNICADO ABSOLUTAMENTE NADA, NI HASTA HOY SE HA PUESTO AVISO ALGUNO EN LA WEB DE LOS aDMINISTRADORES cONCURSALES DE fORUM.

¿ Sería tan amable de indicarme algúnos datos que me permitan localizar y leer esa Sentencia de la APM sobre FORUM ?. Gracias.

#28

Re: El Valor de Afinsa

Por lo que observo, no estás al dia

#29

Re: El Valor de Afinsa

Por si te, sirve o ayuda, en algo, he aquí algunos datos y enlaces sobre la noticia, que se difundió en su día en diversos medios y también a modo de referencia entre otras noticias relacionadas con Afinsa:

Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid en sentencias de 12 de marzo de 2010 (sentencia nº 69/2010) y de 16 de julio de 2010 (sentencia nº 184/2010) (pp. 11 y 12)

http://www.gpsnews.es/2010/03/26/la-audiencia-provincial-de-madrid-da-la-razon-a-los-perjudicados-de-forum-filatelico/

http://www.afectadosforum.com/forum/index.php?option=com_content&task=view&id=332&Itemid=102

http://canalafinsa.blogspot.com/2011/09/concurso-afinsa-escrito-de-alegaciones_26.html

http://elsaqueodeafinsa.blogspot.com/2011/04/concurso-afinsa-alegaciones-de-d-jose.html

#30

Re: El Valor de Afinsa

Lo dicho. Lucanor no está al dia

#31

Re: El Valor de Afinsa

Tu puedes tener un pulpo como animal de compañía si quieres, eres muy libre.
Pero si lo que quieres es dar a entender que hay un "enfoque" financiero que produce el desfase, tal cosa no es aceptable, solo hay un enfoque para la contabilidad, ni financiero ni mercantil, un enfoque contable, y quedó demostrado y sentenciado que había insolvencia.

No hay criterios contables financieros y mercantiles como pretendeis hacer creer, y sino pregunto por enésima vez, donde, en que ley se detallan esas "diferencias".

Los imputados ni siquiera se atrevieron a presentar una contabilidad, cuando el Juez se la pidió.

Solo habría dos alternativas desde SU punto de vista:
- Poner los sellos como se hizo y esperar su valoración.
- No ponerlos......... pero entonces la contrapartida de los compromisos de recompra era ponerlo como deudas en el pasivo....... y estábamos en las mismas....... encima no los habian provisionado como les indicó la A.T.

Tienes razón en lo del valor de los sellos es indigno, realmente indigno y muy reprobable que sellos comprados en el mercado por 57mill. se "colocasen" en contratos como si valiesen 700mill. realmente muy indigno.

#32

Re: El Valor de Afinsa

Si, había una consulta al ICAC, pero posteriormente posiblemente porque no les gustó la respuesta hicieron la misma consulta a la A.T. con el mismo resultado, especificando que aunque las operaciones realizadas fueran de caracter mercantil debía procederse a provisonar la deuda contraída.

Incluso uno de los afinseros que andan por aquí nos copió hace un tiempo un escrito elucubratorio de esos a los que son tan aficionados, y en uno de sus también típicos deslices mencionaba esa consulta y respuesta de la A.T.

Por cierto el ICAC sacionó a los auditores de Afinsa, por pasar por alto esos "detallitos".

Te puede interesar...

- No hay entradas a destacar -

- No hay entradas a destacar -