Hola,
A ver si puedo ayudar en lo que buenamente pueda para clarificar el punto 2) :
- Estamos de acuerdo en que si el inmueble es nuevo: IVA + AJD .
-Si el inmuebles es usado , se pueden dar dos posibilidades:
a) Vendedor es persona física (no sujeto pasivo de IVA): La compraventa tributaría ITP ( el leasing es neutro).
b) Vendedor es Empresa y el inmueble està sujeto a su actividad industrial o comercial: Compraventa sujeta y exenta de IVA por nº 22 del apartado uno del artículo 20 de la Ley de IVA 37/1.992 de 28 de Diciembre(se podría solicitar renuncia a la exención de IVA si interesara a la vendedora) y sujeta a ITP pero exenta de ITP si el comprador es una Cia de Leasing (al amparo del art. 88 letra B apartado 16 del Real Decreto Legislativo 828/1995 de 29 de Mayo , por el que se aprobó el Reglamento del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados).
El resultado es que al no quedar sujeto a IVA ni a ITP, tampoco queda sujeto a AJD , lo que representa un ahorro de coste fiscal al comprar por leasing.
Realmente es algo complejo, pero espero haber ayudado.
Saludos cordiales