Puuuf, si fuera yo el interesado en esa vivienda no creo que utilizara esa estrategia. En primer lugar no basta con que pagues la deuda de 250.000 euros para que te conviertas en el ejecutante, sustituyendo al actual. Si haces ese pago, te convertirás en el nuevo acreedor del demandado, y podrás reclamarle la deuda en un nuevo procedimiento judicial, pero no continuarás como actor en el procedimiento que ahora está en marcha y que está forzando la venta en subasta.
Si quieres sustituir a la parte actora lo que tienes que hacer es comprarles la deuda, igual que piensas hacer con la deuda de la comunidad de propietarios. pero hay cosas que no entiendo: Si te interesa esa vivienda ¿Por qué no te limitas a asistir a la subasta y comprarla? ¿Por qué te quieres adelantar a comprar la deuda de la comunidad de propietarios antes de saber si te has adjudicado la vivienda o no? ¿Por qué no esperas a pagar la deuda de la comunidad a estar seguro de que eres en nuevo propietario? Tu estrategia me parece demasiado rebuscada, las cosas son más simples.